Planificación Física

Principales disposiciones legales relacionadas con el Instituto de Planificación Física de interés para nuestros usuarios. Si considera la existencia de otras normas que por su importancia y transcendencia deben ser publicadas en JURISCUBA, por favor, deje su comentario colaborativo al final de esta página.

Resolución No. 60 de 30-10-2020. Aprueba el procedimiento para la emisión de las certificaciones Catastrales en los asentamientos humanos urbanos. (GACETA ORDINARIA No. 81 de 19-11-2020)

Resolución No. 59 de 30-10-2020. Establece el Procedimiento para la actualización de la descripción de la vivienda en los títulos de propiedad a los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad, lo cual la persona natural interesada lo solicita ante la Dirección Municipal de Planificación Física o en la Unidad de Servicios y Trámites, según corresponda. (GACETA ORDINARIA No. 81 de 19-11-2020)

Resolución No. 58 de 30-10-2020. Redefine como función específica del Instituto de Planificación Física, la de elaborar y aprobar normas y procedimientos sobre los dictámenes técnicos para la descripción y tasación de viviendas, las certificaciones de medidas y linderos, la catastral, así como la de habitable, lo que hace necesario emitir la disposición jurídica que regule los elementos a tener en cuenta por las direcciones municipales de Planificación Física a los fines de realizar la descripción y tasación de viviendas. (GACETA ORDINARIA No. 81 de 19-11-2020)

Resolución No. 57 de 30-10-2020. Establece que a las solicitudes de la Licencia de Construcción por las personas naturales, se acompaña el documento que acredite el derecho perpetuo de superficie, la propiedad del solar yermo o cesión de uso de azoteas en el caso de nuevas construcciones; la titularidad de la vivienda; la propiedad de la finca rústica y sello de timbre correspondiente. Que la Dirección Municipal de Planificación Física emite dictámenes técnicos para la descripción, tasación, medidas y linderos de la vivienda. Para solicitar el dictamen técnico las personas naturales presentan la Titularidad de la vivienda; y sello de timbre correspondiente. (GACETA ORDINARIA No. 81 de 19-11-2020)

PRINCIPALES TRÁMITES EN EL INSTITUTO DE PLANIFICACIÓN FÍSICA 

Resolución No. 31 de 2/7/2018 “PROCEDIMIENTO QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN QUE SE EXPIDE A LOS TRABAJADORES POR CUENTAPROPIA PARA LA COLOCACIÓN Y EL CONTENIDO DE CARTELES, POR LAS DIRECCIONES MUNICIPALES DE PLANIFICACIÓN FÍSICA”. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 de 10-07-2018)

Resolución No. 19 de 23-3-2017. Establece el procedimiento que regula la actuación de las di­recciones municipales de Planificación Física en el reconocimiento del Derecho Perpetuo de Superficie y el otorgamiento de la Licencia de Construcción y el Certificado de Habi­table. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 15 de 11-4-2017)

Resolución No. 21 de 13-5-2015. Procedimiento para otorgar licencias, permisos o autorizaciones para realizar acciones constructivas en viviendas ubicadas en la Zona Especial de Desarrollo Mariel (GACETA ORDINARIA No. 42 de 5-10-2015)

Resolución No. 74 de 10-11-2014. “Procedimiento para la localización de inversiones”. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 5 de 23-1-2015)

Resolución No. 54 de 26-8-2014. Procedimiento para cumplir las funciones que se traspasan a las direcciones municipales y provinciales de Planificación Física. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 40 de 5-9-2014)

Resolución No. 55 de 26-8-2014. Procedimiento para la asignación de terrenos estatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 40 de 5-9-2014)

NO CONFUNDIR a JURISCUBA con el IPF

JURISCUBA es un “Sitio Web Informativo con Blog Temático y Personal” para la divulgación autónoma de contenidos jurídicos cubanos. NO DEBE UD CONFUNDIRNOS con “plataformas y aplicaciones nacionales de servicios que se ofrecen en internet y de uso por los ciudadanos”. NO somos una dependencia oficial del Instituto de Planificación Física.

No podemos responder, atender o brindar solución a situaciones relacionadas con decisiones, normas internas o políticas dispuestas por el IPF como organismo de la  Administración Centra del Estado cubano.

Por favor, sobre cualquier caso relacionado con ordenanzas de esa institución, regulaciones internas, actuaciones de sus directivos, funcionarios o sus empleados, preguntar directamente en las dependencias del IPF en cada territorio o niveles superiores, en tanto por imperio del Artículo 10 de la Constitución de la República “están obligados a respetar, atender y dar respuesta al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control”.

Tampoco disponemos de todas las normas jurídicas o administrativas que dicta esta institución, solo aquellas que han sido publicadas en la Gaceta Oficial de la República y que por sus características JURISCUBA considera deben ser divulgadas en este sitio.

344 comentarios sobre “Planificación Física”

  1. Por favor, necesito denunciar afectaciones graves que mis vecinos de los altos le están haciendo a mi vivienda y se niegan a arreglar. Ya en otras ocasiones yo he pagado los arreglos pero ya no puedo. Soy madre viuda de 2 menores. Por favor ayúdenme.

  2. Vivo en una propiedad desglosadas donde se encuentra la mía legalizada en el 1992 en la cual dice que es desglose de la propiedad principal a nombre de mi abuela ya fallecida la casa que colinda a mi derecha es otro desglose antiguamente propiedad de la hermana de mi papá que en mi descripción dice que es patio común entre esa vivienda y la mia, mi papá le le dice verbalmente al esposo de mi tía que podría construir una carpintería para ayudarlos con su desenvolvimiento económico. Hasta hace unos 20 días nos enteramos que ellos habían hecho una nueva propiedad cambiando de titular a mi tía que vive en los EEUU a quien es supuestamente su pareja en Cuba. Al cambiar su propiedad y actualizar incluyeron toda el área de la carpintería en su título una vez actualizado sin nosotros tener conocimiento ya tumbaron la carpintería y levantaron una cerca. La distancia entre pared y pared es alrededor de unos 6.5 metros y solo me dejaron 2.50 adelante y 2.25 en el fondo. Hasta que punto tengo razón a la hora de demandar cuando ellos alegan que todo en su actualización es legal siendo patio común puedas coger más de la mitad sin mi autorización o dejación de área.

    1. Desde la distancia y sin conocer los detalles de todo lo que nos explica es imposible asistirla debidamente, debe UD dirigirse a un Bufete Colectivo y exponer su caso con toda la documentación ante un abogado especialista en esos temas.

  3. Vivo en un edificio multifamiliar de administración propia que posee áreas comunes limitadas, podría adjudicarme el pasillo lateral a mi casa a pesar de ser una de las áreas comunes limitadas? Es decir, sería legal dicha adjudicación?.

  4. Hola. Mi nombre es Jorge Antonio Grau Hernández.
    Acudo a esta instancia con la intención de poder resolver una situacion q estoy confrontando con filtraciones, las cuales están poco a poco destruyendo mi vivienda. He tratado por todos los medios de dar solución a esto, pero todo depende en mayor grado del vecino de arriba con el cual hace 15 años venimos teniendo problemas por esta situacion.
    El mismo ocasiona filtraciones a mi domicilio y a pesar de haberle expresado mi deseo de ayudar en los gastos para resolver la situación el mismo se niega a reparar. Por este motivo he tenido que ir ya varias veces al Instituto de Vivienda municipal y solicitar Dictamen Técnico, al yo referirle que debía reparar o de lo contrario iniciaría un proceso legal como bien expresa dicho Dictamen, el vecino me dice que a él no le importa a donde vaya ni lo que haga.
    Ellos llenaban el lavadero de agua para almacenar y esto goteaba al vertedero provocando una saturación en el piso y, en consecuencia, se humedece todo el techo y paredes de mi baño y patio.
    El vecino de los altos se escudaba en que él también tenía filtraciones, y que las mías no venían de su casa. Me dediqué a visitar los dos apartamentos de encima de él y tratar de reparar las cosas que tenían en mal estado, todo llevando gastos a mi cuenta. En resumen, al vecino de los altos se le quitó la filtración y yo sigo con mi casa mojándose. En aras de no llegar a mayores consecuencias, lo pude convencer y asumí el pago de un albañil para que le reparara el tragante del vertedero y le echara el piso. Estuvimos después de eso un año sin problemas. Después de ese tiempo siento que estaba dando golpes en el vertedero y al poco tiempo me vuelve a filtrar.
    Después de un tiempo me presenté en la Unidad de PNR de mi localidad haciendo una denuncia por daños y perjuicios a mi casa, referidos en el artículo 339 y 340 del actual Código Penal, de esto derivó que lo citaran a la Unidad y le llamaron la atención. A mí me dijeron que eso no procedía por esa vía, entonces fui al Bufete Colectivo y contraté los servicios de un abogado.
    Se inició un proceso que por demás es muy demorado y la vivienda seguía deteriorándose, en la sentencia de este proceso no se abordaron todas las acciones constructivas que debía de realizar en su casa y por ende tuve que apelar. Se anuló de Oficio la primera sentencia.
    Después de la apelación, tuvimos un tiempo que ellos al parecer cuidaban de no llenar el lavadero de agua, motivo por el cual goteaba en el vertedero. Él siendo albañil, realizó algunos arreglos en su cocina y en la llave empotrada del baño como le habían señalado, y como cuidaban de no llenar el lavadero o que no hubiera goteos, yo por no querer “hacer daño” hice un desistimiento del proceso. El tiempo de tener ese cuidado pasó y ahora vuelvo a tener filtraciones en mi casa.
    Esa persona es muy “cerrada” y cuando fui a decirle lo que pasaba, me salió con muy mala forma y malas palabras y casi nos fuimos a las manos. Terminamos en la Unidad de PNR con carta de advertencia. Como dije al principio es un problema de hace 15 años y afecta además a dos vecinos más, el de mi lado y el de debajo de mí. En mi casa tengo dos personas alérgicas que con la humedad siempre están enfermos además de una enorme cantidad de mosquitos.
    En estos momentos de pandemia y con el esfuerzo de la Revolución en el programa de la vivienda, somos cientos los que padecemos de este problema, que vemos nuestras casas deteriorarse por negligencias de otros y no hay ley ni decreto que nos ampare. En todos estos años ni siquiera multa le han puesto. Creo que hay que revisar la Ley de la Vivienda en ese aspecto pues son muchas las personas con este problema, los edificios de Alamar son de hace más de 40 años y algunos nunca se le han hecho mantenimiento ni reparaciones.
    En estos momentos fui a Fiscalía y planteé el problema y me remitieron para el Tribunal Municipal, donde me dijeron debía empezar de nuevo todo. O sea, en el Instituto de Vivienda para solicitar Dictamen Técnico, cosa que en estos momentos no se está haciendo y que además es muy demorado. Yo sigo con el problema y no veo un amparo a ningún nivel.
    Adjunto fotos del problema.
    Espero puedan ayudarme. Mi correo es yoyin67@nauta.cu
    Dirección: Edificio 741, apartamento 12, Zona 23. Alamar. Habana del Este.
    Teléfono: +5351567092 y el de mi esposa Ada Gloria +5353634580.
    Mi nombre, Jorge Antonio Grau Hernández.
    Saludos revolucionarios, Jorge.

    1. No somos funcionarios o representantes de organismos cubanos, por lo que no disponemos de la respuesta adecuada para su caso.
      Le sugerimos ponerse en contacto con los funcionarios, directivos, especialistas o empleados del Instituto de Planificación Física:
      Sitio Oficial: http://www.ipf.cu/es
      Correo Electrónico: atencionpoblacion@ipf.cu
      Teléfono: Pizarra: 53-7265-5680
      Dirección: Avenida Independencia No. 2420, e/ Línea del Ferrocarril y Calle 100, ZP: 8 CP: 10800 Boyeros, La Habana, Cuba

  5. Dónde puedo dirigirme o qué puedo hacer con el siguiente problema. Yo vivo en una casa de dos plantas en la parte de abajo pero la vivienda de arriba no tiene piso, viven en la misma placa y los ruidos son infernales hasta reparan bicicletas a martillo yo tengo una bebé de meses y esto ya es insoportable. Por favor me pueden orientar gracias.

      1. Yo convivo en una vivienda con mi mamá, padrastro, tía, primo, la pareja de mi primo, dos hijos de mi primo, mis 2 hijos y mi esposo. Mi casa se ha modificado muchas veces, hoy ya no se puede seguir modificando, ya que no tenemos más espacio. Sólo tengo una habitación para dormir con mi esposo e hijos. Cerca de mi casa hay una vivienda abandonada que solo tiene las paredes en pie y el piso. Quisiera saber: Qué gestión debo hacer para adquirir dicha propiedad legalmente y reconstruir esa vivienda con mi esfuerzo.

        1. Diríjase a la oficina de IPF de su territorio para que los especialistas valoren el caso de la vivienda abandonada y su pretensión, a partir de ello le podrán indicar la manera de proceder.

  6. Vivo en una edificación compuesta por 2 biplantas , ( 4 casas ), y recientemente nos hemos enterado que es calificado como edificio multifamiliar, y que uno de los vecinos de los bajos se adjudicó en propiedad el pasillo lateral a su vivienda (que según nos comunicaron es un área común limitada ) como lo son también la entrada a las plantas altas, el pasillo central que divide los 2 biplantas y el otro pasillo lateral. Esto es legal? ¿En qué se diferencian un área común y un área común limitada?.

    1. No podemos afirmarle si es o no legal la descripción que UD nos refiere, pues desconocemos todos y cada unos de los procesos realizados en el pasado con relación al inmueble. Le sugerimos que se dirija a las Oficinas de Planificación Física de sub territorio, exponga allí la situación y solicite la intervención directa de un especialista o autoridad competente.

  7. Quisiera obtener informacion legal sobre los ultimos cambios en la legislacion de la actividad Planificacion Fisica así como el cambio de nombre y de estructura funcional de este Instituto

  8. Soy una estudiante de 20 años y soy propietaria de una vivienda que está en el centro del casco histórico de mi localidad pero está en derrumbe total; por favor quisiera saber que trámites debo de hacer para construirla.

  9. Buenas noches. Mi pregunta es sencilla. Por qué tengo que sacar una autorización para darle mantenimiento a la cerca del frente de mi casa? Digo mantenimiento porque actualmente es de malla vieja y que se pretende ponerle otra en mejores condiciones, así como zapata para su mejor conservación. La pregunta radica en que en mi título de propiedad no aparece explícito las características de dicha cerca y, por tanto nada violo al hacerla nueva, pues no puede compararse el trabajo con lo plazmado en la propiedad. Además se mantendrá la altura y la portería de la como hasta ahora.

  10. Vivo en un edificio en la primera planta mi apartamento hace esquina, en los bajos está el garaje que desde hace muchos años está el restaurante Bulerías( Plaza de la Revolución) por la calle 25 está la entrada original de los vehículos al garaje la cual dividieron en dos mitades para hacer un closet para las viandas, esto generó una placa que ha dejado expuesta mi casa a que cualquier persona tenga acceso sin ninguna dificultad a la terraza de mi apartamento y ahora para rematar quieren poner un punto de venta en dicha placa con lo que sería como tener esas personas dentro de mi casa.

    1. Diríjase a las oficinas del IPF de su territorio y exponga su caso, de no resolverse a su favor la situación y estar inconforme, contrate un abogado para la presentación de una demanda en correspondiente Tribunal de justicia.

    2. Permute hace 5 meses no legalizado oficialmente la permuta porque la otra parte no posee documentos de propiedad aún dijeron construyeron ilegal y están legalizando el inmueble según ellos, pero ahora resulta la vivienda donde me encuentro es propiedad de su madre y está legalizada a nombre de su madre, mintiéndome así como puedo hacer, para cancelar el acuerdo notarial,que se estableció hasta tanto estuviesen sus documentos,me mintieron y la dueña de la vivienda oficial no está de acuerdo con la permuta puesto que ella no la aprobó, favor respuesta u orientación

  11. Para solicitar el reconociendo del pasillo lateral derecho en el cual está la caja de agua , el motor de agua que solo me abastecen a mí y la escalera de servicio hacia mi casa , ( la planta alta de un biplanta), ya que la vecina de los bajos tiene el pasillo lateral izquierdo reconocido en su propiedad y se independizó con el agua, por lo no necesita acceder al pasillo para estos motivos.
    ¿El hecho de que la parte externa del split de ella esté montada en el pasillo que quiero solicitar , me limitaría? O es un elemento que no debo tener en cuenta?

    1. Pro favor, diríjase a las oficinas territoriales del IPF y solicite los servicios de un inspector de esa entidad para que visite el lugar y evalúe directa y presencialmente las posibilidades de su pretensión.

