Finanzas y Precios

Principales disposiciones legales relacionadas con el Ministerio de Finanzas y Precios de interés para nuestros usuarios. Si considera la existencia de otras normas que por su importancia y transcendencia deben ser publicadas en JURISCUBA, por favor, deje su comentario colaborativo al final de esta página.

Resolución No. 351 de 14-8-21. Dispone que las micro, pequeñas y medianas empresas, en lo adelante MIPYMES, apliquen las Normas Cubanas de Información Financiera para el registro contable de sus operaciones.  (GACETA ORDINARIA No. 94 de 19-8-2021).

Resolución No. 345 de 14-8-21. NORMAS PARA LA TRIBUTACIÓN Y EL TRATAMIENTO DE PRECIOS Y TARIFAS PARA LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA. (GACETA ORDINARIA No. 94 de 19-8-2021).

Resolución No. 338 de 11-8-21. Excluye del cálculo y pago de los impuestos sobre las Ventas o sobre los Servicios y sobre los Ingresos Personales, los ingresos obtenidos por las personas naturales en la comercialización de bienes o servicios en función de las necesidades prioritarias para crear condiciones y atender a los pacientes y a la población afectada por la COVID-19 en el pico pandémico, cuando estos no se correspondan con las actividades que habitualmente realizan. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 13-7-2021)

Resolución No. 329 de 4-8-21. Autoriza la opción de pago anticipado en origen en moneda libremente convertible, de los aranceles de aduanas, a nombre y representación de los destinatarios, por el recibo en el territorio nacional de envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería sin carácter comercial, según lo dispuesto en la Resolución 353, dictada por quien resuelve, de 25 de noviembre de 2020. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 72 de 18-8-2021)

Resolución No. 319 de 21-7-21. Exime del pago de los aranceles de aduanas a las personas naturales, por la importación sin carácter comercial que realicen de sistemas solares fotovoltaicos, sus partes y piezas fundamentales, cumpliendo a tales efectos con lo dispuesto por el Ministro de Energía y Minas.(Gaceta Oficial Ordinaria No. 67 de 28-7-2021)

Resolución No. 318 de 20-7-21. Exonera del pago del Impuesto Aduanero, la importación de productos alimenticios y de aseo personal y del hogar, por las entidades estatales y asociaciones económicas internacionales que agrupan a las empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional, y otros contratos de asociaciones al amparo de la Ley 118 “Ley de la Inversión Extrajera”, de 29 de marzo de 2014, hasta el 31 de diciembre de 2021. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 65 de 20-7-2021)

Resolución No. 176 de 12-7-21. Aplica para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, un Régimen Simplificado de Tributación a los atletas y entrenadores por los ingresos que obtienen en su condición de multimedallista y por la medalla de mayor rango obtenida en Juegos Multidisciplinarios Panamericanos o por la medalla de oro obtenida en Juegos Centroamericanos y del Caribe, según se regula en la Resolución 38, de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, de 25 de noviembre de 2020. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 84 de 17-5-2021)

Resolución No. 309 de 15-7-21. Autoriza excepcionalmente y con carácter temporal hasta el 31 de diciembre de 2021, la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago de los aranceles de aduanas, de alimentos, aseo y medicamentos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 62 de 16-6-2021)

Resolución No. 128 de 6-5-21. PROCEDIMIENTO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LOS SUBSIDIOS A PERSONAS NATURALES INTERESADAS EN REALIZAR ACCIONES CONSTRUCTIVAS EN SU VIVIENDA. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 57 de 20-5-2021)

Resolución No. 119 de 30-4-21. Aplica el Impuesto sobre los Ingresos Personales a los trabajadores del sector empresarial que reciban ingresos que no constituyen salario, por la contratación de determinados servicios fuera de su jornada laboral, en las entidades en que habitualmente realizan según sus contratos de trabajo. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 51 de 7-5-2021)

Resolución No. 117 de 30-4-21. Aprueba las relaciones tributarias, financieras y contables entre las empresas y sus unidades empresariales de base. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 51 de 7-5-2021)

