LOS MÉDICOS Y TÉCNICOS DE LA SALUD PUEDEN SER REGULADOS

En Cuba, todos los médicos graduados de la educación superior y todos los técnicos de nivel medio superior especializados (profesionales de la salud), que realizan actividades vitales en servicios de salud, sin distinción alguna por su categoría, especialidad o tiempo de trabajo (incluye los recién graduados en el servicio social) son sujetos de tratamiento regulado dirigido a preservar la fuerza de trabajo calificada para el desarrollo del país.

Los médicos y técnicos referidos, previo análisis de cada caso, pueden ser autorizados a viajar al exterior por asuntos particulares.

Cuando la solicitud es para residir en el exterior, son autorizados en un plazo que no exceda de cinco años naturales para los médicos y tres años para los técnicos. La desvinculación del trabajo no exonera del cumplimiento de los plazos establecidos para que se autorice la solicitud de residir en el exterior.

Cuando el jefe facultado considere que existen razones humanitarias, autoriza la salida del médico o técnico al exterior, sin atenerse a los términos establecidos.

La solicitud para viajar al exterior por asuntos particulares se presenta por escrito ante el jefe de la entidad del médico o el técnico, fundamentando los motivos del viaje y las fechas de salida y regreso.

Cuando la solicitud es para residir en el exterior, lo informa por escrito a la dirección de la entidad laboral en los términos de aviso previo establecido en la legislación laboral.

El incumplimiento de las regulaciones laborales establecidas, referidas a la incorporación luego de agotado el término, así como el abandono por el trabajador del centro de trabajo sin cumplir el término de pre-aviso, son violaciones de la disciplina laboral y de los principios éticos que rigen la actuación en el orden moral y humano de los trabajadores de la medicina cubana, por lo que son de aplicación las medidas disciplinarias, laborales y administrativas en correspondencia con la gravedad, consecuencias y trascendencia del hecho, así como las características personales del trabajador.
Normativa:

Decreto No. 306 de 11-10-2012 – “Sobre el tratamiento hacia los cuadros, profesionales y atletas que requieren autorización para viajar al exterior

Indicación No. 2 de 7-2-2012 Aplicación de las regulaciones migratorias en la Salud Pública”.

Dudas: Consultar las direcciones provinciales de la salud de cada territorio y visitar las páginas web oficiales del MINSAP https://salud.msp.gob.cu/

79 comentarios sobre “LOS MÉDICOS Y TÉCNICOS DE LA SALUD PUEDEN SER REGULADOS”

  1. Alguien me comentó que los estudiantes deben dar baja de sus estudios universitarios en Cuba para poder viajar, es decir que si estás estudiando medicina y vas a salir del país primero tienes que dar baja de la carrera o te regulan. Que tanto de cierto tiene esto?
    Muchas gracias por el buen trabajo con antelación.

  2. Actualmente con la situación de la covid se mantiene el plazo de 50 días para obtener respuesta sobre la solicitud de liberación del sistema nacional de salud?

  3. Soy Residente cubano, mi nombre es Gerson Morell López soy graduado de medicina en el año 2017. Apenas me gradué opte por una especialidad Cirugía Pediátrica. En la fecha de 26 de agosto de 2019 presente mi renuncia a mi especialidad por problemas personales ,la cual se me concedió .En ese mismo año en las vacaciones antes de salir de mi especialidad me dirijo a sacar pasaporte donde me toma por sorpresa el estar regulado, me dirijo a los lugares pertinentes para ver por qué era el motivo de mi regulación, algo que se me fue explicado y entendí .Hasta la fecha sigo con esta regulación luego de presentar ya en más de una ocasión el derecho a viajar ,algo que no me fue concebido ,ahora en estos momentos me encuentro trabajando ya hace más de dos años en mi municipio, dónde nuevamente me dirijo a salud provincial para este mismo tema del porque sigo con la regulación y no se me da el derecho de viajar como a otras personas. Algo que para ello nunca hay una respuesta .Quisiera que me ayudarán a encontrar mi solución .

    1. La solución de su caso y los otros parecidos solo la poseen las autoridades del MINSAP al más alto nivel, trate de contactar con ellos y exíjales una explicación con fundamento jurídico que justifique la restricción a la que está sometido.