  12. Buenos días, por favor me gustaría esclarecerme desde el punto de vista legal, adquirí una casa en una segunda planta , la cual fue dividida por la familia que vivía en la misma, los cuales se pusieron de acuerdo y porterior a la entrada de la puerta de la casa que da frente a la calle, es decir, el pasillo que continúa hacia la casa de atrás lo pusieron en la propiedad de la casa de atrás que fue la que adquirí, pero hace aproximadamente un año se mudó a la casa que da el frente a la calle una familia que no se preocupa por los límites de su propiedad y ahora quizó techar el pasillo que está en mi propiedad. Quisiera me orientarán al respecto, pues este al estar en mi propiedad tiene un carácter común limitado según establece la ley y no tengo porque permitirlo, pues por el mismo yo subo y bajo los objetos y muebles que tengo en la tercera planta, pues la escalera que da acceso a esta planta por dentro de mi casa es muy estrecha y no puedo mover mis muebles, Atenta a su respuesta, saludos

    1. Le sugerimos que un asunto tan importante como este lo ventile directo y personalmente con los especialistas del IPF en sus oficinas, pues se trata de un asunto que necesita de una apreciación completa para analizarlo profundamente y asumir la mejores decisiones.

  13. Hola soy vecina de la calle Manrique, hay un edificio que colinda con el patio de mi casa, en donde vecinos han abierto ventanas que dan a mi patio perjudicando mi privacidad y haciendo mucho ruido, es esto legal? además las viviendas están construidas en el cajón de aire del edificio.

  14. Cómo es el procedimiento para poder vender en un carrito en áreas públicas, me refiero a la autorización por el IPF.

  15. Necesito saber qué tiempo demora en actualizar una propiedad porque desde noviembre del 2020 tengo mi propiedad en Planificación y todavía a esta altura no me han hecho la actualización del título de propiedad, a quién me tengo que dirigir.

  16. Tengo prácticamente la misma situación con el vecino por el muro colindante son dos casas independientes. Ellos desean levantar una pared del mismo muro colindante para hacer un garaje con dos ventanas que darán para mí jardín. Ellos aún no lo han hecho pero tienen pensado hacerlo así y yo no sé a dónde dirigirme además de decirle que no lo puede hacer. Vivo en reparto Guitarras Habana del Este.

        1. No la haga, consulte primero los funcionarios del IPF de su territorio y obtenga la debida autorización si fuere el caso, no se debe construir obra alguna en un espacio público, propiedad de un tercero.

  17. quisiera saber que es lo que establece la ley de la vivienda con los linderos es decir a que altura se establece el muro de una vivienda por el frente y los laterales estos necesito saber como se considera si es desde el frente de la casa o apartir del portal es otra la medida en que ley viene su fundamentación a donde me debo dirigir si existe una inconformidad con el vecino

        1. Le sugerimos contactar con los funcionarios, directivos, especialistas o empleados del Gobierno de la Presidencia del Consejo de Estado y de Ministros de la República de Cuba, a través de:
          Sitio Oficial: https://www.presidencia.gob.cu/es/
          Atención a la población: atepob1@enet.cu o despacho@presidencia.gob.cu
          Página de contacto https://www.presidencia.gob.cu/es/contacto/
          Teléfonos: (+537) 837-01-09, (+537) 859-22-48, (+537) 859-21-02
          Dirección: Palacio de La Revolución, Ave Paseo #1040 B e/ Carlos Manuel de Céspedes e Independencia, Plaza de La Revolución, La Habana, Cuba

  18. Vivo en cuarto de 3 por 4 metros con qué pertenece a la estructura de una casa en la antigüedad, sólo que en estos momentos es cuartería y lo que fuera la sala es en estos momentos es área común la cual es muy espaciosa y da a un balcón a la calle. Vivo con mi esposo y mi niño, y me gustaría saber si puedo pedir esa sala o parte de ella para ampliarme, ya que ni un baño puedo hacer porque es muy pequeño. ¿Existe la posibilidad de obtener un otorgamiento de ese espacio?

    1. De imaginar que nadie le puede asegurar nada desde la distancia con solo leer lo que UD describe, es necesario examinar los documentos propietarios del inmueble, los derechos de terceros, etc. Le sugerimos que se dirija a la oficina territorial del IPF de su territorio y consulte el caso.

    2. Tengo un vecino en planta alta, por cierto, es una vivienda biplanta construida en los años 50. Ese vecino hace limpiezas cuando le parece y tira toda el agua sucia hacia mi patio. Necesito tener las normas de convivencia, pues a mi no me sirven las de edificios multifamiliares donde el terreno es comú.

  19. Por qué cuando uno recurre a las autoridades y medios pertinentes buscando información o poniendo denuncias sobre lo mal hecho de otros vecinos el inspector cuando va a revisar tiene que informar quien fue quien solicito dicho proceso?. Es eso una cosa normal? Creo que eso empeora aun mas las normas de convivencia, ya que si se solicita dicho inspector es porque previamente no se llega a un acuerdo con esa persona.
    Una falta d ética y un problema al dar características y nombres de quien acude a estos medios. Es esto normal?

  20. Soy propietaria de una vivienda que tiene 4 habitaciones, pero solo hay un cuarto de baño en mi propiedad. Me gustaría saber si puedo añadir otro cuarto de baños en cada habitación y si hay que pedir permiso de construcción y regístralo en el registro civil o no es necesario?

  21. Buenas tardes quisiera saber si puedo hacer la división de una casa en bajos de un edificio biplanta, la casa de abajo ocupa el lugar de dos apartamentos de arriba, he preguntado, todo el mundo dice que en edificios multifamiliares no se puede hacer nada, pero yo pienso que debe haber un dictamen técnico al respecto.

  22. Vivo en una casa de 2 plantas, yo soy el heredero de la casa de los altos 2da plata, en el patio hubo un derrumbe de una sección completa, que era parte del patio arriba y el baño de la casa de los bajos. El inmueble en su totalidad fue declarado inhabitable, con orden de peligro y orden de albergue, orden de apuntalamiento en su totalidad, para después demoler toda la planta alta y el entrepiso, ósea solo quedaría las paredes de la casa de los bajos. Resulta que los vecinos de los bajos vendieron su propiedad (planta baja) así mismo declarada inhabitable, y los nuevos compradores quieren comprar también mi propiedad, pero mi intención no es de vender, más bien quiero reparar acogiéndome a los programas de subsidios de la vivienda. Bueno, pues ellos al ver que no voy a vender, me manifiestan que ellos van a hacer una placa intermedia en toda la planta baja, pero por debajo de la altura del entrepiso, pues la planta baja es de lo que llamamos puntal alto, ósea no van a hacer el entrepiso, y manifiestan que al demoler la casa, ellos hacen la placa intermedia pero no a la altura que tenía el entrepiso, entonces como esa placa no tiene la altura desde donde comenzaba mi propiedad, pues yo no les puedo construir mi vivienda encima de la de ellos. Ósea o me vendes o te jodo. Mi primera pregunta sería:
    1- Es legal vender una casa declarada inhabitable?
    2- Pueden ellos después de la demolición hacer una placa por debajo de la altura que tenía el puntal de la casa de los bajos?
    3- Si ellos hacen esa placa a esa altura entonces yo nunca podré volver a levantar mi casa?
    4- Quedaríamos mi familia y yo desamparados?
    5- Qué leyes nos respaldan?

    1. Por favor,asuntos tan importantes y complejos como el suyo no deben ser evaluados y respondidos por esta vía.Le sugerimos dirigirse personalmente al IPF de su territorio y solicitar una cita con los abogados especialistas en estos temas.

    1. Es cierto que en los edificios de administración municipal no se puede echar agua por los balcones o terrazas hasta cumplir el plazo de 15 días o 1 mes?

  23. Puedo parar la construcción sacar un habitable mínimo para actualizar mi propiedad y en otro momento continuar la construcción pero ya con una propiedad.

  24. Hola ,necesito saber que altura máxima debe tener un muro perimetral al frente de la casa, en el municipio Diez de Octubre y la misma no se encuentra en calzada principal.

  25. Se observa en la mayoría de sus respuestas que los ciudadanos que aquí plantean quejas los remiten a su IPF o DPF de su localidad pero en mi caso antes de escribir eso he hecho por 2años y no resuelven. Hay una señora en mi localidad ( marianao) que hace y deshace y los inspectores y la misma DPF y Vivienda no actúan. Los por menores no los conocemos pues hay problemas con todo el barrio y nada pasa. Tiene una vivienda que pego a un edificio afectando el mismo casi en peligro de demolición, filtraciones por placas pegadas. Se adueñó del pasillo del edificio y escombreo y tapó la fosa del mismo subiendo a los vecinos en una tupision. En la cafetería de la cual es trabajadora esta actualmente construyendo una vivienda y habitandola. También vinieron las antes mencionadas instituciones y ni demuelen ni multan y también impide que otra vecina arreglé y transite por su pasillo ya que al final del mismo tiene un garaje ilegal que usa como almacén de viandas. A donde nos dirigimos entonces si los encargados no hacen valer las leyes y permiten tantas ilegalidades?

  26. Hace algunos meses recibo por donación una casa, al mudarme a ella tuve situaciones desagradables con un vecino que vive en el fondo de la misma, al tener mi casa por el lateral derecho un pasillo que da a la vivienda del vecino, el mismo me plantea que la puerta y ventana que da a ese lateral no las puedo tener abiertas porque ese pasillo es de él y le molesta pasillo que antiguamente hace muchos años por lo que pude indagar era de una cuartearía que tenía dos casas, escribo para que me ayuden a entender cuál es mi derecho con relación a ese pasillo para saber hacer bien las cosas, en espera de respuesta.

    1. Desde la distancia no es aconsejable que alguien de su opinión sobre el asunto si apreciar en el sitio todos os elementos. Le sugerimos contratar los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos para que evalúe la situación.

    1. Desde la distancia nadie podría responder a su pregunta de manera responsable y profesional, le sugerimos que su amiga se dirija a la oficina de Planificación Física de su territorio y exponga allí su caso.

  27. Yo vivo en un edificio fabricado en el año 1959, al lado hay una vivienda particular que la vecina está construyendo una terraza encima de su vivienda, en cuya terraza ella le va hacer un baño y la ventana va a tener visibilidad para la sala de mi casa. Yo quiero saber dónde tengo que dirigirme para que me orienten porque sé que no debe construirse con esa visibilidad al interior de mi casa interrumpiendo mi privacidad.

  28. Mi nombre es Evelio Leyva Durán, hijo de Carlos Fidel Leyva Pérez a quien en este momento se le amenaza con multas y aún más dejar al descubierto un lugar el cual estaba perdido en yerba, nadie se atrevía a limpiarlo, ni aún comunales, somos de Moa, provincia Holguín, reparto Costa Azul edificio 12 apartamento 106, más conocido como Checo, mi papá es un ciudadano de 61 años de edad, en este momento hace 1 año peritado por problemas graves en sus huesos, a raíz de la situación por la que atraviesa el país y el llamado del presidente a sembrar cada pedacito que pueda ayudar a la familia, mi papá aún limitado pagó a un señor para que con bueyes le arara, pago este pedacito de tierra de alrededor 20 metros cuadrados, luego de eliminar toda esta yerba la cual fue arrancada por el arado y cargada por su propio hombro, aunque es una zona ecológica pero por estar a 60 metros de la tienda, para evitar poner cerca de cardona y que fueran a requerirle tomando algunos postes de madera de alrededor 1 metro y medio y solo dos pelos de alambres para evitar que en momentos hay caballos sueltos por la zona, ahora le llega un papel de planificación física de que debe dejar lo que le ha costado tanto sacrificio al descubierto, ¿por qué si vivimos en lo último del reparto, colindando por la parte de atrás una loma de alrededor 5 metros la cual atraviesa un camino público el cual pasa todo tipo de persona, por qué mientras estaba enyerbado nadie limpió ni dijo nada, aún los vecinos estando de acuerdo y elogiando por la belleza del cambio que dio el pedacito, ahora lo amenazan con multarlo en un término de 5 días, sé que la respuesta debe ser en un término de 60 días pero por la gravedad de que solo son 5 días de plazo necesito que me respondan o escriban a planificación física de Moa, por favor, esto no le molesta a nadie, por qué tantas amenazas, el ornato público si esto es prácticamente un monte y a nadie le preocupó lo feo que estaba.

    1. JURISCUBA es un sitio para la divulgación de contenidos jurídicos y administrativos cubanos. No somos funcionarios de los Organismos de la Administración Central del Estado cubano, sus dependencias o instituciones de gobierno, por lo que lamentablemente no podemos brindarle la mejor de las soluciones o respuesta que necesita su situación, solo sugerirle contactar directamente con los ejecutivos, funcionarios o especialistas jurídicos del INSTITUTO DE PLANIFICACIÓN FÍSICA – http://www.ipf.gob.cu/es , también puede escribir a PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA – http://www.presidencia.gob.cu

      1. Soy de Centro Habana, quisiera saber a dónde pudiera dirigirme para saber si pudiera arrendarle un terreno o espacio al estado o institución para hacer una cooperativa, taller de autos por qué fui a vivienda y me dicen que planificación física y en planificación me dicen que vivienda.

  29. Necesito me orienten con mi inquietud. Vivo en los bajos de dos casas independientes. La vecina de los altos ha colocado un tubo de desagüe para mi patio, le requerí que no podía hacerlo pero ella alega que no tiene tragante y que el agua tiene que drenar para algún lugar. Es correcto que ella tenga un tubo con desagüe a mi casa cuando nunca estuvo. A donde debo dirigirme para que alguien me oriente y me siga qué debo hacer, ya que el dialogo se ha vuelto imposible y tengo un niño pequeño que disfruta de esa área para jugar y se ha visto imposibilitado de sus disfrute por los constantes baldeos.

  30. Si hay una casa biplanta y se quiere dividir, se divide por pisos o sea que el de arriba no tiene derecho a lo de abajo, aun habiendo una entrada en común? Mi casa se dividió en dos partes y hay una disputa por el garaje de mi marido la otra propietaria escogió arriba y quiero saber si tiene derecho a la parte de abajo o solamente a la placa del garaje tengo un hijo discapacitado y pequeño y ella tiene un hijo también pequeño pero normal quiero saber si lo que ella pide está dentro de la ley?

    1. Nadie desde la distancia y sin hacer una valoración detallada de todas las circunstancias le podrá decir que es correcto o no. Le sugerimos que contrate lo servicios de un abogado de Bufetes Colectivos que la asista en tal sentido y la represente en el correspondiente proceso litigioso en caso de que no se llegue a acuerdo entre las partes o las características del inmueble no permita la división como se pretende.

  31. Tenemos una casa en Santa Marta, Cuba, donde el terreno esta inscrito en el registro de la propiedad desde el 2017 y en 2018 cuando fuimos a sacar propiedad ya con el habitable en regla y con una licencia de construccion desde 1998 nos dijeron que habían desemporbado una ley del 96.donde decia que no se podian dar propiedades nuevas. Yo me pregunto y del 1996 hasta el 2018 nadie revisó eso y las propiedades que ya se legalizaron de ese año en fin que me sugiere.

  32. Vivo en un edificio de 9 apartamentos en un pasillo interior al final, en el medio de las 3 plantas.Los vecinos de abajo quieren tirar una placa, eso se puede hacer? Es legal?

  33. Hola. Necesito asesoría y ayuda sobre los límites y linderos de las viviendas. En estos momentos las oficinas de planificación física están cerradas en la habana por la covid y tengo un vecino que está quitando su escalera de caracol antigua por orientaciones de vivienda pero esta sí respetaba los 50cm de separación del muro divisorio entre las dos casas. Ahora está construyendo una nueva pero justo en el muro divisorio de ambas casas alegando que no está infringiendo ninguna regulación de vivienda con la misma. Por favor necesito ayuda y asesoría inmediata para resolcer esta situación. Saludos.

  34. Vivo en los bajos de un Edificio Multifamiliar de Administración Propia en Plaza de la Revolución. Deseo realizar el cercado del área de jardín que colinda con mi apartamento para impedir libre acceso desde la calle hasta las ventanas de los dormitorios y que personas utilicen partes de la fachada como baño público. Cuento para ellos con la aprobación de la Junta de Administración del edificio. Al final del proceso para solicitar la Autorización de Obras, que tomó dos años, en la Dir. Municipal. de IPF de Plaza, me dicen que el expediente no procede, entre otras causas, porque la solicitud no puede venir de mi parte, sino “del edificio”. Entonces, no puedo solicitar cercado perimetral de un apartamento, sino de todo el edificio. Muy bien, de acuerdo con la Res. 322/2014, para solicitar esta autorización, se debe presentar la Titularidad del Inmueble. Si sigo las orientaciones que me dieron (oralmente) y presentamos la solicitud a nombre de la Junta de Administración del edificio, para el cercado perimetral de todo el jardín, qué Título de Propiedad presentamos? No encuentro una respuesta en las leyes y resoluciones consultadas. Algún experto podría ayudarme?