Resolución No. 84 de 13-4-21. Establece los precios máximos de acopio de los productos agropecuarios, en el campo o almacén del productor, que son objeto de contratos entre las entidades estatales y los productores agropecuarios. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 29 de 14-4-2021)

Resolución No. 38 de 16-3-21. Establece las tarifas máximas de los servicios técnico-productivos en pesos cubanos para el cobro a personas jurídicas y naturales de los servicios que presta la Aduana General de la República de Cuba. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 35 de 31-3-21)

Resolución No. 36 de 15-3-21. METODOLOGÍA PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS (CUP) PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTACIÓN MULTIMODAL”. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 32 de 26-3-2021)

Resolución No. 18 de 15-2-2021. Establece que los consejos provinciales y los de la Administración municipales, según corresponda, conceden bonificaciones totales o parciales en el pago de los impuestos sobre las ventas y los servicios, a las formas de gestión no estatal, con el objetivo de lograr adecuadas concertaciones de precios de los bienes y servicios de impacto en la población. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 19 de 19-2-2021)

Resolución No. 12 de 8-2-2021. Aprueba el sistema para la formación de las tarifas eléctricas en pesos cubanos para el cobro del servicio eléctrico a las formas de gestión no estatal.(Gaceta Oficial Extraordinaria No. 15 de 9-3-2021)

Resolución No. 9 de 4-2-2021. Establece que las administraciones de las entidades estatales de conjunto con la organi­zación sindical, fijan y modifican los precios minoristas de los productos y platos que se ofertan a los trabajadores en los comedores obreros. Fija, además, como límite, para establecer el precio por el servicio diario de al­muerzo y merienda a cobrar a los trabajadores en los comedores obreros, que el promedio mensual no exceda de dieciocho pesos cubanos (18.00 CUP). (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 10 de 8-2-2021)

Resolución No. 422 de 29-12-2020. PARA LA FORMACIÓN DE PRECIOS EN LA COMERCIALIZACIÓN MAYORISTA Y MINORISTA DE PRODUCTOS DE LENTO MOVIMIENTO Y OCIOSOS. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 2 de 7-1-2021)

Resolución No. 419 de 29-12-2020. Aprueba las tarifas máximas en pesos cubanos para el cobro de los servicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las edificaciones y otros servicios que prestan las entidades del sistema empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector presupuestado, según se describe en el Anexo I, que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 7 de 28-1-2021)

Resolución No. 415 de 28-12-2020. Establece que excepcionalmente se aplique para el cálculo de los aranceles de aduanas, a los colaboradores que presten servicios en el exterior y que se vean obligados a entrar en más de una ocasión al territorio nacional, las tarifas arancelarias del cuatro (4) y ocho (8) por ciento establecidas para la primera importación en el año calendario de los residentes permanentes en Cuba, a partir de la segunda importación que realicen dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre), por asuntos oficiales; término de misión antes de la fecha planificada por redimensión de las misiones; y retraso de las vacaciones. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 83 de 30-12-2020)

