Fundamentos políticos. Principios fundamentales de la nación

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  1. TÍTULO I: FUNDAMENTOS POLÍTICOS.
  2. CAPÍTULO I: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA NACIÓN
  3. ARTÍCULO 1. Cuba es un Estado socialista de derecho, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad y la ética de sus ciudadanos, que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política, la equidad, la justicia e igualdad social, la solidaridad, el humanismo, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva.
  4. ARTÍCULO 2. El nombre del Estado cubano es República de Cuba, el idioma oficial es el español y su capital es La Habana.
  5. ARTÍCULO 3. La defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano.
  6. La traición a la patria es el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a las más severas sanciones.
  7. El socialismo y el sistema político y social revolucionario, establecidos por esta Constitución, son irrevocables.
  8. Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución.
  9. ARTÍCULO 4. Los símbolos nacionales son la bandera de la estrella solitaria, el himno de Bayamo y el escudo de la palma real.
  10. La ley define los atributos que los identifican, sus características, uso y conservación.
  11. ARTÍCULO 5. El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado.
  12. Organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia la construcción del socialismo. Trabaja por preservar y fortalecer la unidad patriótica de los cubanos y por desarrollar valores éticos, morales y cívicos.
  13. ARTÍCULO 6. La Unión de Jóvenes Comunistas, organización de la juventud cubana de vanguardia, cuenta con el reconocimiento y el estímulo del Estado, contribuye a la formación en los jóvenes de los principios revolucionarios y éticos de nuestra sociedad, y promueve su participación activa en la edificación del socialismo.
  14. ARTÍCULO 7. La Constitución es la norma suprema del Estado. Todos están obligados a cumplirla. Las disposiciones y actos de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, se ajustan a lo que esta prescribe.
  15. ARTÍCULO 8. Todos los órganos del Estado, directivos, funcionarios y empleados, tienen la obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la sociedad.
  16. ARTÍCULO 9. Los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, están obligados a respetar y atender al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control, en las formas establecidas en la Constitución y las leyes.
  17. ARTÍCULO 10. En la República de Cuba la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. El pueblo la ejerce directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes.
  18. ARTÍCULO 11. El Estado ejerce su soberanía:
  19. a) sobre todo el territorio nacional, integrado por la Isla de Cuba, la Isla de la Juventud, las demás islas y cayos adyacentes, las aguas interiores y el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que sobre estos se extiende;
  20. b) sobre el medio ambiente y los recursos naturales del país;
  21. c) sobre los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas, el lecho y el subsuelo de la zona económica exclusiva de la República, en la extensión que fija la ley, conforme a la práctica internacional.
  22. ARTÍCULO 12. La República de Cuba repudia y considera ilegales y nulos los tratados, pactos o concesiones concertados en condiciones de desigualdad o que desconocen o disminuyen su soberanía e integridad territorial.
  23. Las relaciones económicas, diplomáticas y políticas con cualquier otro Estado no podrán ser jamás negociadas bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera.
  24. ARTÍCULO 13. El Estado tiene como fines esenciales los siguientes:
  25. a) encauzar los esfuerzos de la nación en la construcción del socialismo y fortalecer la unidad nacional;
  26. b) mantener y defender la independencia, la integridad y la soberanía de la patria;
  27. c) preservar la seguridad nacional;
  28. d) garantizar la igualdad en el disfrute y ejercicio de los derechos, y el cumplimiento de los deberes consagrados en la Constitución;
  29. e) promover un desarrollo sostenible que asegure la prosperidad individual y colectiva, y trabajar por alcanzar mayores niveles de equidad y justicia social, así como preservar y multiplicar los logros alcanzados por la Revolución;
  30. f) garantizar la dignidad plena de las personas y su desarrollo integral;
  31. g) afianzar la ideología y la ética inherentes a nuestra sociedad socialista;
  32. h) proteger el patrimonio natural, histórico y cultural de la nación, y
  33. i) asegurar el desarrollo educacional, científico, técnico y cultural del país.
  34. ARTÍCULO 14. El Estado socialista cubano reconoce y estimula a las organizaciones de masas y sociales, que agrupan en su seno a distintos sectores de la población, representan sus intereses específicos y los incorporan a las tareas de la edificación, consolidación y defensa de la sociedad socialista.
  35. La ley establece los principios generales en que estas organizaciones se fundamentan y reconoce el desempeño de las demás formas asociativas.
  36. ARTÍCULO 15. El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa.
  37. En la República de Cuba las instituciones religiosas están separadas del Estado y todas tienen los mismos derechos y deberes.
  38. Las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración.