  35. Hola, soy Asesora Jurídica de una empresa y, en una resolución dictada por una Dmpf en la que cita como una de las normativas vinculantes la resolución 12 de 2017 de IPF que no hemos podido encontrar en Gaceta. Existe la norma i fue error mecanográfico en ka resolución. Muy esclarecedor el sitio. Saludos

  36. Saludos muy agradecido por la labor que realizan. Vivo en una casa en interior por lo cual debo entrar por un pasillo y la casa que se encuentra delante en costado cuenta con dos ventanas que dan a este las cuales abrían hacia dentro de la casa pero hace un tiempo atrás el dueño cambio una de ellas por una de hierro que abre hacia afuera y me molesta al entrar el auto como puedo resolver el problema. Gracias

    1. Muy agradecido por la labor que realizan. Vivo en una casa en interior por lo cual debo entrar por un pasillo y la casa que se encuentra delante en costado cuenta con dos ventanas que dan a este las cuales abrían hacia dentro de la casa pero hace un tiempo atrás el dueño cambio una de ellas por una de hierro que abre hacia afuera y me molesta al entrar el auto como puedo resolver el problema.

      1. Dónde tendria que dirigirme a denunciar una vivienda que empezaron a demoler y la dejaron a media hace años y esta en peligro de derrumbe, abandonada y un foco de contaminacion de todo tipo.

        1. Al Instituto de Planificación Física de la localidad donde se encuentra la vivienda y de ser posible al gobierno de ese territorio y a cuanta autoridad considere, en la cuadra y hasta los niveles superiores.

  37. Me pregunto si existe algún mecanismo legal a través del cual se pueda certificar en base al estado constructivo de una vivienda que presenta peligro de derrumbe parcial o total o que está en malas condiciones constructivas.

  38. Cuales son las normas o leyes que rigen la forma de contruccion de una vivienda colindante con otra, ejemplo en la edificacion nueva por realizar puede ir una persiana pegada a la que ya esta construida, es decir al vecino.

  39. Mis felicitacions, muy bueno el sitio.
    Necesito me especifiquen donde puedo encontrar lo legislado referente a las Tapias, que esta legislado en nuestro pais referente al uso de las tapias.
    Yo tengo mi tapia devidamente construida pero sobre de ella construí una pared para un cuarto de desahogo, deje dos ventanitas para la circulacion del aire, mis vecinos quieren que las cierre y PF de mi Municipio me dicen que no puedo contruir persianas sobre la tapia. Es por ello que necesito lo que este legislado referente al tema.

  40. El vecino colindante a mi casa obtuvo una licencia de obra para levantar un muro ciego de ladrillos a la altura de 2.10 m en el lindero que divide las 2 propiedades. Sus pretenciones dañan seriamente el paso de la luz y el aire y la visibilidad a mi vivienda ya que me bloquean el 90 por ciento de las ventanas. el muro se encuentra a solo 60 cm de la pared de mi casa. Planificación física me está poniendo impedimentos incluso para radicar mi queja. En el Bufete Colectivo me explican que los tribunales no están recibiendo ningún proceso civil por causa de la pandemia. ¿Qué puedo hacer? Me siento desamparado sin recursos legales con los que pueda defenderme. Mi esposa y yo somos escritores y músicos, miembros de la UNEAC. El volumen mayor de nuestro trabajo lo realizamos en la biblioteca del hogar cuya única ventana será completamente tapiada, al igual que la única ventana del dormitorio.

  41. Me pueden decir a dónde puedo dirigirme y si pueden facilitarme teléfono del lugar donde se puedan hacer quejas y denuncias relacionado a construcciones ilegales?

  42. Tengo una situación en cuanto un conflicto con el límite de mi vivienda y la de los vecinos del lado. Desearía saber cuál es el límite entre dos viviendas urbanas. Mi casa cuando se remodeló nos restamos 25 cm de cada lado el cual fue el espacio que lindan entre las dos casas de al lado. Entonces el vecino del lado derecho no entiende eso, y ellos van a construir, ya nos vimos afectados del lado izquierdo y no queremos pasar lo mismo que actuamnete estamos pasando con una de las paredes de la casa, que cada vez que llueve la pared es un colador, pues los vecinos antiguos no respetaron eso y ambas casas son las perjudicadas, porque se creen que el daño es para uno, pero bueno, es situación que no tiene remedio. Pero ahora los otros vecinos del lado izquierdo van a construir y no entienden de eso, y necesito informarme bien cual es el espacio que hay que dejar entre una cas y otra y que ley es la que establece ese acuerdo.

  43. Quisiera saber si para construir una cerca en el frente de mi casa y un “carporch” abierto (sin paredes cerradas ni piso) es necesario tramitar una licencia de construcción.

  44. Ante todo mis felicitaciones por haber ideado una plataforma tan útil, especialmente en este tiempo. Estaría muy agradecido si pudieran asesorarme en el problema que me aqueja. Mi vivienda se encuentra en los altos de un edificio biplanta. Ambas viviendas tienen elementos comunes como el agua y la fosa. Los vecinos de los bajos realizaron una construcción ilegal en el patio de su vivienda. Dicha construcción ilícita ha derivado en serios problemas de vecindad dado que estás personas afirman que pueden hacer uso de esta placa, la cual se encuentra al mismo nivel de mi vivienda. Me gustaría saber si estas personas pueden acceder a esta zona a pesar de haber sido declarada como litis por las instituciones competentes para ello. También me gustaría saber si nuestro edificio puede ser declarado como multifamiliar a consecuencia de los elementos comunes que posee.

    1. Gracias por sus palabras para nuestro sitio. Si la situación que nos plantea se encuentra pendiente de litis pues no debían acceder la personas a la placa y causar molestias a intencionales a los demás litigantes. Como nos manifiesta, el asunto se encuentra para valoración y decisión por parte de las instituciones competentes, por tanto, le sugerimos que se dirija a ella y le platee lo que está sucediendo a fin que tomen las medidas encaminadas a frenar las perturbaciones que le están causando los vecinos.

  45. Quiero hacer una construcción de tipología 1 de dos plantas.
    1. Cual seria la cantidad permisible de m2 que puedo ocupar?
    2. Tengo que pagar los m2 construidos en la placa?

    1. Le recomendamos que se dirija a las oficinas de Planificación Física de su territorio y consulte allí su caso, es esa institución quien posee facultades para evaluar, disponer y decidir sobre las construcciones en Cuba.

  46. Vivo en altos, debajo de mi casa hay una casa cercada y al lado hay otra también cercada, pero las personas de al lado a pesar que tienen su entrada independiente y su casa bien delimitada, tienden su ropa delante de mí escalera, una tendedera a que va desde su cerca hasta una entrada común de la vivienda de abajo y de la mía. Que puedo hacer para que no tiendan más delante de la salida de mi vivienda? Yo tendría algún derecho a cercar al igual que ellos mi frente?

  47. Tengo la intención de comprar una vivienda pero la vendedora me plantea que su título de propiedad del 2012 está desactualizado y registrado en el registro de propiedad. El caso es que el techo de la cocina era de tejas y se hizo nuevo en el 2016 de placa. Que pasos tiene que dar para actualizar su título de propiedad?

  48. Recientemente compre una propiedad la cual, la única ventana que tiene el dormitorio, que da a un patio ha sido clausurada por este con un muro de bloques a ras de la puerta. Esto hace que no pueda reparar mi vivienda en lo que se refiere a dicha pared, porque está llena de humedad de la falta de sol y sobre todo nada de iluminación y ventilación.
    Puse una denuncia en Planificación Física y la respuesta de la directora fue que aunque el muro sea ilegal lo pusieron porque mi ventana da al patio de ellos y por tanto también es ilegal.
    Yo le comento que la ventana está ahí desde la construcción de la casa allá por el año 51 a lo cual ella me responde que no que se abrió recientemente. Ante esto me gustaría saber qué hacer obviamente quiero ir a un abogado pero ya sabemos los trámites y tiempos que eso conlleva. Mi pregunta es donde podría solicitar un plano de la vivienda de la construcción de la vivienda? Y en caso que no pudiera ser, cómo yo lo demuestro. Y en ese caso aunque diera a un patio que imagino que en ese momento fuera común ya que si no, no entiendo la abertura de la ventana, ellos pueden clausurarla?

    1. Aunque demore, lo que consideramos más sensato es contratar a un abogado especialista en esos temas, que lo asista y represente, pues se necesita de conocimientos profesionales en tal sentido, la búsqueda de pruebas documentales, testificales e incluso periciales que demuestren su pretensión.

  49. Quisiera saber a través de que web se puede acceder a las normas urbanísticas establecidas para el municipio Playa en La Habana. También quisiera información sobre lo concerniente a los espacios rentados al estado por particulares para establecer negocios por cuenta propia ubicados en los bajos de edificios multifamiliares.

  50. Entre mi casa y la del vecino existe un pasillo común de solo 70cms de ancho aproximadamente. El vecino desea colocar 2 aires acondicionados y eso probablemente me afectará con el aire caliente que entrara por las ventanas de mi sala y comedor. Hasta dónde está permitido o no, colocar dichos aires?

  51. Yo vivo en el Vedado, municipio Plaza de la Revolución. Desde el año 80 nos prometieron sacarnos de esta condiciones en que vivimos y hasta la fecha seguimos igual, vivimos al lado del Río Almendares donde las enfermedades nos acecha, el zica, el dengue, leptospirosis, por favor hace falta que se tome una solución con respecto a esto. El barrio es insalubre, se llama el Fangito. Que solución hay para esto.

    1. Lamentablemente nosotros no tenemos solución alguna, somos un simple espacio virtual de contenidos jurídicos, pero puede preguntarle a los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, al amparo del artículo 10 de la Constitución de la República, en el que se establece que “… están obligados a respetar, atender y dar respuesta al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control, en las formas establecidas en la Constitución y las leyes”. Puede hacerlo a través de:
      Sitio Oficial: https://www.presidencia.gob.cu/es/
      Atención a la población: atepob1@enet.cu o despacho@presidencia.gob.cu
      Página de contacto https://www.presidencia.gob.cu/es/contacto/
      Teléfonos: (+537) 837-01-09, (+537) 859-22-48, (+537) 859-21-02
      Dirección: Palacio de La Revolución, Ave Paseo #1040 B e/ Carlos Manuel de Céspedes e Independencia, Plaza de La Revolución, La Habana, Cuba

    2. Parece que en Cuba no existen regulaciones urbanisticas para la construccion de palomares y por eso las Direcciones Municipales de Planificación Física no quieren atender las quejas de la población y no dan soluciones, que paren las ilegalidades, etc y la población se ve desamparada antes el actual de de ese grupo de personas que atentan contra nuestra salud, privacidad,etc.
      Ahora Construyen palomares en general personas no vinculadas laboralmente, para vender las palomas, etc y no pagan impuestos de ningún tipo.
      Los nuevos palmeros construyen todo tipo de construcciones rústicas, (grandes habitaciones, pequeñas, etc)sin ninguna seguridad y sin regulaciones, violando nuestros derechos. Las palomas contaminan el medio ambiente, transmiten enfermedades, etc, agrediendo nuestra salud, etc, sin ninguna restricción en la construcción de los mismos, para darle seguridad a la población y que no seamos agredidos en nuestras casas.
      ¿existen regulaciones para la construcción de palomares?
      Estamos indefensos contra esas personas.
      ¿Quien puede tomar decisiones, que sean rápidas y protejan a la población?

  52. Quisiera saber si mi padre me regaló la mitad de su patio para que yo construya que debo hacer para ponerlo a mi nombre y poder construir.

  53. Quisiera saber por cuanto tiempo debe convivir una persona en un usufructo para tener derecho si fallece el usufructuario antes era de un año todavía sigue ese tiempo vigente.

  54. En el año 2017 la empresa SECONS Demoliciones a raíz de los trabajos de demolición de un edificio colindante a mi vivienda de manera errónea también demolió la mía, sita en Escobar 53 entre San Lázaro y Lagunas, Centro Habana, después de mucho litigio, la empresa según consta en la Constitución de la República, decidió reconstruirme mi vivienda, después de haber incumplido en dos ocasiones con las obras planeadas y fecha de terminación, comenzaron a mediados del 2019 a construir la casa, me fue entregado un plano de ejecución junto a l cronograma de fechas para su terminación, la semana pasada me encuentro de que modificaron el plano para construir otra vivienda al lado de la nuestra la cual no estaba incluida pues allí había una bodega anteriormente, además tengo entendido es para una trabajadora de ellos y se nos sellaron las paredes de lo que era la sala de la casa para dársela a la otra vivienda, acudimos a pedir el proyecto de obra y el plano por el cual la estaban haciendo y me dijeron que yo no tengo porque tener esos documentos, pregunto, eso es verdad? Tengo miedo de llegar otro día y hayan modificado algo más sin mi conocimiento.

    1. No somos funcionarios de gobierno ni autoridades que podamos intervenir en el asunto y pedir explicaciones o entrar a analizar posibles violaciones o cambios por parte de los involucrados. Le sugerimos dirigirse a las instancias superiores de la entidad que se encuentra ejecutando la obra y en caso de necesitar asistencia letrada por considerar que se trata de un tema jurídico, pues dirigirse al Bufete Colectivo de su preferencia y contratar los servicios de un abogado que estudie el caso y todas sus circunstancias.

  55. Vivo en un edificio biplanta el acceso a la azotea lo hice yo cuando me mudé pues lo que había era una escalera de madera que se apoyaba a la pared desde la terraza de mi casa tenía por lo que es dentro de mi hogar hay un tanque de agua grande que pertenecía a mi casa y había uno pequeño instalado que era de los vecinos de abajo cuando yo llegué ellos hablaron conmigo e instalaron 2 tanques plásticos grandes y 4 antenas de tv el problema es que cada vez que ponen el motor de ellos se notan los tanques 2 y 4 veces al día y las antenas hay que moverlas a cada rato para orientarla y es entrando a mi casa yo me pregunto si los pasillos laterales de la biplanta están cerrados por ellos y han enrejado para hacer lavaderos y tendederas cosa que no me molesta solo cuando yo necesito reparar una tubería para dar mantenimiento que se me hace engorroso porque no puedo poner andamio ,porque no instalan los tanques en esos pasillos y porque ellos tienen que tener llave del frente de mi casa para ver la cisterna si yo no tengo de sus pasillos para recoger algo que se me caiga o resolver cualquier asunto referido a mi casa más cuando fueron ellos los que dividieron el portal a su conveniencia y dejaron la tapa de la cisterna de mi lado por favor a donde dejo dirigirme para aclarar mis dudas.

  56. Necesito saber qué derechos posee el propietario de la planta baja sobre el acceso a la placa de la biplanta. Me refiero a tener los tanques de agua, la antena del televisor y nano station. Así como el derecho a que no se tire agua a mi vivienda. Con la situación de la COVID-19 no podemos acudir a inspectores de la vivienda. Necesito estar informada.

    1. Tiene los derechos de acceso e instalación de los tanques de agua, antena, en tanto se trata de un espacio común con derechos idénticos para ambos propietarios.
      Referente a las molestias que causan los vecinos se resuelven en procesos sobre las relaciones de vecindad, para lo cual le sugerimos contactar con abogados especialistas sobre el tema de los Bufetes Colectivos.

  57. Soy de Las Tunas y vivo en una casa biplanta en la parte de arriba y mi vecino en su patio ha sembrado un árbol inmenso que me tapa el frente de mi casa. Quería saber si existe algún decreto ley que me ampare a mí de no tener una molestia tal en mi casa para hacer todo mediante la ley.

  58. Saludos:
    Estoy construyendo una casa en solar yermo con un subsidio? que debo tener terminado para que me den el habitable?, tengo la corriente eléctrica, el piso, cocina terminada y el baño, la instalación sanitaria completa hasta la fosa de aguas residuales, el techo es de vigas y tabletas con el atesado terminado
    Esta repellada por dentro y por fuera.
    Si existe alguna directiva que regule este tema por favor explicarme donde lo puedo encontrar.

  59. Pudiera decirme si puedo solicitar parte de un terreno estatal de una empresa que solo usa una parte de el !? El patio (terreno) colinda con mi fondo y me gustaría sembrar y usarlo como auto consumo familiar, el patio estatal tiene aproximadamente 900 m 2 y solo necesito aprox 100 m2 que prácticamente no utilizan la parte de mi fondo le agradecería una respuesta.