Resolución No. 353 de 25-11-2020. Las personas naturales que reciban en el territorio nacional envíos aéreos, marítimos, postales, y de mensajería sin carácter comercial, están exentas del pago del arancel de aduanas por los primeros treinta dólares estadounidenses (30.00 USD) o su equivalente, hasta uno y medio kilogramos (1.5 kg) del envío, en la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República. A las personas naturales que reciban artículos en exceso de los treinta dólares estadounidenses (30.00 USD) y hasta un valor de doscientos dólares estadounidenses (200.00 USD), se les aplica una tarifa del ciento por ciento (100%) y se convierte su resultado a pesos cubanos, según la tasa de cambio vigente. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 352 de 25-11-2020. Exime del pago del arancel de aduanas a los pasajeros que importen productos sin carácter comercial por un valor total de hasta cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50.99 USD) en cada viaje. A los pasajeros residentes permanentes en Cuba que importen por primera vez dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre), artículos en exceso de los cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50.99 USD) y hasta un valor de mil dólares estadounidenses (1 000.00 USD), se les aplica una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación: De 51.00 USD hasta 500.99 USD 4 %, De 501.00 USD hasta 1 000.00 USD 8 %. A los pasajeros no residentes y para los residentes permanentes en Cuba, a partir de su segunda importación dentro del año calendario, que importen artículos en exceso de los cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50.99 USD) y hasta un valor de mil dólares estadounidenses (1,000.00 USD), se les aplica una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación: De 51.00 USD hasta 500.99 USD 100 % De 501.00 USD hasta 1 000.00 USD 200 %. El cálculo del monto del arancel de aduanas a pagar se realiza aplicando al valor de importación, las tarifas arancelarias establecidas y se convierte su resultado a pesos cubanos, según la tasa de cambio vigente. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 350 de 25-11-2020. Establece los precios de venta de los combustibles en pesos cubanos que se comercializan a través de la red de servicentros con destino a entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, así como a los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 349 de 25-11-2020. Faculta al Ministro del Transporte para establecer las tarifas en pesos cubanos por el exceso de equipaje acompañante en los ómnibus que prestan servicios de transportación nacional de pasajeros; el peso de equipaje permitido sin costo adicional, en la transportación de vuelos nacionales; y el cobro por el exceso de equipaje en los vuelos nacionales, así como los procedimientos que se requieran para garantizar el funcionamiento y cumplimiento de las tarifas que se aprueben. Así mismo facultar al Jefe de la Unión de Ferrocarriles de Cuba para aprobar las tarifas en pesos cubanos, de la transportación de pasajeros por ferrocarril en los coches chinos, en las distancias no aprobadas por el Ministro de Finanzas y Precios, así como a establecer los procedimientos comerciales y de funcionamiento, que complementen y garanticen el cumplimiento de las tarifas aprobadas para el referido servicio de transportación. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 347 de 25-11-2020. Aprueba un sistema de tarifas de larga distancia nacional que se corresponda con la División Política Administrativa, agrupando las provincias en tres (3) zonas, y establecer un valor único de tarifa para las llamadas de larga distancia entre provincias comprendidas en la misma zona, intrarregional, y otro para las llamadas entre provincias correspondientes a diferentes zonas, interregional. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 346 de 25-11-2020. Aprueba los precios y tarifas minoristas de los productos y servicios, de los productos no alimenticios, de los programas especiales; servicios de transportación; servicios necrológicos; servicios de Planificación Física; del almuerzo en seminternados, de la matrícula en círculos infantiles y de la prensa; productos de venta en las cadenas de tiendas y establecimientos que prestaban servicios a la población en pesos convertibles; postales y telegráficas nacionales e internacionales; cigarros y tabacos; los Habanos torcidos a mano; y las producciones de tabacos mecanizados. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020).

Resolución No. 345 de 25-11-2020. Aprueba los precios y tarifas minoristas de los productos y servicios, como Medicamentos, productos de óptica, calzado ortopédico, Cuba-RDA, etc. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020). COPIA CORREGIDA. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 81 de 29-12-2020).

Resolución No. 344 de 25-11-2020. Aprueba los precios minoristas de los insumos, equipos e implementos agrícolas para todas las producciones agropecuarias del país que se venden por las empresas comercializadoras del sistema de la Agricultura, en lo adelante empresas comercializadoras. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 341 de 25-11-2020. No se autoriza la aprobación de nuevas compensaciones por la utilización de vehículos privados en funciones de trabajo. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 338 de 25-11-2020. Dispone que los jefes de las entidades garantizan las condiciones de alimentación y hospedaje de sus trabajadores cuando son enviados a labores fuera de su lugar habitual, siempre que sea posible, o en su lugar, se otorga la dieta para esos conceptos. Los gastos por dietas son aquellos en los que incurren los cuadros, directivos, funcionarios y trabajadores, en lo adelante trabajadores, cuando son enviados eventual o temporalmente a realizar labores que implican una variación de su lugar habitual de alimentación y alojamiento, en el territorio nacional. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 337 de 25-11-2020. Dispone las exigencias que deben cumplir los libros de contabilidad, registros y documentación probatoria de las operaciones de las entidades públicas, privadas, del sector cooperativo y campesino y las asociaciones económicas internacionales. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 335 de 25-11-2020. Establece que las personas naturales cubanas y extranjeras, residentes permanentes en el territorio nacional, contratados a través de las agencias empleadoras o entidades autorizadas, que laboran en sucursales de firmas comerciales extranjeras, oficinas de representación de bancos, compañías financieras no bancarias y otras representaciones de entidades extranjeras acreditadas en el país, incluyendo las agencias de prensa, las sedes diplomáticas y las representaciones de organismos internacionales, tributan conforme a lo establecido en la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, del 23 de julio de 2012, con las adecuaciones que por la presente Resolución se establecen. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 10-12-2020)