  4. Soy Venezolana residente permanente en Cuba. Estudie solo 6xto año de Medicina aquí y me gradue. Actualmente curso el 1er año de MGI. Quisiera saber si estoy regulada? Porq necesito viajar a mi País a ver a mi familia. En caso de estarlo a donde debo dirigirme?

  5. Un estudiante de medicina que se haga ciudadano español antes de graduarse tiene alguna regulación o puede viajar antes de terminal el servicio social

  6. Si estoy cursando el último año en la carrera de estomatología y pido la baja de centro antes de la graduación no tendría ningún tipo de problemas a la hora de salir del país cierto ??

  7. Soy Dra en Medicina graduada en el 2016 recientemente culminé misión en Vzla, empecé la rspecialidad de medicina interna. Estoy casada desde el 2018 con un venezolano. Quiero saber si él puede pedir el permiso de residencia en Cuba y al mismo tiempo yo pedirla en la embajada de venezuela?

  8. Soy médico residente de pediatría de tercer año tengo pasaporte y visá para Panamá y necesito poner el cuño de prórroga de mi pasaporte que ya pasó los dos año me permiten hacer esos tramites estando ya en tercer año de la especialidad para que mi pasaporte vuelva a tener validez o por estar regulado ya no lo puedo hacer.

  9. Soy residente de pediatría de tercer año tengo pasaporte y visá para Panamá y necesito poner el cuño de prórroga de mi pasaporte que ya pasó los dos año me permiten hacer esos tramites estando ya en tercer año de la especialidad.

  10. Me gustaría saber si yo que soy interna vertical en cirugía, pudiera sacar mi pasaporte ahora que no estoy regulada y si una vez que tenga que renovar mi pasaporte lo pueda perder por ya estar en mi segundo año de la residencia.

  11. Soy ucraniana residente en el exterior-Cuba- dónde me hice médico y especialista, para salir el país y recuperar mi ciudadanía, pues ahora mismo soy ciudadana cubana, también caigo entre los regulados?

  12. Soy técnico en enfermería. Si me hacen un contrato de trabajo para el exterior (México), el MINSAP me libera o me autoriza para ejercer dicho contrato.

  13. Una Lic. en enfermería luego de haberse graduado entra en esta regulación? porque hablan de médicos y técnicos medios, pero no se habla literalmente de licenciatura en enfermería, una carrera universitaria. Supongo que sí, pero me queda la duda.

    1. El apartado b) del Decreto Ley No.306 establece que “Son sujetos del tratamiento regulado los GRADUADOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (incluye a los licenciados en enfermería y cualquier especialidad académica) que realizan actividades vitales para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país en los programas estratégicos, proyectos de investigación y servicios de salud. http://juriscuba.com/decreto-no-306-2012/

      1. Necesito saber si en esa ley entran los técnicos y licenciados de la carrera de Rehabilitación, por ejemplo yo soy técnico medio superior ya cumplí mis 2 años de trabajo social pero estoy haciendo la licenciatura en la modalidad de curso por encuentro, ya estoy en 4to año, quisiera que me orientaran respecto al tema, también entra esta carrera en esas regulaciones?

        1. El Decreto No.306 (http://juriscuba.com/decreto-no-306-2012/) establece textualmente en su artículo 1, apartados b) y c):
          Son sujetos del tratamiento regulado en este Decreto los comprendidos en las categorías siguientes:
          b) graduados de la educación superior que realizan actividades vitales para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país en los programas estratégicos, proyectos de investigación y SERVICIOS DE SALUD;
          c) técnicos de nivel medio especializados que realizan actividades vitales PARA MANTENER LOS SERVICIOS DE SALUD y la actividad científico-técnica;
          Es decir, sin interpretar la norma, simplemente siguiendo su contenido literal, PUEDE SER REGULADO CUALQUIER “GRADUADOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR” o “TÉCNICOS DE NIVEL MEDIO ESPECIALIZADOS” que realizan actividades vitales PARA MANTENER LOS SERVICIOS DE SALUD.
          El hecho de que su caso o cualquier otro sea “SUJETO DEL TRATAMIENTO REGULADO” no significa que NECESARIAMENTE ESTE REGULADO, pues no siempre “todo funciona” como dicta la ley.
          Le sugerimos a UD y todo aquel que tenga dudas sobre su estado de regulación, que se dirija a cualquiera de las Oficinas de Trámites del MININT ubicadas en todos los territorios cubanos y pida a los supervisores de esa institución que lo “pasen por el sistema” para comprobar si aparecen en dichas bases de datos. NO existe otra forma de comprobar esa información.