  60. Quisiera comprar un terreno virgen en guanabo. Mi pregunta si al comprarla podria pedir la solicitud de construccion. Si es posible contruir al comprar un terreno virgen en la zona de guanabo.

  61. Buenas necesito saber si existe o existirá una ley para eliminar las ventanas de luz que por ejemplo la de mi vecina me quita toda mi privacidad.

    1. Ante un dilema de esas características le sugerimos contratar los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos para que evalúe la posibilidad de demandar a su vecina en caso de considerar están siendo violados sus derechos.

  62. Hace más de 6 meses existe una rotura en un tanque de la vivienda que está encima de la mía. Dicha rotura provoca filtraciones en uno de los techos y por consiguiente en la vivienda del vecino de mis bajos.
    He tenido muchos intentos de conversación con la vecina para poder arreglar el tanque pero pese a que ofrezco mi ayuda siempre existe una negativa por su parte y en manera no propia para el diálogo. Es imposible ponernos de acuerdo
    Hoy la situación es más tensa pues más que mi techo me preocupa el derrame de agua constante cuando nuestro dirigentes hacen un llamando al uso racional de este recurso en los tiempos que la población requiere de tanta higiene para enfrentar la Covid 19 y con el esfuerzo que está haciendo la revolución para poder suministrar agua a los municipios de la Habana debido a la gran escasez que hay del preciado líquido, por favor, a donde debo dirigirme para denunciar esta inconsciencia y que la justicia revolucionaria haga valer la ley.

    1. Puede dirigirse al Gobierno de su localidad, municipio o provincia, a los delegaos del poder popular, al consejo de la administración, a los gobernadores y demás funcionarios de gobiernos, cuya función principales esa gobernar, sobre todo gobernar bien en tiempos de la Covid-19. Cuando todo se haya normalizado podrá contratar los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos y establecer la correspondiente demanda en jurisdicción civil ante el Tribunal competente.

      1. Soy estomatologa, he tenido que dejar de trabajar y ejercer mi oficio tan importante porque a mí esposo se le fué asignado un terreno para construir por esfuerzo propio y apenas contábamos con los materiales para comenzar, para no dar tantas explicaciones quiero ser precisa todos sabemos que el tema del cemento es dificilísimo, logré comprar el de comenzar y tuve que madrugar y hasta dejar de dormir en varias ocasiones para poder comprar solo 10 bolsas hasta que pude llevar a mis hermanos y cada uno me compraron 10 no sé a qué le llaman construir por esfuerzo propio aquí, yo por ejemplo cuento con la mano de obra que mis familiares que me ayudan y he podido levantar mi casa hasta nivel de alquitrabe y hoy que necesito la ayuda de vivienda para poder tirar la placa, necesito estar en un plan dónde me ayuden con los recursos que me faltan y yo pongo la mano de obra,no me dan respuesta y yo necesito incorporarme nuevamente a mi trabajo, yo deseo saber que puedo hacer y a dónde me puedo dirigir mi casa pudiera terminarse en este año con tan solo una pequeña ayuda de vivienda.

        1. Gobierno de la Presidencia del Consejo de Estado y de Ministros de la República de Cuba, a través de:
          Sitio Oficial: https://www.presidencia.gob.cu/es/
          Atención a la población: atepob1@enet.cu o despacho@presidencia.gob.cu
          Página de contacto https://www.presidencia.gob.cu/es/contacto/
          Teléfonos: (+537) 837-01-09, (+537) 859-22-48, (+537) 859-21-02
          Dirección: Palacio de La Revolución, Ave Paseo #1040 B e/ Carlos Manuel de Céspedes e Independencia, Plaza de La Revolución, La Habana, Cuba

  63. En actuaciones divisorias del caudal hereditario fue declarada copropietario de la vivienda que fuera de mis abuelos cediéndome mi madre sus derechos, copropiedad de conjunto con mi tío, Esto fue sentenciado por el Tribunal Municipal y luego ratificado por el provincial en Septiembre de 2017, resulta que mi tío en Junio 2018 viajó a España cambio el Yale de la puerta dejándome privada de entrar a la casa donde viví mis tiempos como estudiante, incluso cuando empecé a trabajar teniendo mi madre y yo llaves de la casa, al irse sin avisar estuvo cerca de 2 años fuera del país, dejando a personas que no son familias a cargo de la casa, al regreso de sus vacaciones sucede lo mismo, regresa al verme me plantea que es necesario resolver ese asunto y me propone dividir la casa y que a mí me tocaría la parte de atrás compuesta por una sola habitación, para el quedarse con la delantera que consta de 2 habitaciones. Yo no estuve de acuerdo. Ya se volvió a ir del país y eso quedo en el aire mi pregunta es: Que debo hacer para hacer uso de la vivienda que adquirí en copropiedad y al deseo de mi fallecida madre, porque vivo agregada con mi hijo en casa de mi padre y con problemas de convivencia, y de decidir desglose si se pudiera hacer que parte me correspondería, mi tío es soltero y no tiene descendencia?

  64. Tengo una duda , mi casa ha tenido siempre un pasillo de 70 centímetros entre mi casa y la casa del vecino, dicho pasillo se refleja cómo común para los dos inmuebles, pero solo se tiene acceso por mi entrada y culmina en mi patio pues siempre ha sido así , de hecho mi casa fue construida mucho antes que las de ellos dada la situación en la que me encuentro con los nuevos vecinos y las maneras en que se manifiestan … quisiera saber si pudiera cambiar el concepto en la propiedad de «área común» (mismos derechos) , es decir incluirlo en mi propiedad pero especificar que la vivienda colindante tendrá derecho a realizar arreglos y reparaciones siempre que sea necesario pues no estoy en contra de eso pero si para evitar que eso sea un real relajo porque es mi privacidad la que está siendo afectada .

    1. Diríjase a Planificación Física de su localidad para que un especialista visite el lugar y valore el caso en cuestión. Si estuviere inconforme con lo que exprese el especialista del IPF contrate los servicios de un abogado.

  65. Por favor necesito me orienten. Ya somos personas mayores y quisiéramos construir un apto. mínimo dentro del terreno de mi hija. Cuando quisimos hacerlo de manera legal hace un tiempo, en el área de garaje nos informaron que en Cojímar no lo permitían. Ahora con las nuevas resoluciones no me dan respuesta y veo que por doquier personas construyen a su antojo y sin concierto donde vivo. Yo vivo en Nuevo Vedado en el área del bosque, 30 esq a Ave del Zoológico. Podrían darme respuesta?

    1. Diríjase a las oficinas de Planificación Física de Cojimar y si no está confirme con la respuesta que le ofrecen continúe a instancia superiores hasta que agote todos los niveles.

  66. Necesito saber si alguna norma jurídica da la posibilidad de adjudicarse un inmueble inscrito bajo el patrimonio de otra y sin ser de interés de esta desde el año 1975.

  67. Mi hijo vive en el Asentamiento Los Mangos de San Miguel de Padrón que hace varios años fue visitado y hecho un levantamiento casa por casa por el IPF, según dijeron era para legalizarlo. Luego la Emp. Eléctrica electrificó la zona, según se dijo era legalizar las viviendas y solares y eso ha seguido igual, ya él cuanta con su casa con las condiciones necesarias para legalizar. Se dirigió a vivienda y le dijeron que los asentamientos no estaban recogidos en la Ley para legalizar, que esos casos no se estaban tratando. Dónde tiene que ir, es a vivienda o a planificación?

  68. Cuando permuté a está casa en abril del 1987, consultamos el parcelario y pudimos ver que la nuestra tenía 12.5 metros de frente por 28 metros de fondo al igual que todas las propiedades de mi lado de la manzana, más los cuatro metros del área de la «CONACA» al fondo y que en esa época se utilizaba para la distribución eléctrica e hidráulica y se le había adjuntado a mí terreno. Total del área: 384 metros cuadrados.

    No entiendo el documento emitido por PF y tuve necesidad de consultar con diferentes especialistas y con varios vecinos de mi propia manzana pues hoy, además de los cuatro metros de la CONACA se han perdido más de siete metros de fondo en total más de 11 metros desde atrás. Un área que Planificación Física le quita a esta propiedad. Hace años que hay muros de 1800 mm de alto a la derecha, izquierda y fondo. Esto da un frente (ancho) de 12 metros y un fondo (largo) de 32 metros. Se puede ver en la realidad y en el documento de Arquitectos de la Comunidad del cual tengo una copia. Casi igual está en el parcelario que volví a solicitar en el Archivo Provincial de la Dirección Provincial de Planificación Física.

    En mi caso tendría como adicional los cuatro metros de fondo del área de la CONACA que tiene mi terreno de más. Eso suma a lo máximo 50 metros cuadrados (12.5 metros de ancho por 4 metros de fondo según el parcelario) nunca los 137.08 metros cuadrados que Planificación Física declaró como adicional ni los 148.15 metros cuadrados que declara como área tributaria. Casi la mitad del terreno de mi casa. El terreno fue pagado a inicios de los años 60 del siglo anterior por la Reforma Urbana a la empresa que construyó mi reparto y luego por los que vivían en ese entonces en estas casas. Que debo hacer?

  69. Me hacía falta saber que pasos debo dar para desglosar mi vivienda. Mi casa es de dos plantas; abajo tiene portal, sala,comedor,cocina, baño, cuarto y patio; y la planta alta tiene terraza ,cocina,cuarto y baño; lo cual está a nombre de una señora que no es mi familia por ley pero es como si fuese mi abuela Y ella quiere desglosar para poner la planta alta a mi nombre, en la cual vivo hace 3 años. QUE DEBEMOS HACER?

  70. Hola quisiera saber si es posible que dentro de un mismo núcleo familiar puedan imponer una multa de 600 peso por violación del 272 por cada persona que vive en la casa.

  71. Si el Listado de Precios y el Horario de mi actividad se consideran Cartel por el que haya que solicitar aprobación por Planificación Física, pues el Artículo 2 del Capítulo I de la Resolución 31/2008 de Planificación Física expresa: “ARTÍCULO 2. A los efectos del presente procedimiento, se entiende por cartel el soporte de publicidad que consiste en una lámina de papel, cartón u otro material, con un mensaje visual (texto, imágenes o todo tipo de recurso gráfico) que sirve de anuncio para difundir, promocionar o identificar las actividades del trabajo por cuenta propia”.

    1. A nuestro modo de ver, si el listado de precios y horarios, dentro del local donde desarrolla su actividad, en tamaño razonable que no presuma “anunciar, difundir, promocionar o identificar” el referido trabajo por cuenta propia, sino solo proporcionar información sobre el proceso de los productos o servicios que presta y los horarios de apertura y cierre del establecimiento, no debe ser considerado “cartel” al amparo del Artículo 2 del Capítulo I de la Resolución 31/2008 de Planificación Física, no obstante, es facultad de dicho órgano aplicar la norma según su interpretación, contra lo cual se puede establecer el correspondiente recurso o reclamación. Le sugerimos que contacte con un abogado especialista en esos temas de Bufetes Colectivos.

  72. Me gustaría saber si hay alguna ley que prohíba a los animales hacer sus necesidades en los canteros que forman parte del área común según entiendo.

    1. A los animales nada se les puede prohibir porque no son sujetos de ninguna norma jurídica, no son humanos, a sus dueños es a los que se les puede exigir responsabilidad por las consecuencias de los actos dañinos que realicen.

        1. DECRETO No. 141 de 24 de marzo de 1988 (http://juriscuba.com/wp-content/uploads/2015/10/Decreto-No.-141.pdf) de las “CONTRAVENCIONES DE LAS REGULACIONES DEL ORDEN INTERIOR. AUTORIDADES FACULTADAS PARA IMPONER MULTAS Y RESOLVER RECURSOS” artículo 3, “Contraviene el régimen de la propiedad, y se le impondrán la multa y demás medidas que en cada caso se señalan, el que:, apartado ch) sea negligente en el cuidado de animales domésticos, domesticados o ganado cuando como resultado de esa negligencia el animal cause daño a propiedad ajena, 20 pesos y la obligación de reparar el daño causado.

  73. Quisiera saber si un propietario que enlaja todo su patio y levanta una tapia puede afectar el frente de la vivienda aledaña, vertiendo el agua cuando realizan limpieza y el agua que se concentra dentro de su patio o sea el agua pluvial cuando llueve, para lo cual abren una zanja en el frente de la vivienda afectada, agua que no corre quedándose estancada afectando la salida, en consulta con la directora de IPF de la localidad Municipio Venezuela.

  74. Soy un anciano de 80 años, y me ayuda una de mis nieta a este escrito, llevo más de tres años solicitando, pidiendo, hasta suplicando y después denunciando en total abandono que presenta la comunidad de Marianao, después del H Militar desde Ave 25 hasta calle 130, y en ambos sendas, he escrito directamente a todas las instituciones que debe de ver con esto, y me personé en ellas, IPF municipio, Provincial, Gob del Municipio, Gob de la provincia etc etc, y jamas alguien me ha llamado o de ha dado una respuesta sea cual sea. Esta comunidad sufre varias penas, 1.- era una Ave expedita hoy no, y siguen pasando los camiones y autos a 100 km ahora día y noche, sin que las autoridades Transito se tomen la molestia de evaluar la conveniencia de un paso peatonal aqui en calle 128A y Ave 25, que ayude a los niños y las personas a cruzar esta avenida, que ya tiene unos cuantos muertos. 2.- A todas las instancias antes mencionadas, he solicitado evalúen posibilidad de sin grandes pretensiones, construir y hacer en Ave 25 y calle128 A un centro multi comercio, que le de vida a esta zona muerta, con un parque infantil, tienda, barbería, farmacia limpia, atención adultos, cafetería, telepunto, y alumbrado publico decente, paradas de ómnibus con techos y paredes y protecciones para todos, pensé que con Habana500 esto tendría un giro, y no ha sido así. Esta peor ahora se desbordó la fosa de la acera que baja y esta colapsada la Planta de Tratamiento de Aguas de Fecales, que está vertiendo al putídro rio Qibú, para mal de la salud de humanos y ambiental, Quien puede ayudar a esto para que las instituciones de gobierno todos las que ya conocen actúen!!!!!

  75. He escuchado en la calle que el estado cubano tiene planificado construir a largo plazo vivienda para rentar a personas naturales como se realiza en el mundo entero. ¿Qué hay de cierto en esto? o constituye una bola más.

  76. una consulta, si Planificacion fisica entrega 1 metro de terreno que colinda a un usufructo, puede llegar vivienda y negar lo que aprueba planificacion fisica?

  77. Necesito que me ayuden con una gran duda que tengo. Hace unos días fui denunciada en planificación física pués mi vecina que tiene ilegalidades en su vivienda como por ejemplo construir arriba del muro del límite lindero ,poner una puerta frente a mi ventana invadiendo mi total privacidad y así otras ilegalidades que no voy a seguir mencionando…. Se sintió con todo el derecho de denunciarme cuando empecé a reparar los muros de límites linderos , cosa que estoy asumiendo totalmente, pues por subirle dos hiladas de bloques más fue a denunciarme, cosa que yo fui incapaz de hacer cuando ella empezó a hacer sus ilegalidades y además cosa que me afecta.El caso es que vienen unas inspectoras de planificación física supuestamente por la denuncia del muro y me multan por tener una ampliación hecha hace más de 7 años ( un baño ) y por el muro lo único que me hace es paralizar la obra por en honor a la verdad yo no saqué permiso para dicha reparación, que por ahí hubiera sido más convincente, me ponen una multa primero de$ 600,00 porque el baño no está en la propiedad y es cierto , luego me dice que me tienen que duplicar la multa a$ 1200.00 haciendo un cómputo de $ 1800.00 , yo con desconocimiento al fin de las leyes procedí a que me pusieran la multa, luego cuando me pongo a orientarme porque por el muro no me habían multado teniendo en cuenta que no tenía licencia y por el baño si? Hablo con un abogado le explicó lo que me pasa , luego me hace una pregunta .. de que año es su propiedad?.. mi propiedad es del año 2010 y no está inscrita en el registro de la propiedad me dice el abogado con toda seguridad que esa multa por el tema del baño no procede pues con el Amparo de la Ley 288 que fue puesta en vigor el 10 de noviembre del 2011 y eso hace que la multa quede sin lugar , pues si en el momento hace años no fue impuesta por ninguna inspectora , ni ninguna institución por qué ahora sí? además yo lo puedo legalizar con la nuevas regulaciones para toda aquella construcción o ampliación que no rompa ninguna regla de urbanización pude legalizarce o por lo menos eso fue lo que intérprete cuando hablo el compañero Santiago Herrera en el programa Hacemos Cuba. Yo estoy confundida no se por donde ir , ni se que creer , pues el director de planificación física con quién tuve una entrevista mostrándole inconformidad con la multa por lo antes mencionado me dice que si procede , aunque yo solicite la legalización del mismo. Y no entiendo si yo primero para legalizar esa ampliación desde hace años primero tengo que ser multada. Espero su respuesta con ansias. Estoy desesperada.