Resolución No. 330 de 25-11-2020. Faculta a los jefes de las organizaciones superiores de Dirección Empresarial y las cadenas de Tiendas, para aprobar los precios superiores a los establecidos por el Ministro de Finanzas y Precios de los productos nacionales, refrescos, maltas y cervezas en diferentes establecimientos. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 329 de 25-11-2020. Establece el “TRATAMIENTO A APLICAR POR LAS ENTIDADES A LOS PRECIOS MINORISTAS DESCENTRALIZADOS EN PESOS CUBANOS, A PARTIR DE DECRETARSE EL ORDENAMIENTO MONETARIO” (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 328 de 25-11-2020. Establece el tratamiento tarifario para los servicios iguales que actualmente se comercializan en diferentes monedas. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 327 de 25-11-2020. Establece el tratamiento de precios y tarifas mayoristas a aplicar por las empresas que se rigen por la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, del 29 de marzo de 2014, y el Decreto-Ley 313 “De la Zona Especial de Desarrollo del Mariel”, del 19 de septiembre de 2013. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 325 de 25-11-2020. Establece el Sistema de Precios de Construcción y Montaje para inversiones, reparaciones capitales y mantenimiento constructivo. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 323 de 25-11-2020. Aprueba las tarifas máximas en pesos cubanos para el cobro de los servicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las edificaciones y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector presupuestado.(Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 321 de 25-11-2020. Fija las tarifas de servicios técnico-productivos para la verificación de la calidad protectora de los Equipos de Protección Personal en pesos cubanos, de acuerdo con sus categorías por tipo de riesgo a proteger. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 320 de 25-11-2020. Establece las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) para el servicio de transportación de estudiantes, que prestan las empresas del Grupo Empresarial de Transporte Escolar. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 319 de 25-11-2020. Establece las tarifas máximas en pesos cubanos del servicio de revisión técnica automotor para aplicar por la Empresa de Administración Vial y Diagnósticos Automotor (FICAV), perteneciente al Grupo Empresarial Automotor. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 318 de 25-11-2020. Aprueba las tarifas en pesos cubanos para los servicios que presta el Registro Central Comercial, adscrito al Ministerio del Comercio Interior. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 317 de 25-11-2020. Establece las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) para el servicio de transportación multimodal. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 316 de 25-11-2020. Faculta a los jefes de los grupos empresariales de Servicio de Transporte Automotor, de Transporte Marítimo Portuario y de la Unión de Ferrocarriles de Cuba, en correspondencia con los medios de transporte que atienden, para establecer las disposiciones generales y el Clasificador de tipos de carga, que sirven como bases en la aplicación de las tarifas máximas de cargas, reguladas por este Ministerio, para los diferentes medios de transporte, incluido el multimodal. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 315 de 25-11-2020. Establece las tarifas técnico productivas, con carácter de máximas, por kilómetro y pasajero kilómetro en pesos cubanos, del servicio de alquiler de ómnibus, minibuses y microbuses, para aplicar a las entidades por el servicio de transporte de pasajeros. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 314 de 25-11-2020. Establece las tarifas máximas de los servicios técnicos-productivos en pesos cubanos para el cobro a personas jurídicas y naturales de los servicios que presta la Aduana General de la República de Cuba. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 313 de 25-11-2020. Establece las Tasas Máximas de Margen Comercial centralizadas en este Ministerio, con el objetivo de atemperarlas al proceso de Ordenamiento. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 312 de 25-11-2020. Aprueba  los precios máximos de acopio de los productos agropecuarios, en el campo o almacén del productor, que son objeto de contratos entre las entidades estatales y los productores agropecuarios. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 311 de 25-11-2020. Centraliza en el Ministerio de Finanzas y Precios la aprobación de los precios y tarifas mayoristas máximos de venta interna a la economía de las nomenclaturas de diferentes productos y servicios. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 310 de 25-11-2020. Estable que para el cálculo de la Contribución Especial a la Seguridad Social para cualquier nivel de ingresos se aplica como tipo impositivo el cinco por ciento (5%) al total de los ingresos percibidos, según registro de nóminas. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 70 de 10-12-2020)

