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¿Cuál es el prejuicio DDHH-INTERNET-CUBA?

En el 32º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos (julio/2016) se aprobó por consenso una resolución sobre la Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet dentro de la agenda de todos los derechos de ese tipo, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo. Cuba no aparece en la lista de países que aprobaron el documento. La prensa cubana (hasta donde conocemos) nada ha publicado al respecto, ni siquiera el sitio oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba ha divulgado una simple nota sobre la posición que asumieron sus funcionarios en nombre del país.

En la ONU o cualquier organización, bloque, grupo o arena internacional los representantes del Gobierno cubano votan, se oponen, actúan y deciden lo que deba ser más conveniente para todos los ciudadanos, la sociedad y la Nación cubana. Es al pueblo al que más le interesan las razones y los fundamentos esgrimidos. Los funcionarios del MINREX en el Consejo de Derechos Humanos son nuestros ojos, oídos y voz, mientras la prensa cubana el eco, pero al parecer continúan los prejuicios sobre estos temas que nos mantienen ciegos, sordos y mudos.

Algunos de los aspectos abordados por la resolución son:

  • Los derechos de las personas también deben estar protegidos en Internet, en particular la libertad de expresión, que es aplicable sin consideración de fronteras y por cualquier procedimiento que se elija
  • Reconoce la naturaleza mundial y abierta de Internet;
  • Exhorta a promover y facilitar la cooperación internacional para el desarrollo de los medios de comunicación y los servicios y tecnologías de la información;
  • Afirma que la calidad de la educación cumple un papel decisivo en el desarrollo y fomenta la alfabetización digital y facilita el acceso a la información en Internet;
  • Afirma la importancia del enfoque basado en los derechos humanos para facilitar y ampliar el acceso a Internet y hacer lo posible por cerrar las múltiples formas de la brecha digital;
  • Exhorta a abordar las preocupaciones relativas a la seguridad en Internet de conformidad con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, para garantizar la protección de la libertad de expresión, la libertad de asociación, la privacidad y otros derechos humanos en Internet,
  • Condena todos los abusos y violaciones de los derechos humanos, como torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y detenciones arbitrarias, así como la expulsión, intimidación y hostigamiento y la violencia de género cometida contra las personas por ejercer sus derechos humanos y libertades fundamentales en Internet, y exhorta a todos los Estados a que garanticen la rendición de cuentas a este respecto;
  • Condena las medidas cuyo objetivo deliberado es impedir u obstaculizar el acceso o la divulgación de información en línea, vulnerando el derecho internacional de los derechos humanos,
  • Destaca la importancia de luchar contra la apología del odio, que constituye una incitación a la discriminación y la violencia en Internet, entre otras cosas fomentando la tolerancia y el diálogo;

¿Alguien podría ampliar sobre el tema y contribuir a la cultura jurídica de nuestros ciudadanos? “El que no la debe, no la teme”, todos tenemos derecho a conocer la posición de Cuba en el Consejo de Derechos Humanos sobre la Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet, y por supuesto, los argumentos expuestos para la decisión adoptada en nombre de nuestro pueblo, ¿Por qué no se publica?

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