  78. Vivo en un edificio multifamiliar en la planta baja, (de los llamados edf de micro) Uno de los vecinos de mi escalera del el piso 3ro está utilizando el area del patio trasero del edificio que da a mi patio interior, para cridero de aves de corral, patos,ganzos etc.. Este patio da a las ventanas de mi cuarto y el patio interior donde lavo los cuales permanecen todo el tiempo cerrados por el hedor y la suciedad. En el patio exterior hay problemas de roturas y salideros de aguas albañales , los vecinos de pisos superiores arrojan alimentos y basura que se descomponen y apestan todo el lugar. Se ha conversado incontables veces con esta persona pero no mejora las condiciones del patio. Es eso legal? A donde puedo dirigirme para denunciar esta situación ? Slds

  79. Nesecito saber que resolución ampara que un organismo del Estado ,en este caso una universidad arrende un espacio para que se ejerza actividad por cuenta propia de servicio gastronómico

  80. Yo quiero saber si dentro de mi casa yo hago un tabique divisorio y un cuarto de desahogo que no aparecen comtempplados en la licencia si se puede hacer.

  81. Saludos. Un ministerio está construyendo sus almacenes al lado de nuestro edificio, por la ubicación de los cimientos deducimos que no van a respetar la distancia regulada entre edificaciones. ¿Dónde se puede encontrar esa norma? ¿Se aplica a la distancia de las viviendas o también de las áreas comunes del edificio? ¿Dónde lo debemos denunciar?
    Muchas gracias

  82. Mi suegro es propietario de una casa de verano en la playa, en la tercera calle pues hay que entrar por un trillo que hay entre dos casa que son las que estan en al misma calle pues nostros quedamos en la parte de atras, pues dicho trillo lo cerraron el duelo d elas casas de alante pues el director de palnificacion fisica dijo que podian cerrarlo pues fueron lso inpectores y las prtes no s epusieron de acuerdo ahora nos dicen que tenemos que nombarr un abogado

  83. Hola, vivo en Centro habana cerca de la CTC y convivo en un edif de 6 apto donde hay personas mayores y en los bajos del edificio uno de los vecinos un buen dia puso en su apto un negocio de barberia donde en varias ocasiones se le ha llamado la atención de poner la música alta que se escucha al segundo y tercer piso, mantiene la puerta principal del edificio abierta donde varios de sus clientes se sientan hasta en la propia escalera a pelarse, y para mas hasta FUMANDO como si fuera la entrada principal del Edificio un ärea para FUMADORES, donde también conviven niños asmaticos que no tienen porque estar convirtiendose en FUMADORES PASIVOS….PREGUNTO:es esto permisible dentro de las licencias por cuenta propia?? porque NO HAY Inspectores o personas que tengan que ver con el orden público que requiera y multen este tipo de comportamiento?? hay algún acapite de la Ley para cuenta propista que establezca ORDEN de CONVIVENCIA??? Mi edificio queda en Sitios 518 entre oquendo y marquez gonzalez. Centro habana.

  84. Despues del paso del Tornado Berroa fue uno de los Barrios afectados. Lugar donde existen varios asentamientos de viviendas construidas por esfuerzo propio oscilando entre los 20 y 30 años de permanecer en el mismo lugar. La poblacion se siente preocupada pues a traves de imnumerables medios han dado a conocer su estado a las instancias pertinentes desde hace varios años. Se nos dijo que se iva a resolver nuestra situacion antes de que culminara el año y ya esta llegando Noviembre… Que puede decirnos de esto.
    Gracias…

  85. Necesito saber si existe una ley q me ampare porque hace 21 años llevo usando un pasillo y ahora resulta q el vecino dice que en su propiedad despues de tanto tiempo, aparece q tiene unos 30 cm de ese pasillo. Aclaro q son los mismos vecinos de toda la vida que jamas usaron ese pasillo…existe la posibilidad de que me quiten ese pedazo aun si siempre lo he usado yo? Gracias

  86. Ante todo los saludo y quisiera si es de su competencia me pudieran orientar en cuáles son y dónde puedo acceder a las resoluciones que regulan derechos y deberes de viviendas colindantes, en mi caso de los laterales, en espera de su pronta respuesta muchas gracias.

  87. Vivo en una ciudadela, en la cual mi casa es la única que se encuentra separada totalmente del resto, de la cual poseemos propiedad como apartamento y mis vecinos de atrás han colocado unas tejas fijadas a mi pared, en la unidad de la PNR nos dijeron que no podían hacer nada en la pared, pero ellos continúan y ahora pretenden quitar las tejas y tirar placa para hacer un baño. Quisiera saber que derechos tengo yo.

    1. Desde la distancia no se pueden evaluar los derechos, unido a que no somos los facultados para hacerlo. le recomendamos que se dirija a las oficinas de Planificación Física de su territorio y exponga el caso.

    2. Mi hermana vive hace 29 años en un local vinculado que perteneció a la Empresa Pecuaria de Bacuranao, dónde trabajaba.
      Durante su disfrute y de ello han pasado alrededor de 15 años o más, a través de la Ofic. de la vivienda de La Habana del Este, realizó los pagos correspondientes al valor de dicho local, recibiendo de banco su último comprobante de pago como conclusivo entre otros muchos documentos.
      Hace trámites para su legalización y le exigen documento de liberación o no interés de la Empresa, acude allá y el jurídico plantea no lo puede dar, está congelado.
      De qué forma si no le facilitan esa documentación puede terminar la legalización de su vivienda, dónde nacieron y criaron sus dos hijos?
      Es el único documento que le falta y sé que le han legalizado a otros que viven posterior a ella, incluso, el abogado anterior le explico del proceso el cual no le avisaron.
      Espero una respuesta que le dé idea de dónde dirigirse sin que conlleve al burocratismo y falta de atención a la que ha Sido sometida.

  88. Hola,vivo en un interior y hace más de 10 años a mis vecinas les entregaron casa por el núcleo habitacional puesto que se beneficiaron con una vivienda de alguien que se fue del país y el gobierno y las autoridades pertinentes se la otorgaron, aquello se declaró como derrumbe total, el terreno o suelo es colindante con la casa de nuestra madre lugar donde siempre hemos residido, con esfuerzo propio y a sabiendas de nuestra Delegada y presidenta del Consejo levantamos todo a coste nuestro, mi pregunta es:¿Que derecho tienen las personas a las que el gobierno les entregó una casa por el núcleo por problemas de derrumbe total?, quisiera y me respondieran puesto que se dicen tener derecho al tener en su poder la propiedad para mi ya sin valor de dicho inmueble, un saludo.

  89. Desde el paso del Tornado la situación de los materiales de construcción en especial el cemento es una odisea, todo el cemento que llega primeramente se dedico todo a subsidio y en estos momentos muy poco se destina a la población. El Rastro de Plaza necesita una carta firmada primero por la Dirección Provincial de la Tienda, después por el Gobierno para liberar un poco de cemento a la población, cantidad que es insuficiente para la cantidad de Licencias emitidas. Mi pregunta es ¿qué va a pasar con el tiempo de vigencia de las Licencias de construcción dada la situación existente antes y ahora con relación a los materiales de construcción?, ¿por qué el único Rastro que hay en Plaza hay que hacer tanto trámites para venderle el cemento a la población? pues éste después de liberado es vendido a todos sin tener en cuenta las Licencias de construcción y sobre todo a las Licencias del municipio de Plaza y reconocer las fechas de su vencimiento. En todo un año de emitida mi Licencia he podido comprar cemento una sola ves y fue unos días antes del tornado, van a ser ocho meses llamando al Rastro para saber cuando hay cemento o cuando lo es liberado para la venta a la población y es imposible si trabajas poder comprarlo y estoy a solo unos días para que se me venza la Licencia de Construcción.

  90. Necesito saber si tengo derecho a retomar la reapertura de una puerta que siempre fue mi entrada principal para un paso de servidumbre. Dicho paso no está en propiedad de nadie.

    1. Debe consultarlo con los inspectores y especialistas del Instituto de Planificación Física, que por supuesto, antes deberán presentarse en lugar donde se encuentra la puerta y valorar en el terreno para autorizar o no la entrada principal para el paso de servidumbre.

  91. Quisiera me indicarán donde dirigirme para saber si una vivienda tiene criterio de biplanta ya que posee cisterna común y 8 apartamentos ,en la propiedad no dice edificio,quisiera saber si tendría que arreglar la propiedad o es posible que se contemple como casa independiente aún teniendo las características antes mencionadas

  92. Yo llevo hace más de 9 años antes que mi hijo mayor naciera viviendo en una casa que es continuación a la de mi mamá y seguí ampliándome más en el terreno de alante que es de mi mamá,como puedo hacer mi desgloce

    1. Diríjase a las oficinas de Planificación Física de su localidad, exponga su caso y pretensión de hacer el desglose de su vivienda, allí le asignarán un especialista que valorará el asunto y dispondrá lo procedente.

  93. Una parte del pasillo lateral de mi casa resulta ser el fondo de la vivienda colindante. la altura del muro que es de 1.50 m me dicen los vecinos que debo elevarla a 2.20 m. Sin embargo de hacer esto la luz y ventilación de la cocina de mi propiedad se ve sumamente afectada. Indiquenme. Resalto que el muro lleva mas de 30 años y ahora es que me dicen de elevarlo

    1. Hasta donde conocemos UD no está en al obligación de subir su muro, el que no desea que lo vean pues que se cubra, no obstante, le sugerimos dirigirse a Planificación Física de su zona y consultar su caso específico con los especialistas y autoridades correspondientes.

  94. Hola amigos mi esposo trabaja para un propietario de vega particular (no usufructuario) por mas de 6 años y esta asociado a la cooperativa donde se encuentra la vega, desde el mes junio de 2017 el propietario nos permitio hacer una casa para mi esposo, mis 2 hijos y yo, el propietario solicita la liberacion del terreno a favor de mi esposo en la Agricultura municipal para que se nos permita la construccion de nuestra vivienda que seria por esfuerzo propio, se realizaron las investigaciones de parte de la delegacion de la agricultura y segun me digeron todo estaba en orden, pero el expediente que ellos hicieron fue en diciembre del 2018 que fue enviado a provincia sin recibir aun en julio del 2019 respuesta (solo me digeron que puede tardar al rededor de 2 años mas ), hoy en dia vivimos en un cuarto anexo a la casa de mis padres y ya no somos 4 sino 5 pues tuvimos otro bebe, en casa somos u total de mi madre, mi padre, mi abuela (que tiene cancer de pulmon) , mi esposo, nuestros 3 hijos y yo. ya no tenemos dinero para construir por esfuerzo propio nuestra casa pues mi esposo es campesino y la unica que trabaja soy yo con un salario de 345.00 MNque no es sufieciente. ahora queremos que si nos dan el permiso de construccion poder solicitar una vivienda subcidiada por no tener sufieciente dienero para poder construirla por esfuerza propio, me digeron que no se puede liberar terreno a nombre de mi esposo pues no es pariente del propietario y solo se nos puede dar el permiso de contruccion de la casa pero no nos sirve para solicitar en esta nueva convocatoria en agosto 2019 un subsidio para nuestra familia, no se que hacer ni como podemos guiarnos para poder tener un techo para nuestra familia. ya que todos dicen no se puede. les agradesco una respuesta rapida y segura de su parte para poder saber que tenemos que hacer y a quien poder dirigirme. Saludos cordiales a todo el colectivo

    1. Le sugerimos contactar con los funcionarios, directivos, especialistas o empleados del Gobierno de la Presidencia del Consejo de Estado y de Ministros de la República de Cuba, a través de:

      Sitio Oficial: https://www.presidencia.gob.cu/es/
      Atención a la población: atepob1@enet.cu o despacho@presidencia.gob.cu
      Página de contacto https://www.presidencia.gob.cu/es/contacto/
      Teléfonos: (+537) 837-01-09, (+537) 859-22-48, (+537) 859-21-02
      Dirección: Palacio de La Revolución, Ave Paseo #1040 B e/ Carlos Manuel de Céspedes e Independencia, Plaza de La Revolución, La Habana, Cuba

  95. Mi esposa y mi niño viven en una casa que originalmente era un unico inmueble, pero ahora son dos domicilios…. Sus vecinos ahora pretenden pintar el frente de su casa y no estamos de acuerdo con los limites que proponen, ya que sobrepasan la pared medianera que divide los dos domicilios. Que argumento podemos presentar a nuestro favor?

    1. Desde la distancia y con solo la información que aporta no es prudente emitirle opinión alguna, asunto tan serio merita que localice un abogado especialista en esos temas y le explique todos los detalles del caso.

  96. Buenos dias , la propiedad de la casa que le dieron a mi padre en el banco hace muchos años, despues de pagarla, no coincide con la descripcion de la casa porque esta mal hecha, se ve por la placa que no he hecho ninguna ampliacion , ya cuando llegamos a la casa lo que se piensa que es un garaje ya no lo era y ahora me exigen que debo volverlo hacer garaje para poder hacer un dictamen tecnico, por favor pudieran ayudarme, existe alguna regulacion de urbanistica u otra cosa , muchas gracias

    1. Son normas y regulaciones que solo los especialistas y autoridades de Planificación Física pueden explicarle correctamente. En caso de no estar satisfecho puede contratar los servicios de un abogado especialista en esos temas perteneciente a los Bufetes Colectivos.

  97. Buenas vivo en una casa biplanta donde los vecinos de arriba q son propietarios legales de su vivienda se pasan tanto de día como de noche arrastrando muebles, habiendo bulla, martillando sobre el piso de ellos o sea mi techo y esa situación se está volviendo insoportable. Quisiera saber si hay alguna ley que me proteja tengo niños pequeños y personas mayores mostradas en mi casa y es muy incómoda la convivencia, saludos

  98. Los albañales del edificio donde está enclavado mi apartamento, previa canalización, pasan por un terreno particular antes de llegar al registro ubicado en la acera. En estos momentos está prácticamente destruida la red de tuberías y estamos en proceso de sustitución de las mismas.El edificio fue construido en la década del 50 y el dueño actual indirectamente tiene lazos familiares con esta persona y nos amenaza de que él puede sellar el drenaje del edifico y que nos hace un favor permitiendo que las tuberías pasen por su terreno y además plantea una nueva ubicación de las mismas. Mi pregunta es: tiene razón esta persona? Qué legislación nos ampara? Mil gracias y saludos anticipados

  99. Quisiera saber si con la nueva ley de la vivienda, se permitirá el desglose en los edificios multifamiliares, mi padres son propietarios de un apartamento que consta de 1 sala, cocina, baño, 1 holl, 2 cuartos, balcón, estando en el 3er piso y una habitación de uso múltiple en el 5to piso que consta de 1 salita, baño, cocina, 1 habitación, con todos los servicios independientes, separada del área común del edificio, pero los 2 apartamentos rezan en la misma propiedad. LLEVAMOS AÑOS TRATANDO DE DESGLOSARLO, EN ESTOS MOMENTOS ¿SE PODRÁ SEPARAR? El divorcio procede por la ley del país donde se realizó el matrimonio y el propio proceso de disolución, bajo el mismo régimen de separación de bienes.

    1. Desde la distancia no podemos asegurarle un resultado, le sugerimos contactar con un abogado especialista en dichos temas para que vea los documentos y proceda en la instancia correspondiente.

  100. Debido al deterioro del techo de nuestra casa solicitamos la licencia de construcción para la sustitución de cubierta; obtuvimos incluso el permiso de la oficina de Patrimonio, pero debido a la demora de la emisión de la licencia que desde el año pasado se encuentra en tramitación tuvimos que emprender la sustitución por nuestra cuenta. La pregunta es ¿existe un mecanismo para legalizar en propiedad la sustitución de nuestro techo de madera y tablazón por hormigón armado? Somos del Cerro.

    1. Le recomendamos dirigirse personalmente a las oficinas de Planificación Física de su localidad y contactar allí directamente con los abogados que atienden esos asuntos, como especialistas valoran su caso y sabrán brindarle la mejor de las soluciones apreciadas y valoradas todas las circunstancias.