Resolución No. 293 de 13-11-2020. Establece una tasa sanitaria por los servicios de Control Sanitario Internacional que realizan las autoridades de Salud Pública en los aeropuertos, puertos y marinas internacionales a las personas que arriben al territorio nacional (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 64 de 14-11-2020)

Resolución No. 267 de 27-10-2020. PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER EL TRATAMIENTO CONTABLE, FINANCIERO, TRIBUTARIO Y DE PRECIOS, RELACIONADO CON LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL QUE CUBA OFRECE Y RECIBE (Gaceta Oficial Ordinaria No. 85 de 1-12-2020)

 Resolución No. 247 de 23-9-2020. Con el objetivo de estimular y potenciar las elaboraciones de alimentos en el país, se ha decidido, bonificar un tipo impositivo del cinco por ciento (5%), el pago del Impuesto sobre las Ventas, por la comercialización minorista en las empresas municipales y provinciales de comercio y gastronomía del sistema del comercio interior, de las producciones de alimentos provenientes de las mini-industrias y en consecuencia, modificar la Resolución 31 de 2020. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 52 de 29-09-2020)

Resolución No. 243 de 219-2020. Establecer que las entidades comercializadoras para la formación de los precios de venta minorista en moneda libremente convertible, de los vehículos de motor nuevos aplican un índice de 8,0 sobre el costo en tienda, sin incluir el arancel, adicionando a este resultado el importe del arancel. Para la formación de los precios minoristas en moneda libremente convertible de los vehículos de motor de uso, por las entidades comercializadoras, se aplica un índice de 15,0 sobre el costo en tienda. Para la formación de los precios minoristas en moneda libremente convertible de los vehículos de motor eléctrico, por las entidades comercializadoras, se aplica un índice de 1,5 sobre el costo en tienda. Las entidades comercializadoras pueden aplicar un descuento de hasta el veinte por ciento (20%) del precio minorista, según estado técnico del vehículo y la categoría del cliente, en correspondencia con la política comercial que se apruebe. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 50 de 22-09-2020)

Resolución No. 210 de 14-8-2020. Establece que las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior para las formas de gestión no estatal vinculadas a la exportación, apliquen las tasas de margen comercial aprobadas por este Ministerio para esas actividades de comercialización en sus relaciones con las entidades estatales. ”. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 59 de 17-08-2020)

Resolución No. 201 de 29-7-2020. MEDIDAS FINANCIERAS, TRIBUTARIAS, CONTABLES Y DE PRECIOS PARA LAS PERSONAS JURÍDICAS DURANTE LA PRIMERA ETAPA DE RECUPERACIÓN DE LA COVID-19 (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 40 de 31-7-2020

Resolución No. 200 de 29-7-2020. MEDIDAS TRIBUTARIAS Y DE MULTAS A IMPLEMENTAR EN LA PRIMERA ETAPA DE RECUPERACIÓN DE LA COVID-19 PARA LAS PERSONAS NATURALES. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 40 de 31-7-2020)

Resolución No. 191 de 1-7-2020.Aplica el Impuesto Especial a Productos y Servicios a la comercialización minorista de combustibles que realiza la Corporación Cimex S.A., mediante su red de servicentros, a los trabajadores por cuenta propia que ejercen la actividad de transporte de carga y pasajeros con medios automotores. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 39 de 30-07-2020)