  14. Soy estudiante de medicina, me gustaría saber si cuando me gradúe se me autoriza la legalhttp://juriscuba.com/wp-admin/admin.php?page=wpcf7ización de mi título en el MINREX antes de terminar el servicio social.

      1. Pero una cosa es el MINREX y otra es el MINSAP. Y en la consultoría jurídica me dicen que tengo que firmar un autorizo que si el MINSAP no me legaliza pierdo el dinero. Podemos antes de terminar el servicio social legalizar el documento en MINREX y MINSAP? Muchos de los tramites en otros países demoran tiempo es por eso que uno realiza esos tramites antes de terminar el servicio social.

        1. Ninguna norma jurídica de carácter público impide que se puedan legalizar los documentos académicos en el MINREX, ni que el MINSAP se niegue a expedirlos. Quien diga lo contrario o se oponga a prestar ese servicio siendo ejecutivo o funcionario de las entidades autoridades a hacerlo deberán argumentar su actuación con fundamentos de Derecho.

  15. He realizado dos cartas de liberación definitiva hace un año ya aproximadamente y las mismas han sido denegadas, a pesar de tener un servicio fortalecido profesionalmente. Mi pregunta es: ¿hasta cuántas cartas debo emitir y de no ser aprobada, cuál es el paso siguiente en el proceso?

    1. Hola buenas noches, soy médico recién graduado, soy de los profesionales que no cumplimos servicio militar activo, mi inquietud:
      1. Que sucede con mi título si decido abandonar el ejercicio de mi profesión
      2. La inhabilitación es sólo para ejercer en Cuba verdad, pues estoy en trámites para viajar
      3. Existe alguna traba para poder viajar al extranjero con el tema de no haber tenido que cumplir el servicio militar?

  16. Si soy Técnico medio en construcción y trabaje en el sistema de salud por dos años y pedí baja hace dos años y ahora me exigen liberación de dicho ministerio o lo que es igual la firma del jurídico de dicho ministerio. Entro dentro de los profesionales regulados?

    1. Imaginamos que no, pues pueden ser regulados aquellos técnicos de nivel medio superior especializados (profesionales de la salud), que realizan actividades vitales en servicios de salud, no debiendo ser su caso, sin menosprecio de la importante y bella labor que realiza, pero interpretamos aquellas relacionadas directamente con los pacientes.

  17. En el caso de haber iniciado una especialidad y haber pedido la baja de la misma meses después. Te pueden mantener la regulación durante cuánto tiempo, si actualmente ejerces como médico básico? Sí solo se quiere una salida temporal del país y te la niegan continuamente.

  18. Me desempeño RRHH del hosp Leonor Pérez y necesito esclarecerme a qué por ciento se le descuenta el aporte a la seguridad social de un enfermero en reciclaje.

  19. Soy médico graduada en el año 2018, en el año actual comencé a realizar el primer año como especialista en MGI, soy residente de primer año. ¿Quisiera saber si los médicos generales integrales están regulado también?

  20. Necesito saber si los administradores de unidades de salud y aclaro administradores con categoría ocupacional servicios, no Vice directores administrativos, estarán regulados también para viajes al exterior?

  21. Soy médico general básico, graduada en el año 2019.En octubre de 2020 realicé mi matrícula para comenzar la especialidad de Pediatría pero antes de terminar la semana decidí no comenzarla por lo que se me dio baja definitiva de la especialidad por renunciar a la especialidad y por no hacer efectiva la matrícula. Transcurrido 7 días me dirigí a la oficina de trámite del MININT para solicitar mi pasaporte y me comunican que estoy regulada porque aparezco en la base de datos como médico residente.
    Que debo hacer? Cómo puedo lograr que se me retire dicha regulación si yo ni empecé la especialidad?