  101. En nuestro país está aprobado el arrendamiento de habitaciones que formen parte de la vivienda, las cuales muchas se acogen a la modalidad de arrendamiento por horas. Existe alguna regulación para los edificios múltiples y viviendas que compartan paredes medianeras con otras Viviendas ?

  102. Hola, me gustaría ante todo reconocerles la misión y el trabajo que realizan logrando mantener actualizados y en la medida esclarecidas las dudas a la población.
    Les escribo para ver si a través de ustedes es posible que me puedan orientar sobre mi preocupación.
    Desde el año 2014 intento legalizar la vivienda construida por mis padres, los que se encuentran separados hace más de 25 años, la vivienda se dividió en aquel entonces mediante una división obligatoria, pero ambas partes no fueron legalizadas y continúa el inmueble con una sola propiedad donde ambos son beneficiarios. En la parte que le correspondió a mi papá se construyeron dos cuartos y un baño que no están incluidas dentro de la propiedad, sí todo el terreno que pertenecía a tierras de campesinos, le fue pagado al estado con un importe de $1895.00 y mi papá ahora vive conmigo.
    Comencé con el trámite para incorporarlo a la única propiedad que existe y me fue denegado en la Dirección Municipal de la Vivienda del municipio, alegando el jurídico que mi papá estaba incapacitado mentalmente por haber estado anteriormente ingresado por presentar un retraso mental ligero, mediante el Tribunal Provincial de Pinar del Río comencé un proceso interminable y sobre todo costoso para quien percibe modestamente un salario de un maestro del sector educacional, el que también salió sin lugar, se solicitó una revisión por el Tribunal Provincial y resultó también sin lugar, luego a través del Bufete Colectivo # 2 de Pinar del Río promovimos el expediente de jurisdicción voluntaria para la declaración de incapacidad, el cual por valoración de los facultativos y mediante el expediente 3 del 2017, se designó que mi papá no se encontraba incapacitado para regir su persona y bienes, se presentó esta prueba al Tribunal Supremo y aun así resultó sin lugar, todavía me cuestiono si tuvieron tiempo para analizar mi caso, pero bueno como dicen por ahí nada es para siempre.
    Por ahora lo que quisiera saber es si me puedo beneficiar con las regulaciones que el país pretende hacer vigentes sobre el ordenamiento y legalización de la vivienda y qué hacer al respecto. Me presenté en la oficina de trámites para esclarecer dudas al respecto y buscar orientación y el arquitecto de la localidad me dice que estas regulaciones no se ajustan a mi situación que debo hacer el 288, lo cual yo ya hice, de igual forma el DPS, de lo contrario no hubiese llegado hasta el trámite anterior, lo cierto es que nuevamente estoy en el grado «0»
    Les agradecería que a través de ustedes pudiera esclarecer todas estas cuestiones que aunque no lo crean en muchas ocasiones me ha quitado el sueño.

    1. Realmente las nuevas disposiciones relacionadas con los acuerdos del Consejo de Ministros No. 8574 y No. 8575 no son aplicables a su caso, pues son aplicables al ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales sin status legal o sin observar las formalidades en su construcción, siempre que cumplan con las regulaciones territoriales y urbanísticas, con el fin de transferirlas en concepto de propiedad a las personas naturales que ocupen estas.

      Realmente se trata de un caso incluso difícil de diagnosticar desde la distancia, pues como UD refiere ha sido valorado en todas las instancias administrativas e incluso judiciales hasta el Tribunal Supremo.

      Solo nos queda recomendarle que se dirija al especialista para atención a la población que radica en el Tribunal Provincial de Pinar del Río o si lo prefiere en el Tribunal Supremo Popular de Cuba y exponga el caso con todos sus antecedentes, deben darle la mejor orientación para que emprenda el camino de su pretensión. Igualmente en las Direcciones Provinciales de Bufetes Colectivos laboran especialistas de elevada calidad profesional y profundos conocimientos sobre la rama del derecho que nos aborda.

  103. Soy una vecina de La Habana Vieja. En la calle Villegas 445, hay edificio que tiene más de 100 años. Uno de sus vecinos Jorge Maturell que vive solo, ha construido en la azotea con una habitación con baño, para ponerla en alquiler para turistas o nacionales y alquiler para fiestas, lo que ya hizo en otras ocasiones. No tuvo licencia para construir, ni tiene permiso para alquiler, etc, y el edificio ya añejo comienza a tener problemas estructurales con la subida por la única escalera a la azotea, de materiales de construcción. Mientras y ante la queja de sus vecinos, él prosigue y hasta 2 tanques de 55gls se colocó arriba. Aclaro que no tiene necesidad de ampliarse, pues su apto en usufructo en el primer piso, es amplio y él es solo. Estas varias ilegalidades suceden ante la mirada indiferente del CDR, que no hace nada. Sucede que la habitación está casi terminada y las vecinas de los Aptos 2 y 3, han sido desoídas de los problemas en sus respectivos techos, precipitados por el peso que suma la construcción. El único acceso a la azotea es una vieja escalera de madera, ahora peor.
    Estos vecinos que viven en primer piso, y las dos familias albergadas en planta baja, se quejan también de tupiciones en sus respectivas casas.
    Jorge Maturell obra con total impunidad e irrespeto a la ley. No sólo construye sin licencia, sino que lucra con la azotea de su edificio, y termina una construcción ilegal, para alquilar a turistas.
    Espero se haga lo justo. Luchemos contra estos hechos!

  104. Quisiera que me enviaran vía correo la Instrucción 4 del 2015 del Instituto Planificación Física, que he buscado en diversos sitios y no la encuentro.

  105. Escribo debido a la insatisfacción de mi persona y un grupo de vecinos en Santiago de Cuba, sobre la aplicación del decreto antes mencionada y una vez agotados los canales establecidos en Planificación Física Municipal, nos imponen una multa sin previo aviso por un sembrado de más menos 5, 6 matas de plátano y materiales de construcción que se encuentran en un paso de servidumbre sin salida quedando al fono 4 casas de vecinos afectados por el evento meteorológico Sandy y que no tienen otro lugar donde depositar los materiales temporalmente, proceden de esta manera porque un vecino alega que el sembrado y los materiales obstruyen la puerta de su garaje, puerta que no consta en su propiedad y que además fueron hechas cuando ya el sembrado estaba ahí, el cual está en el límite de mi propiedad. El tema es que nos dicen que las multas (de 200 pesos cada una) están amparadas en este decreto nuca precisan que artículo e inciso, el plazo de apelación de la primera multa ya expiro y la jefa de inspectores así como la jurídica no nos quiere atender, solo dicen que esas cosas afean el ornato público pero si no tenemos otra alternativa, no nos molesta, están favoreciendo al vecino al cual ese camino le queda al lateral de su vivienda y no al frente, está bien aplicado el decreto en cuanto a las multas y la amenaza de mandar la comisión de enfrentamiento a cortar las plantas y decomisar los materiales que adquirimos con tanto sacrificio y aquellos que tenemos también gracias al esfuerzo del país. Planificación Física Municipal esta actuando realmente como establece la Ley.

    1. JURISCUBA no puede desde la distancia emitir un criterio sobre dicha situación. Nosotros somos un sitio de divulgación de normas jurídica, no una entidad con autoridad para calificar conductas o actuaciones de terceros. Le sugerimos que se dirija a los órganos de gobierno de Santiago de Cuba y exponga allí sus preocupaciones, valoraciones y pretensiones en sentido general.

  106. Recientemente se publicó el Acuerdo 8574/2019 del Consejo de Ministros favoreciendo a miles de ciudadanos a legalizar su vivienda para obtener el título de propiedad.
    La empresa mixta ENERGAS SA, construyo (con su presupuesto y recursos) 6 viviendas con todos los permisos legales de Vivienda, IPF, FAR, CITMA, etc, para la estabilidad de la fuerza de trabajo, técnicos y dirigentes en el área de Ampliación de Marbella.
    Dichas viviendas fueron liberadas por el MINEM por Resolución No. 846/15 de fecha 1 de Junio de 2015, para ser transferida al Régimen de Propiedad Personal a nuestro favor conforme a lo estipulado en la Instrucción 2/2014 del MICONS.
    No obstante Vivienda de Habana del Este nos declara Arrendatarios (por encontrarse las casas que se autorizaron a construir), en una Zona de Alta significación para el Turismo definido el Acuerdo 3499 de Junio de 1999 (20 años).
    Sin embargo se emitió el DL 331 y 333 del 2015 que da la posibilidad a los organismos y entidades a proponer y/o modificar estas zonas, estableciendo nuevos derroteros, según el interés real de desarrollo de la zona en cuestión. Resulta que Ampliación de Marbella es una zona altamente poblada y las casas en cuestión se encuentran dentro de la zona urbana de la misma donde existen casas con propiedades y por demás se continua la autorización de nuevas construcciones como las que se hacen actualmente frente a las nuestras en calle 10 E/1ra y 2da.
    Me interesa saber si existe el Plan de Ordenamiento Territorial y Urbano para Ampliación de Marbella, independientemente de que necesite una actualización como también la necesitara dentro de 20 años más. Pues no entiendo por qué el MINTUR no define la zona real de interés de la vasta zona definida en esta Zona de alta significación para el Turismo donde obviamente no se va a incluir todo el reparto mencionado ni creo que vallan a destruir las construcciones de viviendas ya existentes y las que se siguen autorizando.

    1. Realmente no disponemos de una respuesta para su escrito. Realmente se trata de una situación compleja que necesita de un profundo análisis en varios sentidos y decisiones de todos los factores implicados. Esperemos que algún visitante a JURISCUBA, con la capacidad de poder compulsar la solución de justa del caso lo haga, como contribución al ordenamiento de la Cuba de estos tiempos.

      1. Mi tio y varios vecinos tiene la casa en Santa María Habana del Este y tienen la inquietud de saber si algún día podrían legalizar sus viviendas porque están enclavada en terreno que pertenece al mintur

  107. Necesito saber entre que valores oscila el precio legal de una vivienda. En valores por favor o por ejemplo 3 cuartos de placa, sala baño, cocina, más o menos cual es el precio legal de una vivienda así.

  108. Tengo un terreno asignado desde el 2012, como premio por mi participación en varios forum de ciencia y técnica. Como podrán imaginar, han sido muchos los tropiezos y obstáculos a lo largo de todos estos años. En el año 2015 volví a realizar toda la documentación necesaria, y fue en el 2018 en que se me confirma que fue asignado. En ese año pagué el terreno, lo inscribí en el registro de la propiedad, y estoy aún a la espera del CRU para poder llevar la documentación al arquitecto de la comunidad. Desde hace algunos días, (conocimos por fuentes no oficiales, pues ningún directivo de esa institución nos ha explicado nada) que se estaba analizando cambiar dicho terreno de ubicación. Como entenderán esta situación ya es muy desesperante. Por favor, acudo a ustedes para que me orienten y expliquen que derechos tengo sobre este terreno si ya tengo el documento con el derecho perpetuo de superficie a mi nombre.Pueden cambiármelo en este momento? Puedo acogerme a estas nuevas normas para agilizar mi proceso y terminar con esta agonía de tantos años?

    1. Por las características e importancia de su asunto preferimos no asistirla por esta vía y le recomendamos que consulte a los especialistas de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos a través de su página web oficial y gratuita, se le asignará un especialista para su tema en particular, según se informa en el referido sitio.

  109. Por favor necesito conocer si para hacer la placa de dos cuartos que tiene mi casa y me faltan por hacer, necesito sacar licencia, esperando su respuesta, les doy las gracias.

    1. Deseo conocer si par cambiar el techo de los cuartos de mi casa que son de asbesto cemento para placa, necesito tener liciencia de construcción.

  110. En la propiedad de mi casa está incluido un terreno que constituye un camino vecinal para entrar a otras viviendas. Necesito más espacio por lo que preciso correr un poco la cerca que rodea mi casa, disminuyendo el ancho del camino vecinal, sin afectar el acceso de las personas. Que dimensiones mínimas establece la ley para estos caminos vecinales? Donde debo dirigirme para comenzar los trámites para correr la cerca que rodea mi vivienda?

  111. En el año 2015 por motivos de salud de mi hija me ubicaron en la antigua casa de visita de la Empresa Desmonte y Construcciones Camagüey perteneciente al grupo Gelma. Yo soy trabajador de la UEB Aseguramiento y Servicios Camagüey también del mencionado Grupo. En 2018 por decisión del grupo se indicó a la Empresa Desmonte solicitar el cambio de uso de la vivienda. Fui visitado por el arquitecto de la comunidad en junio. La cra dio algunas orientaciones como delimitación de terreno y otras, que ya cumplí. Pero esta casa de visitas es de 2 plantas,ven la 2da planta viven dos familias . según la jurídica de la empresa el trabajo e la arquitecta estaba mal hecho y q tiene que venir otra persona pero no llega. Quisiera saber que tramites debo seguir yo o la mencionada jurídica porque no tengo que ver con la vivienda del 2do piso. Somos totalmente independientes. En espera de su atención y orientación.

    1. Le recomendamos dirigirse a un Bufete Colectivo y contratar los servicios de un abogado especialista en esos asuntos para que lo asista y represente en caso necesario ante las autoridades o jurisdicción competente.

  112. Vivo en Cojimar, Municipio Habana del Este. Hace 3 años recibí por donación una casa que esta en una segunda planta y tiene otra al lado. Es decir hay 3 casas diferentes. Las 2 de arriba compartimos entrada común y las 3 compartimos la misma cisterna que esta en el garaje de los bajos. Ahora yo quiero vender y me dicen que los nuevos propietarios no tendrían derecho a la Cisterna. Es eso posible?

  113. Vivo en planta alta d un biplanta y según tengo entendido , había un pequeño baño que en su día demolieron, ¿que pasos tengo que dar para hacerlo nuevamente y ampliarlo un metro cuadrado más, teniendo en cuenta que la vecina de los bajos es bastante majadera?

    1. El baño a que me fiero en la consulta anterior, tengo entendido que medía 1 m cuadrado y se encuentra en el patio y era el baño de servicio, como les comenté, me gustaría añadirle un metro más. Por favor, me gustaría me asesoren al respecto para no ocasionar molestias.

      1. Es que nosotros no somos especialistas puntuales en esos temas. Le recomendamos consultar a los arquitectos de la comunidad que si trabajan directamente en esos asuntos o a los especialistas de planificación física en sus oficinas de la localidad donde reside. Nosotros somos divulgadores jurídicos en lo fundamental.

  114. Buscando información sobre una ampliación me deparé con este sitio. MIS FELICITACIONES por el trabajo que uds realizan. MI DUDA: Saqué una orden de ampliación para mi casa y por problema de espacio en el interior de la vivienda no fue posible hacer la escalera en la parte indicada en el proyecto por lo que la construcción realizada en los altos, tiene la escalera por fuera de la casa, es decir, en el pasillo. Eso puede constituir una violación y conllevar a una multa? Desde ya, gracias

    1. Desde la distancia no podemos hacer una valoración de su caso, le recomendamos consultar los especialistas de la propia entidad Planificación Física que atiende la localidad donde se encuentra enclavado el inmueble.

  115. Necesito conocer el amparo legal que me prohíbe cerrar un acceso de un vecino a mi propiedad. La casa de mi tío hoy fallecido, se encuentra al nivel de la calle (centro de la ciudad de Holguín) con salida a la misma por el primer nivel y por el segundo, y la mía se encuentra accediendo por un pasillo lateral al fondo, ocupando el jardín la parte del frente de la vivienda, en sus inicios mis abuelos le permitieron a su hijo el tener una puerta con acceso a nuestro jardín (propiedad). Hoy las personas que viven la casa no guardan relación familiar y me es necesario por seguridad hacia mi vivienda que se cierre esa puerta, como debo proceder, el cierre de la misma no les impide a ellos la salida o entrada a la vivienda y su propiedad o terreno legal se limita al área construida.

    1. Es prácticamente imposible entender desde la distancia el asunto que nos escribe, mucho menos evaluarlo, analizarlo y emitirle un criterio razonado y profesional como merece. Le recomendamos dirigirse a un Bufete Colectivo en Holguín y consultar un abogado especialista en esos temas, al que pueda explicar paciente y profundamente in situs.

  116. Tengo un solar yermo propio heredado de una tía que lo compro antes del 59, de origen rustico, pero me han dicho que ya todos han pasado a urbano. Se ubica un asentamiento poblacional.

