INSTITUCIONES ARMADAS DEL ESTADO

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  1. CAPÍTULO III: INSTITUCIONES ARMADAS DEL ESTADO
  2. ARTÍCULO 215. Las instituciones armadas del Estado son las Fuerzas Armadas Revolucionarias y las formaciones armadas del Ministerio del Interior, las que para el cumplimiento de sus funciones cuentan con la participación de personal militar y civil.
  3. La ley regula la organización y funcionamiento de estas instituciones, así como el servicio militar que los ciudadanos deben prestar.
  4. ARTÍCULO 216. Las instituciones armadas tienen como misión esencial velar y mantener la independencia y soberanía del Estado, su integridad territorial, su seguridad y la paz.

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