    1. El fundamento administrativo de la regulación no es que UD estaba estudiando la especialidad, sino que es graduada universitaria que presta servicios en el sector de la salud pública. Lo único que puede hacer es pedir a la dirección del MINSAP que la liberen y esperar a que facultativamente accedan a su solicitud.

  22. Soy estudiante de tecnología de la salud y quisiera saber si cuando me gradué puedo pagar mi servicio social, para salir al exterior de manera definitiva para reunirme con mi esposo.

  23. Soy médico cubana no especializada, mi esposo vive en los EEUU es residente permanente, necesito saber cuáles son los pasos para obtener el PRE y que tiempo demoraría dicho proceso. Yo tengo 4 años de graduada y me encuentro finalizando una misión médica en Venezuela.

  24. Soy médico especialista de MGI graduado en el 2016, mi pregunta es: una vez que eres regulado por actividades vitales y científico técnica (en mi caso lo asumo por el cargo que ocupo en la institución de salud donde laboro) y pido baja del centro, la cual se me da sin problemas ¿me retiran automáticamente la regulación?, o me mantengo en esa condición de regulado.

    1. Se supone que si resultó baja del Sistema de Salud no debe estar regulado para viajar al exterior y la autoridad competente procesa también a eliminar su nombre de las listas y bases de datos a tales efectos.

  25. Soy Doctora en Medicina graduada en el año 2016, me quedé como Médico Básico, quiero salir del país y solicite mi liberación en el 2019, en la direccion municipal de salud y en la provincial, la cual según ellos se me fue otorgada, no me dieron ningún documento, me dijeron en recursos humanos que ya habia pasado en el sistema para la parte de liberados y desde ese momento no ejerso. Mi pregunta es, yo puedo ser regulada?

    1. Puede estar regulada y también liberada de la regulación, es lo que refiere en su comentario.
      — PARA CONOCER SI ESTA REGULADA: Preguntar a los directores provinciales de salud o en las Oficinas de Trámites del MININT de cada territorio.

  26. Qué pena, ya verán cuánto bajarán la solicitudes para estudiar una carrera de salud, tantos jóvenes con aptitudes para ello se verán con la necesidad de optar por otras carreras que no lleve tanta prisión después de tantos años de sacrificio y estudio. La verdad que ya nada me sorprende de este país, como profesional de salud que soy! Gracias por la información.🤮

  27. Esa ley es vieja no es de este año, se regula al que cumpla una función vital para el servicio de salud, aún no ha salido oficial que se regule a todo el mundo.

    1. La oficialización es el contenido de la propia normativa, no se necesitan pronunciamientos posteriores y específicos. Todos los graduados universitarios que prestan servicios de salud pueden ser regulados, sin necesidad de que el MINSAP haga publicaciones específicas en tal sentido, los respalda el instrumento legal.

  28. Soy médico, llevo 2 años de trabajo, actualmente me encuentro regulado por comenzar una residencia en Medicina Interna que no terminé y solo estuve un año, aunque soy médico básico me encuentro regulado como médico especialista, supuestamente tocaba ahora al año de salir de la residencia que eliminaran la regulación y ahora esta noticia. Regulan a todo el mundo ahora? Considero que esta medida es una violación a los derechos fundamentales de cualquier ciudadano y es arbitraria, no tienes mas remedio que acatarla y por experiencia propia es muy dificil incluso necesitandolo poder viajar.