  117. Gaceta oficial no. 40 extraordinaria de 5 de septiembre de 2014
    Instituto de planificación física
    Resolución no. 54/14
    “Procedimiento para cumplir las funciones que se traspasan a las direcciones Municipales y provinciales de planificación física”
    Capítulo II: Asignación de terrenos estatales
    Artículo 44.- No se otorga licencia de construcción ni autorización de obra para:
    C) la construcción de piscinas.
    Las preguntas son las siguientes:
    1 – Porque hay personas que tienen piscinas desde antes de salir esta “resolución” que como su nombre lo indica, para resolver un problema de ley y, se le ha obligado a cerrar y sellar la misma.
    2- Para quien aplica entonces lo siguiente:
    Trabajo y seguridad social
    Resolución No. 33/2014 de la misma gaceta.
    Reglamento sobre el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios
    Capítulo III: procedimiento para la autorización del arrendamiento,
    Anexo no. 1
    Modelo “Solicitud para ejercer el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios”
    Anexo no. 2
    Modelo de autorización para ejercer el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios
    Donde explícitamente expone los datos para caso de piscina.
    Además la más reciente de apenas 2 días Gaceta Oficial No. 35 extraordinaria de 10 de julio de 2018. Redunda nuevamente en este tema de piscina.
    Trabajo y seguridad social
    Resolución no. 11/2018
    Capítulo II
    Arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios reglamento del ejercicio del trabajo por cuenta propia
    Finanzas y precios
    Resolución no. 194/2018
    En su resuelvo tercero, Anexo No. 1
    Normas para la tributación de los trabajadores por cuenta propia
    Actividades del régimen general de tributación, límites de gastos autorizados a deducir para la determinación del impuesto sobre los ingresos personales y cuotas mínimas mensuales a cuenta de ese impuesto
    Grupo IV: Arrendador de viviendas, habitaciones y espacios que sean parte integrante de la vivienda: hasta el treinta por ciento (30 %) de los ingresos obtenidos.
    Además del resuelvo Duodécimo, numeral 6 que explica el tema sanitario a donde referirse
    Resolución no. 12/2018 de esta misma gaceta oficial no. 35 extraordinaria de 10 de julio de 2018. Redunda en el tema piscina
    En fin hay elementos que deja muy claro las regulaciones cubanas pero sin embargo, hay malas prácticas de los órganos responsables de su ejecución.
    Lo que quiero decir es porque atacan las piscinas que ya están fabricadas desde antes del 2014.
    En espera de respuestas y agradeciendo de ante manos.

    1. Necesito saber a qué nivel superior me puedo dirigir ya que sé me fue otorgado por planificación física de 10 de octubre un terreno para construir una vivienda esto fue en el 2016 tengo los planos de cómo debía quedar la vivienda pero cuando fui al lugar me encuentro que el terreno tiene dueño, pasan los años y yo y mi familia seguimos viviendo en el peligro de un edificio que sé está cayendo, cabe recargar que tengo expediente de albergue más de 20 años que quiero construir por mi propio esfuerzo, que no quiero nada regalado, sólo que me vendan un pedazo de tierra para poder vivir sin precaución de que me va a caer el techo en la cabeza

  118. Necesito saber dónde puedo encontrar las normas cubanas vigentes en cuanto a los requisitos que deben reunir los baños sanitarios para que se otorgue el habitable sanitario, porque si se instala un extractor con salida a un conducto al exterior, porque debe tener además ventilación natural al exterior lo cual es imposible

  119. Quisiera preguntar respecto a qué criterio(s) existe(n) para poder identificar una biplanta si está en régimen de edificio o son viviendas independientes. (Obs: A mi criterio, todo tiene que ver con la presencia o no de elementos comunes de servicios tales como cisternas de agua, tanques elevados, etc, pero algo escrito en ese sentido debe existir).
    Ahora, ¿en qué lugar puedo encontrar información referente a que si se trata de una biplanta con régimen de viviendas independientes, la placa se incluye en la propiedad del de arriba y el patio en la propiedad del de abajo?

  120. Sobre la necesidad de publicar y, teniendo en cuenta lo más necesario, creo oportuno se publiquen las normas cubanas vigentes en cuanto a construcción, es decir las que tienen que ver con las instalaciones hidrosanitarias y los requisitos que deben reunir loa baños sanitarios para que se otorgue el habitable sanitario.

  121. Construí una vivienda vi planta en un terreno que compramos entre dos para la construcción de la misma, después de la construcción el señor de la planta alta reclama la mitad del terreno y vivienda le da el lateral de mi vivienda donde se encuentra su escalera desde el frente hasta el fondo del terreno donde no puedo reparar el lateral de la vivienda a demás han construido un cuarto de madera continuo a la vivienda, he perdido la acera que le construí a la misma, esta vivienda hace esquina y he perdido la privacidad por este lateral. Mi pregunta es si esto es real de esta forma ya que mis vecinos tienen influencia en Planificación Física.

    1. Contrate los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos para que la asista y represente en el reclamo de sus pretensiones. Asuntos tan complejos, importantes y trascendentes para las personas, con la incidencia de decisiones administrativas o jurídicas por parte autoridades competentes después de evaluar el caso, JURISCUBA no acostumbra a tratar por esta vía desde la distancia. Si considera que sus vecinos influyen de alguna manera sobre los funcionarios de Planificación Física y estos actúan incorrectamente, faltando a sus obligaciones como representantes del estado cubano, diríjase a la Fiscalía de su territorio y formule la correspondiente queja o denuncia según sea el caso.

  122. Primero agradecerles el trabajo que hacen aquí y que facilita poder gestionar muchas preguntas que a veces son muy difícil de contestar. Hace un año aproximadamente he comprado un apartamento en playa pero el título de propiedad no recoge una descripción exacta de cómo está actualmente el apartamento. Es decir el propietario anterior había modificado el apartamento y yo me di cuenta de los cambios ya frente al notario cuando fuimos a firmar la compraventa. Ahora me gustaría corregirlos en el título de propiedad además de tener una tasación correcta para si quiero venderlo o permutarlo en el futuro. Por lo que he leído tengo que pedir un informe al arquitecto de la comunidad para poder hacer los cambios posteriormente en la notaría y luego llevar estos al registro de la propiedad. Mi pregunta es: ¿Sabe cuánto tiempo puede demorar este informe y si hay alguna tarifa establecida para esto? ¿Es este el trámite correcto?.

    1. Gracias por el reconocimiento a nuestra labor. Si se trata del trámite correcto, ahora bien, desconocemos el tiempo que demora, habría que preguntar directamente a aquellos que lo ejecutan en el territorio, imaginamos que dependa de la carga de trabajo que estos tengan y otras circunstancias específicas de esas oficinas.

  123. Yo vivo hace 26 años en una casa que fue adquirida mediante una permuta, cuando se intentó legalizar la propietaria había fallecido, al pasar de los años cuando mi mamá y yo decidimos legalizar los papeles descubrimos que la casa es un usufructo gratuito. ¿Cómo podemos lograr poner esos papeles a nombre de una de las dos?

  124. Soy trabajador por cuenta propia agente de telecomunicaciones.
    El acceso a mi casa es un terreno de unos 10 metros hasta la casa y es parte de la propiedad.
    Para ejercer mi trabajo en ese terreno colocaba una mesa pleglable una sombrilla de playa y una silla que al concluir recogia por supuesto a una distancia de la entrada que los clientes no tenian que ver nada con el transito por la acera.
    Un buen dia los inspectores de planificacion fisica apercibieron a la proipietaria indicandole que no podia seguir vendiendo ahi que tenia que ser dentro de la casa.
    Me gustaria me esclarecieran sobre este particular tratandose inclusibe de parte de la propiedad de la casa y mesa, silla y sombrilla en buen estado y el lugar pintado y limpio.

  125. Soy Dalia Álvarez, vivo en Mariel, y desafortunada mente tengo que haces esta carta porque ya hoy cayo la gota que me como la COPA. ES DE UN PELOTEO A OTRO COMO UNA PAPA CALIENTE. Desde el 2015 estoy en un trámite en la oficina de planificación física de Mariel, para que me den permiso para hacer una cerca perimetral, hacer un cuarto de desahogo y techar mi patio que consta de 9 metro de largo por 3 de anoche, casi mensual voy a dicha oficina y nada, he ido a quejarme a el Poder Popular, a Fiscalía, el fiscal ha hablado con el director de Planificación Física y nada, me dicen que si están los papeles para la ventanilla única que si viro por una cuestión de metodología, QUE LE FALTABA UNA X QUE SI UNA FECHA, he hablo YO en más de 20 veces con el director de planificación física y todo es un cuento y una mentira : hace 2 años fui y hable con el director Provincias de Planificación Física y nada . Siempre es una mentira hace ya tres años que estoy en este trámite, por favor que hago necesito me digan HAGO MI PLACA SIN PERMISO, ESPERANDO RESPUESTA.

    1. Nosotros no somos funcionarios o representantes de esas instituciones administrativas y de gobierno, ni tenemos posibilidad alguna de ayudar a solucionar su dilatado dilema, solo podemos ayudarla en su grito de auxilio publicando su queja, quizás algún visitante del sitio posea la capacidad para terminar con esta dolorosa historia.

  126. Hola es interesante esta página para hacerles consultas y además saber de leyes , tengo una situación en este momento en cuanto a el derecho que tengo sobre la superficie de mi vivienda , vivo en una segunda planta donde fue donada para primero hacerla y después fabricar mi casa teniendo la superficie a mi favor y favoreciendo al propietario de la planta baja , hace algún tiempo el en el área de su patio continuo a las viviendas construyo una habitación más con techo de tejas de fibra con mi autorizo por debajo del alero , ahora el compañero vendió y los nuevos colindantes fundieron una placa introduciéndola en mi alero y dando continuidad a su vivienda y sin mi autorizo ellos alegando que son propietario y tienen el derecho a ella y no tengo ni tan siquiera derecho a los cm de separación ¿qué hacer en mi caso?

    1. Contratar los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos para que lo asista y de ser necesario lo represente en el debido proceso administrativo o judicial para reclamar lo que considera sus derechos.

    1. Si se trata de viviendas independientes, construidas en regímenes independientes la placa se incluye dentro de la propiedad del de arriba, como el patio en la propiedad del de abajo, ahora bien, si son biplantas construidas en régimen de edificio, pues la placa entra en espacio de uso común para todos con igualdad de derechos. No obstante, le recomendamos consultar, en su caso, un abogado o especialista sobre el tema para que revise el contenido de los títulos de propiedad.

  127. He comprado una casita bien pequeña en la zona de Guanabo, a dos cuadras hacia arriba de la calzada, tengo placa arriba y quisiera hacer una ampliación, ya que no tengo patio. Mi pregunta es, ¿podría obtener permiso de ampliación?

    1. Debe consultarlo con la autoridad competente en Guanabo que otorga dichos permisos. Si cumple todos los requisitos y normas establecidas debe ser autorizado, pero son los funcionarios del lugar los que reciben la solicitud, analizar el caso y proceden a aprobarla o rechazarla.

  128. Me gustaría saber si legalmente hay un tiempo definido para que Planificación Física entregue el derecho perpetuo de superficie y las regulaciones, luego de que se paga el terreno en el banco. Soy de Las Tunas y hace 5 meses efectué el pago. Aún no se me entregado la documentación correspondiente.

  129. Primero felicitar a este sitio por la atención y profesionalidad de sus respuestas. Mi problema es el siguiente, vivo en un edificio multifamiliar en Santa Marta, Cárdenas, fuera de la Zona de Alta Significación para el Turismo pero sí en el Corredor Turístico, desde hace años los vecinos que tenemos carro particular hemos solicitado autorización para hacer garajes aunque fueran provisionales, incluso nos hemos dirigido a Planificación Física y nos han negado hasta recibir nuestras peticiones en escritos formales, alegando que todo tramite está paralizado, por este motivo algunos hemos hecho algunas soluciones para proteger nuestros vehículos del agua, sol y sereno, sin que sean construcciones en todo el sentido de la palabra. Hace unos días inspectores del IPF han visitado la zona y verbalmente han comunicado que debemos demoler todo eso y que ellos no tienen ninguna obligación de entregarnos una parcela, mi pregunta es la siguiente: ¿cómo propietaria de un vehículo no tengo derecho a que se me arriende siquiera una parcela para hacer algún tipo de obra para proteger mi carro?; le comunico además que nuestra comunidad está ubicada a las afueras del poblado, alejada de las vías principales y hemos hecho esas facilidades temporales en los lugares que desde que se construyeron los edificios se destinaron a parqueos y que se ubican detrás de éstos por el vial de servicio sin afectar en modo alguno la fachada de la comunidad.

    1. Son las instituciones de gobierno, específicamente Planificación Física la encargada de dar respuesta a todas sus interrogantes. Si no encuentra respuesta o no le satisface en la instancia municipal, vaya a la provincial y así hasta llegar al máximo órgano. Son temas muy relacionados con las facultades discrecionales de los funcionarios o directivos de esas instancias, la apreciación que hagan del caso, valoración y decisión según sus criterios, que por supuesto pueden ser impugnadas administrativamente y se considera que sus derechos ciudadanos están siendo violados, puede incluso dirigirse a la Fiscalía General de República y exponer su queja o formular la correspondientes denuncia.

  130. Hace un promedio de cuatro mes tengo una situación de vecindad, en el cual tuve que ir al instituto nacional de planificación física, fui atendido por la Jefa de tramite Diana Rosa Suares, mostré todos los documentos en cual pese que tenía la razón, entre otros micro localización del solar, certifico de micro localización, resolución, proyecto ,entre otros luego planificación física municipal, se pronunció a mi favor , resulta que hace un mes estoy siendo demandado por la otra parte, donde debo ir por favor, soy de Santiago de cuba.

  131. Mi nombre es Jorge Luis García Collado vecino de Ahogados entre Mármol y Varona Guantánamo:
    Mi vecino construye encima de mi inmueble desde el 27 de noviembre (Un cuarto que tengo en propiedad y registrado en Planificación Física) me he quejado a la dirección municipal, provincial de esta identidad, Fiscalía Provincial, Policía Provincial, PCC Provincial, Gobierno Provincial y nadie se compromete con parar esa obra y ya están avanzado en su construcción por favor quién me ayuda para no tener que tomar la justicia por mi parte. SOS.

  132. Estoy casada por la Ley con un señor cubano hace 6 años y medios, actualmente estamos casados y separados desde hace un mes. Él dice que ya no me quiere, por lo que solo espero que se divorcie de mí. Mi preocupación es la siguiente.
    Construimos juntos un apartamento sin permiso de construcción desde el 2012, el cual ya se terminó, pero no está legalizado, lo construimos en la propiedad de él, o sea en la planta alta de su apartamento y del cual posee título de propiedad. Por lo que temo que pueda sacarme de la casa, una vez se divorcie de mí, o legalice la ampliación y yo no tenga derecho a nada por estar ya divorciado. Soy mujer y tengo 50 años y tengo 21 años de trabajo, ya estoy cansada para volver a empezar a construir. Que puedo hacer para no quedar en la calle otra vez. Puedo apelar a la disposición transitoria tercera cuarta pleca de la Gaceta Oficial No.23 Ordinaria de 24 de julio de 2017 de la Ley 65 de la vivienda para no quedar en la calle o no aplica en mi caso. Estoy desesperada, por favor necesito de Ud.

    1. Si, puede alegar la referida disposición transitoria tercera contemplada en las últimas modificaciones a la Ley General de la Vivienda. Le recomendamos que consulte un abogado de Bufetes Colectivos especialista en esos temas, la sabrá orientar correctamente y encontrar la mejor de las soluciones para usted.

  133. Soy cuentapropista en el municipio Habana Vieja, en el oficio de soldadura, el local pertenece a la Empresa provincial de aseguramiento, en el día de hoy nos retiraron el contrato, alegando que dicho local pasa como propiedad del gobierno Municipal de nuestro municipio (Habana Vieja). Considero que es arbitraria está medida. El local es compartido con una carpintería y tapicería. Estamos en la Calle Aponte 9 entre Corrales y Montes. Habana Vieja. ¿Espero respuesta?, ¿Cómo contactar con el general Rodiles, Presidente del Instituto de Planificación Física?

    1. Nosotros desconocemos los datos de ubicación de la persona que UD pretende contactar, solo podemos recomendarle que se dirija al órgano de la administración del Estado cubano donde labora y pregunte allí directamente sobre sus coordenadas y trate que le concedan una cita con él.

  134. Hace un año Planificación Física de Moa me asigno un terreno para la construcción de una carpintería y ahora me dicen que tengo que retirarme del área cuando ya la carpintería está al comenzar a funcionar a plena capacidad, me plantean que ellos no tienen responsabilidad de buscarme una localización, que me busque un área que no sea interés de ellos para inspeccionarla y decirme si procede o no, he invertido mucho dinero en eso, no estoy en contra de moverme del lugar siempre y cuando me digan para donde.

