El Tribunal Supremo Popular mediante su Dictamen No. 446/2015, incorporó la videoconferencia como medio para escuchar testimonios o declaraciones de personas que se encuentren en sitios distantes o impedidos de comparecer ante las autoridades judiciales.
![](http://juriscuba.com/wp-content/uploads/2015/10/JC-videoconferencias1-672x350.jpg)