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6 comentarios sobre “Fundamentos políticos. Principios fundamentales de la nación”

  1. Podría ser valorada la posibilidad de que tanto el Pdte. como los Ministros etc asuman la obligación de rendirnos cuentas o sea los ARTÍCULOS 117 v) 123. x) 132. z) 139. n) 174 o) 186 p) podrían incluir la obligación de dar a conocer pública y detalladamente el informe integro de rendición de cuentas…cuáles son las razones por las que cada cubano no puede dar a conocer su opinión sobre quién y porque debe representarnos a todos!?? Cuál es el porciento de cubanos que cree que deberíamos todos poder votar por el presidente por qué no podría ser valorada la posibilidad de reformar los artículos referidos a estos temas y someterlos a debate o votación!?? si los diputados nos representan o sea si su obligación es o consiste en representar nuestros intereses propuestas etc entonces debemos suponer que ellos deben apoyar propuestas como estas. ARTÍCULO 224. El pueblo cubano en plena y constante demostración de independencia y madurez política hace suyo el derecho irrevocable de construir el sistema socio-económico-político que propicie el humanismo, la democracia profunda, la justicia plena, la paz digna e integra, la igualdad social y lo demás que el mismo determine, así como la prohibición de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera…???
    Martí: es desgraciar la libertad que la libertad sea un partido.

  2. Creo que debe ser eliminada del artículo 5 la palabra, «superior » sobre todo si se tiene en cuenta que en Cuba, a diferencia del resto de los países del mundo, el partido no es un partido político propiamente dicho, o por lo menos visto a la manera tradicional de la llamada democracia liberal burguesa, sencillamente porque no es un partido electoral, es decir, no propone ni elige a ningún candidato, como tampoco sus principales cargos de dirección son puestos a la elección y aprobación de los los ciudadanos con capacidad legal para ello, por otra parte según el propio texto constitucional que pretendemos aprobar, en nuestro país la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado y este la ejerce a través de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se deriven…, razón por la cual no puede existir una fuerza dirigente superior al órgano que democráticamente ha sido electo por la mayoría de los ciudadanos, de lo contrario estaríamos sometiendo la voluntad popular a un poder político que no cuenta con la aprobación del pueblo, sencillamente porque como exprese anteriormente no es un partido electoral.

  3. Considero se deberia incluir un inciso ( J ) el cual haga incapie en la lucha a todos los niveles de direccion tanto politico como estatal e inclusive fuerzas armadas contra la corrupcion ya que este flajelo esta acabando con el Pais.

  4. CONTRADICCION ENTRE EL ARTÍCULO 1 Y 5. NO SE FUNDAMENTA NI SUSTENTA TEORICAMENTE PORQUE UN PARTIDO COMUNISTA Y NO UN PARTIDO SOCIALISTA CON IGUALES PROPOSITOS QUE EL COMUNISTA
    ARTÍCULO 1. Cuba es un Estado socialista de derecho, democrático, independiente y soberano, ARTÍCULO 5. El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado. DEBE DECIR PARTIDO SOCIALISTA DE CUBA.

  5. Mi opinión es que se debe establecer dentro de los planes de estudio en alguna asignatura a fin, la inclusión de la Constitución de la República, para dar a conocer desde edades tempranas, una noción de los artículos, para que así los ciudadanos cubanos conozcan que tiene derechos y deberes para con su patria.

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