  135. ¿Cómo puedo saber si en un edificio biplanta de varios apartamentos en Santo Suarez, puedo construir en mi placa? Qué pasos debería hacer y si la ley me lo permite.

  136. Tengo una situación que necesito de ayuda, hace un promedio de doce años comencé la construcción de mi vivienda, cuento con los siguiente documento, el proyecto, licencia de construcción, resolución del solar notificado, la micro localización, más el solar pagado, en fin tengo todos los documento en regla, donde está el problema de forma ilegal existía una cisterna dentro del terreno que me dieron La compañera que formula la queja vive en un edificio de dos planta a una distancia de doce metro de mi vivienda ,decir que la cisterna no me molesta , pero ahora la dueña quiere desagregar la cisterna, me visitaron los compañeros de planificación y me plantea, que me afectaran cuatro metros de acho para beneficiar a la compañera y cambiarme la resolución que ya está notificada hace más de diez año, llevo cuatro meses que me están dilatando el proceso y no hay respuesta, por favor valoren mi caso y dígame donde de ir para resolver el problema.

    1. Por las características e importancia de su asunto le recomendamos que consulte a los especialistas de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos a través de su página web oficial y gratuita, se le asignará un especialista para su tema en particular. Podrá acceder a través del siguiente link: http://www.onbc.cu/login

  137. QUISIERA ME ESCLARECIERAN QUE INSTRUCCION, REGULACION O DISPOCION QUE AMPARA LA CRUZADA ACTUAL CONTRA TODO ESTABLECIMIENTO DEL TRABAJO POR CUENTA PROPIA QUE ESTA UBICADO EN CALZADAS Y CUALES SON LAS REGULACIONES ESTABLECIDADAS PARA ESTAR EN ESAS ZONAS.
    POR FAVOR NO ME REMITAN A PLANIFICACIION FISICA DE MI MUNICIPIO POR QUE ESO ES UNA INCOGNITA

    1. Hasta donde conocemos (porque o somos funcionarios del gobierno, ni especialistas en Planificación Física) debe consultar el Decreto No. 299 de 14-5-12 “Sobre las atribuciones y funciones del Instituto de Planificación Física para la ejecución de la inspección estatal” y que puede descargar del sitio de la Gaceta Oficial, (GACETA ORDINARIA No. 33 de 20-8-12). https://www.gacetaoficial.gob.cu/pdf/ord.%20No.%2033.pdf.zip Este Decreto le concede a Planificación Física la capacidad legal de enfrentar “las irregularidades en cuanto a ordenamiento territorial, urbanismo y otras actividades”.
      Por otra parte, si en Planificación Física de su municipio no encuentra respuesta a sus interrogantes, le recomendamos dirigirse a instancias superiores de ese organismo o a las del gobierno.

  138. Vivo en Alturas de Boca Ciega, en una misma propiedad que está constituida por 3 casas independientes, donde habitan 3 familias respectivamente, estas fueron construidas readaptando la casa original para que hijos y nietos pudieran tener sus familias. Estas adaptaciones ya están asentadas en nuevo registro de la propiedad, constituyendo todo una misma propiedad a nombre de una solo titular. Mi pregunta es si existiendo las negativas de desglose para esta zona por interés turístico, es aún posible desglosar la propiedad en 3 propiedades individuales para que cada familia tenga potestad sobre su parte, por supuesto con el consentimiento del único propietario; o de lo contrario es necesario recurrir a un tribunal para que, alegando un conflicto por no convivencia pacífica, intervenga y otorgue el desglose.

    1. Con toda sinceridad le recomendamos que contrate los servicios de un abogado especialista en esos temas y específicamente conocedor de las “políticas y criterios” que se siguen en dicha zona por parte de las correspondientes autoridades. Asuntos de esa complejidad no es prudente tratarlos por esta vía y la información que nos brinda.

  139. Qué se hace cuándo en un edificio de 44 apartamentos (específicamente en dos apartamentos del 1er pido, 102 y 103) se están llevando a cabo, desde hace meses, construcciones ilegales y potencialemnte peligrosas, y Planificación Física de la Habana Vieja no responde a las quejas de los vecinos (presentada hace más de un mes), ni toma absolutamente ninguna medida al respecto?. La queja ha sido, también, presentada en Fiscalía y la Dirección Provincial de Planificación Física. Nos sentamos a esperar otro «Habana y Obispo», sin que nadie tome partido, ni muestre el menos interés? Solicito un poco de «cultura jurídica» al respecto, por favor.Cárdenas # 9 e/ Monte y Corrales. Habana Vieja

    1. Puede dirigirse al Consejo de Estado,al amparo del artículo 63 de la Constitución de la República, en el que se establece: “Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley”

  140. Viví en La Habana Vieja y desde septiembre he denunciado unas irregularidades en mi edificio.se trata de fabricaciones que han hecho dos vecinas en áreas comunes afectando mi vivienda por la distancia no permitida de dicha fabricación. Esto se les comunicó a planificación física de la Habana vieja y a vivienda. Pero sólo una multa y nada más.es en Bernaza, e/Muralla y Teniente Rey . Por favor, el edificio no está en buenas condiciones. Existen normativas por las qué nosotros los cubanos debemos regirnos y respetar. Espero resuelvan este caso.

    1. Nosotros no pertenecemos a ninguna institución del estado cubano, ni somos funcionarios o representantes con capacidad de fiscalización o solución de conflictos, solo abogados que pretendemos divulgar cultura jurídica por internet Debe dirigirse a la Fiscalía en Habana Vieja y exponer allí sus criterios si considera la existencia de violaciones de la legalidad. NO obstante, publicamos su comentario

  141. Soy de Baracoa, provincia de Guantánamo. Mi casa tiene paredes medianeras por ambos lados, hace 3 años decidí cambiar mi techo de tejas francesas muy deteriorado por losa fundida y a raíz de eso le he donado la parte de arriba a mi hija. Desde ese tiempo no se ha podido hacer ninguna acción constructiva en la parte superior porque un vecino tiene 2 aire acondicionado con techumbre de 1m hacia mi propiedad. El IPF provincial me dio el derecho por las regulaciones urbanísticas que existen en el territorio y por tratarse de una medianería, pero el Tribunal Municipal no los quita porque dice que esos aires acondicionados llevan tiempos instalados. A pesar que no se reclamó por la vía jurídica fue en contra de nuestra voluntad por los problemas que estos causaban en nuestro antiguo techo. ¿Qué me pueden decir al respecto?

    1. Debe contratar los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos en Baracoa, especialista en esos temas para que conozca en detalles el asunto y proceda conforme a Derecho. Sería irrespetuoso y desacertado éticamente entrar a cuestionar la decisión del Tribunal Municipal de Baracoa, por varias razones, pero la principal, es que las resoluciones judiciales se impugnan con los correspondientes recursos e instrumentos jurídicos establecidos en la Ley.

  142. Hola tengo una duda que quisiera aclarar con ustedes, yo vivo en siboney que forma parte de una zona a la cual ustedes le llaman congelada, mi casa es una casa colectiva donde viven 5 familias disferentes, ahi todos somos arrendatarios, mi pregunta es si yo puedo permutar, fuera de esta zona.

  143. existen otras zonas especiales ya declaardas , por favor si es posible que decreto ley es . especificamnete me interesa la zona de guanabo y sus alrededores .gracias .

    1. En las REGULACIONNES URBANISTICAS DE LA HABANA DEL ESTE se establece en la SECCIÓN TRIGÉSIMO TERCERA, ZONA DE TURISMO RECREACIONAL (ZTR-3), “PLAYAS DEL ESTE”

      Caracterización general.

      Playas del Este, principal producto de explotación turística del municipio cuentan con un potencial de correspondencia con la demanda turística.
      Posee una franja próxima al litoral de unos 11 kilómetros de extensión y entre 1.5 y 2.0 km. de ancho.
      Posee áreas de arena en la desembocadura del río Bacuranao; arrecifes entre Cojímar y Tarará.
      Clasificado según el proyecto de la Ley de Costa como: Terraza baja y franjas de arena entre Santa María del Mar, Guanabo y Brisas del Mar clasificados por el Proyecto de Ley de Costa como playas. Cuenta con grandes instalaciones hoteleras como el Hotel Atlántico, el Hotel Itabo y el Hotel Mar Azul; así como un conjunto de instalaciones gastronómicas de servicios y villas o edificaciones aisladas dedicadas al turismo, existiendo también áreas residentes.
      La zona tiene una gran vialidad desde vía Blanca la que puede ser ampliada ya que tiene una faja reservada para ellos a ambos lados de la vía existente, puede vincularse también a través de la vía férrea nacional Habana – Matanzas cuyo proyecto no está concluido.
      La zona tiene afectaciones con el abasto de agua y para la desaparición final de los residuales no cuentan con un sistema completo, existiendo un proyecto definitivo para ambas redes siendo significativo la propuesta de una planta de tratamiento para los residuales.
      El drenaje pluvial es superficial aunque existen zonas bajas donde hay inundaciones en épocas de lluvia, también por crecidas de los ríos y arroyos y las entradas de mar provocadas por los huracanes. El alumbrado público presenta dificultades con posible solución de la cercanía del área con la termoeléctrica de Santa Cruz del Norte y por el trazado próximo de poliducto y redes energéticas soterradas.
      Las áreas verdes en las zonas de arena se erradicaron pues estaban afectando la zona de arena, se sustituyen por especies más propicias para la zona como uvas caletas, cocoteros, etc.

      Delimitación y Derroteros

      Partiendo del límite provincial en el área conocida como Rincón de Guanabo, a partir de este punto con rumbo Oeste aproximadamente por la Vía “Berroa” (la cual toma el nombre de calle 458-A, en la proximidades de los repartos “Alturas de Marbella” y “Ampliación de Marbella”, hasta el límite de la zona en la calle 22 en reparto Santa María Loma.
      A partir de ese punto el derrotero continúa rumbo Sur, por dicha calle hasta interceptar el límite municipal y por este rumbo Oeste hasta la calle 8-A en el reparto Celimar.
      Por dicha calle y con rumbo Norte hasta interceptar la Vía Blanca por donde continúa con rumbo Oeste hasta la intersección con la margen del río Bacuranao por la cual continúa hasta la desembocadura del río Bacuranao y su intersección con el litoral siguiendo por este con rumbo Este hasta el punto de partida, queda incluida dentro de esta zona el área correspondiente al Mirador de Bellomonte. A los efectos de estas regulaciones urbanísticas, zona de interés Turísticas “Playas del Este” quedará dividida en los siguientes sectores:

      a) Sector No.1 “Villa Bacuranao” (S-1)
      b) Sector No.2 “Litoral Celimar” (S-2)
      c) Sector No.3 “Celimar” (S-3)
      d) Sector No.4 “Base de Campismo, antigua Celimarina” (S-4)
      e) Sector No.5 “Tarará” (S-5)
      f) Sector No.6 “Mégano- Santa María- Santa María Loma” (S-6)
      g) Sector No.7 “Boca Ciega” – “Guanabo” (S-7)
      h) Sector No.8 “Playa Veneciana- Brisas del Mar” (S-8)

      Del Régimen de Uso

      El Plan Director al 2010 plantea para esta zona en general el uso para la recreación y el turismo así como, los visitantes por un día, disponiendo regulaciones específicas para uno de los sectores antes mencionados.

      REGULACIONES URBANÍSTICAS GENERALES PARA LAS ZONAS TURÍSTICAS RECREACIONAL (ZTR-3)

      – Se prohíbe todo tipo de construcción en la franja de protección de Vía Blanca.

      – En esta zona se establecen restricciones urbanísticas a la construcción de viviendas en azoteas; así como, la construcción, remodelación, reconstrucción, desglose y ampliación de viviendas según lo establecido en el artículo 109, de la Ley No. 65 de la Ley General de la Vivienda del 23 de diciembre de 1988.

      – Se autorizan las obras de mantenimiento y conservación de edificaciones destinado a viviendas a la recreación por organismos y particulares hasta tanto se defina su uso posterior.

      – Se prohíbe la cesión, cambio de uso de las áreas, así como, las construcciones y remodelaciones de edificaciones por los organismos y entidades, sin la previa aprobación de la Dirección Provincial de Planificación Física y Arquitectura y el Instituto del Turismo, según lo establecido por el inciso “G” del artículo 109 de la Ley No. 65 “Ley General de la Vivienda”, de 23 de diciembre de 1998.

      – Se garantiza el uso de las áreas dentro del litoral de la zona, según lo dispuesto en la ley No. 270, del 21 de abril de 1959, y el Proyecto de Ley de Costa se cumplirán de manera obligatoria las disposiciones siguientes:
      a) Se autoriza a todas las personas a transitar libremente por dichas áreas, bañarse y realizar cualquier acto no prohibido por las disposiciones legales y los reglamentos vigentes.
      b) Se garantizará la libre circulación por la franja del litoral por lo que queda prohibido la construcción de todo objeto de obra, lindero, cercado o límite que pueda obstruir el libre tránsito y circulación por el litoral y la playa.
      c) La obligatoriedad de establecer pasillos de servidumbre en terrenos particulares o estatales, situados entre las vías de comunicación y la costa, para facilitar el acceso de los turistas y visitantes de un día.
      d) La línea de costa tendrá secciones pareadas según el proyecto de ley de Costa y se extenderá a todo lo largo del litoral declarándose de uso y de utilidad pública.

      – Se preservará la franja de arena existente en cada sector, en toda la extensión del litoral prohibiéndose la construcción de edificaciones permanentes y solo se autorizará la ubicación de instalaciones ligeras desmontables como kioscos, tiendas de campañas, sombrillas pérgolas, y otras específicas de las actividades de turismo y recreación.

      – Las áreas de parqueos y establecimiento de vehículos estarán situadas alejadas a la faja de arena y en todos los casos a una distancia no menor de cien metros (100 m) del litoral (en dependencia de lo que defina La Ley de Costa para el sector que corresponda podrá variar).

      – Las edificaciones de nueva construcción garantizarán la apertura de visuales hacia el mar, a través de plantas bajas libres y otras soluciones evitando la creación de grandes pantallas y otras soluciones.

      – Se prohíbe la evacuación de residuales al mar sin tratamiento propio en la faja del litoral, o a los ríos que desembocan o cruzan la zona, lagunas y embalses existentes.

      – Las nuevas construcciones y otras obras para el desarrollo del turismo, serán aprobadas siempre que cumplan el requisito establecido en el artículo anterior referente a la obligatoriedad en tratamiento de los residuales antes de su vertimiento definitivo. Ello será posible con la creación de sistemas y plantas de tratamientos locales, trampas de grasas y otros medios provisionales. Estas soluciones tendrán que garantizar su incorporación posterior al sistema de alcantarillado sanitario y planta de tratamiento residuales previsto a más largo plazo.

      – Las áreas verdes y vegetación únicas en la franja del litoral y de áreas, destinadas a la protección contra la radiación solar, serán exclusivamente del tipo palma cocotera y uva caleta.

      – El mobiliario urbano se diseñara acorde al proyecto urbano.

      – Al ejecutar los proyectos se deberá tener en cuentas las características climáticas, temperatura ambiental régimen de lluvias, soterramiento, etc.

      – Se reservará la faja para el enlace hacia la zona de la vía férrea Habana – Matanzas (antiguo ferrocarril eléctrico del Hershey) y el área para la terminal de pasajeros hasta tanto se defina el proyecto de ejecución.

      – Las vías de circulación de vehículos y peatones por su importancia deberán estar bien diferenciadas y analizadas la cual deberá tomarse en cuenta en el proyecto urbanístico para la zona.

      – Se prohíbe la ubicación de actividades productivas que generan contaminación atmosférica, hidráulica, sónica o de otra índole; así como, otras actividades compatibles o perturbadoras.

      – Se prohíbe todo tipo de intervención, acción urbanística o constructiva que produzca transformaciones o alteraciones a la flora, la fauna y el medio ambiente.

      – Se prohíbe toda acción constructiva sobre garitas, trincheras, fortificaciones y otras obras defensivas existentes en la zona sin la previa aprobación del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Ministerio del Interior.

      – Las nuevas construcciones en parcelas solares yermos existentes en las urbanizaciones deberán reportar de forma obligatoria las regulaciones y condicionales urbanísticas referidas a alineaciones, de portales, jardines, pasillos laterales y de fondo y otras además de éstos de carácter general.

      NOTA DE JURISCUBA: Recomendamos dirigirse previamente a las dependencias de Planificación Física municipal de La Habana del Este, provincial y Nacional para precisar variaciones o actualización de las referidas regulaciones para esta zona.

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