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NO SE ADMITE EN CUBA LA ENTRADA DE PERSONAS

  • Con antecedentes de actividades terroristas, tráfico de personas, narcotráfico, lavado de dinero, tráfico de armas u otras perseguibles internacionalmente.
  • Vinculados con hechos contra la humanidad, la dignidad humana, la salud colectiva o perseguibles en virtud de tratados internacionales de los que Cuba es parte.
  • Organizar, estimular, realizar o participar en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano.
  • Por razones de Defensa y Seguridad Nacional.
  • Tener prohibida su entrada al país, por estar declarado indeseable o expulsado.
  • Incumplir las regulaciones de la Ley de Migración, su Reglamento y las disposiciones complementarias para la entrada al país. (aquí se incluyen las salidas ilegales, el abandono de misiones y colaboración oficial, otras)

(Ley de Migración).