    1. Este post no es noticioso, ni siquiera aborda una nueva información, es solo un resumen del contenido de dos normas aprobadas y en vigor desde el 2012-2013. El Decreto No. 306 del Consejo de Ministros ( http://juriscuba.com/decreto-no-306-2012/ ) y la Indicación No. 2 del Ministro de Salud Pública (http://juriscuba.com/organismos-estatales-2/salud-publica/indicacion-no-2/ ) que se acompañan a lo publicado.
      Algunas personas pudieran estar confundidas considerando que solo los médicos especialistas estaban regulados para viajar al exterior, porque de esa ese manera se ha venido aplicando durante un tiempo.
      Lo anterior obedece a que las autoridades del MINSAP poseen la facultad de determinar las categorías de los profesionales que deben ser regulados y cuáles no, en dependencia de la situación específica que enfrente el centro asistencial donde laboran, territorio o el sistema de salud cubano en determinado momento. Igualmente tienen la potestad de autorizar al médico o técnico que consideren determinados casos o suspender la restricción de salida aprobada en su momento para otros.
      La flexibilización en la aplicación de la norma en determinado momento no limita en medida alguna la potestad discrecional de las autoridades competentes para regular a todos los profesionales de la salud y los técnicos, pues en ambas normas legales no se distinguen categorías de aquellos que pueden o no ser limitados en sus viajes al exterior, éstas se refieren a “los graduados de la educación superior que realizan actividades en los servicios de salud”, de manera que basta el cumplimiento de este requisito en el médico o técnico, para que sea sujeto de regulación.
      Tampoco se define tiempo de graduación del profesional, ni tipo de contrato laboral o si se encuentra en su etapa se cumplimiento del servicio social. Todos se incluyen y todos, si así lo consideran los directivos del MINSAP, pueden ser regulados para viajar al exterior por asuntos particulares.
      — PARA CONOCER FUNDAMENTOS LEGALES: Decreto No. 306 de 11-10-2012 (http://juriscuba.com/decreto-no-306-2012/) y la Indicación No. 2 de 7-2-2013 (http://juriscuba.com/organismos-estatales-2/salud-publica/indicacion-no-2/)
      — PARA CONOCER SI ESTA REGULADO: Preguntar a los directores provinciales de salud o en las Oficinas de Trámites del MININT de cada territorio.
      — PARA OPINIONES SOBRE LAS NORMAS APROBADAS:
      – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA – http://www.presidencia.gob.cu . Manuel Marrero Cruz. Primer Ministro. Twitter @MMarreroCruz
      – MINISTERIO DE SALUD PUBLICA – https://salud.msp.gob.cu/ . José Ángel Portal Miranda. Ministro de Salud Pública. Twitter @japortalmiranda

    2. Me pueden decir desde el momento en que el centro de trabajo llena la planilla de solicitud de liberación definitiva por trámites migratorios, cuantos días hábiles están establecidos para recibir una respuesta a dicha solicitud. Ya sea positiva o negativa. Pero a los cuantos días debe llegar una respuesta?

      1. Lea por favor los documentos relacionados en este post:
        Decreto No. 306 de 11-10-2012 – “Sobre el tratamiento hacia los cuadros, profesionales y atletas que requieren autorización para viajar al exterior”
        Indicación No. 2 de 7-2-2012 – “Aplicación de las regulaciones migratorias en la Salud Pública”.
        En caso de dudas: Consultar las direcciones provinciales de la salud de cada territorio y visitar las páginas web oficiales del MINSAP https://salud.msp.gob.cu/

  29. Yo soy Doctora en Medicina graduada en el año 2016, me quedé como Médico Basico, quiero salir del país y solicite mi liberación en el 2019, en la direccion municipal de salud y en la provincial, la cual según ellos se me fue otorgada, no me dieron ningún documento, me dijeron en recursos humanos que ya habia pasado en el sistema para la parte de liberados y desde ese momento no ejerso. Mi pregunta es yo puedo ser regulada?

    1. No podemos asegurarle nada, no somos la autoridad facultada. Ahora bien, razonando su comentario, si ya UD fue liberada de la regulación, lo que implica que está autorizada a viajar al exterior , entonces no debe ser regulada nuevamente. Para mayor seguridad puede dirigirse a la Oficina de Trámites del MININT de su territorio, solicitar ser atendida por el(la) supervisor(a) y pedirle que le compruebe si está incluida o no dentro de las bases de datos de la DIIE como profesional regulada.

      1. Soy médico graduado en el 2016, cumplí mi servicio social en las FAR como medico militar, una ves terminado el servicio social me desmovilizó pero continuo en ese ministerio como médico civil de las FAR, quisiera saber si por estar en las FAR he sido baja o liberado del MINSAP, me podrían esclarecer, muchas gracias.

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