Resolución No. 450 de 14-11-2019.Aplica un Régimen Simplificado de Tributación para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales a la Gente de Mar, por los ingresos obtenidos de contratos de enrolo suscritos con compañías navieras o armadoras extranjeras a través de la Empresa Selecmar. Para determinar la base imponible del pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, se realiza la conversión a pesos cubanos de los ingresos obtenidos por el referido contrato, de conformidad con la tasa de cambio vigente para las operaciones de compra del peso convertible por la población. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 48 de 9 -7-2020)
Resolución No.
161 de 12-5-2020
. Establece que las empresas estatales de aplicaciones y servicios informáticos avaladas por el ministro de Comunicaciones que cumplen los requisitos e indicadores establecidos del modelo de gestión para el fortalecimiento y desarrollo de estas, pagan los tributos dispuestos en la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, aplicando un tipo impositivo del diecisiete punto cinco por ciento (17.5%), para el cálculo y pago del Impuesto sobre Utilidades, están exentas del pago del Impuesto Aduanero, por las importaciones de equipamiento, tecnologías y herramientas informáticas, así como exentas del pago del Impuesto sobre las Ventas, durante los tres (3) primeros años de iniciar la implementación del referido modelo de gestión. Autoriza además a estas empresas a la retención hasta un setenta por ciento (70%) de las utilidades después de impuesto en los primeros cinco (5) años de iniciar la implementación del modelo de gestión para el fortalecimiento y desarrollo de estas. Por otra parte autoriza a estas empresas la distribución de utilidades después de impuesto a los trabajadores sin límite en la cantidad de salarios medios mensuales de lo percibido en el año que se liquida, cumpliendo el procedimiento establecido. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 42 de 24-6-2020)

Resolución No. 150 de 24/4/2020. Otorga una bonificación para la liquidación de los pagos a cuenta del Impuesto sobre las Utilidades, consistente en la aplicación de un tipo impositivo del veinticinco por ciento (25 %), a las empresas estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento (100 %) cubano, que poseen afectaciones derivadas de la COVID-19 y que a la entrada en vigor de la presente Resolución aplican un tipo impositivo superior. Entre otras medidas. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 22 de 27-4-2020).

Resolución No. 149 de 24/4/2020. Prorroga los trámites que correspondan realizar ante el Registro de Contribuyentes. Aplaza el pago de la cuotas tributarias mensuales, de las actividades sujetas al régimen simplificado o a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, de los impuestos sobre las Ventas y sobre los Servicios y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo y otros tributos; así como la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Personales mediante Declaración Jurada, según corresponda. Entre otras medidas. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 22 de 27-4-2020)

Resolución No. 148 de 24/4/2020. Establecer que las garantías salariales que reciban los trabajadores no están gravadas con el impuesto sobre los Ingresos Personales ni la Contribución Especial a la Seguridad Social, con excepción de las que se perciben por importe equivalente al ciento por ciento (100 %) del salario básico por los trabajadores del sector presupuestado y aquellos contratados por entidades empleadoras para laborar en el sector de la inversión extranjera y usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Las entidades empresariales y del sector presupuestado están exentas del pago del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo y la Contribución a la Seguridad Social, por el pago de las garantías salariales. Los pagos por concepto de garantías salariales a los trabajadores declarados interruptos, a partir de las afectaciones generadas por la COVID-19, son asumidos por la entidad a la que pertenecen, con sus propios recursos financieros. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 22 de 27-4-2020)

Resolución No.39.de 20-1-2020.  Aprueba el “PROCEDIMIENTO PARA EL SISTEMA DE RELACIONES FINANCIERAS ENTRE LAS EMPRESAS ESTATALES, LAS SOCIEDADES MERCANTILES DE CAPITAL CIENTO POR CIENTO (100%) CUBANO Y LAS ORGANIZACIONES SUPERIORES DE DIRECCIÓN EMPRESARIAL, CON EL ESTADO.” (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 8 de 22-1-2020).

Resolución No.501.de 30-12-2019. Aprueba para las diferentes zonas o polos turísticos identificados los valores mínimos del suelo en propiedad, los que serán modificados por un coeficiente de corrección para determinar en cada caso su valor en derecho de superficie o usufructo. Aprueba además para las diferentes zonas identificadas, que serán utilizadas específicamente para Campos de Golf los valores mínimos del suelo en propiedad, los que serán modificados por un coeficiente de corrección para determinar en cada caso su valor en derecho de superficie o usufructo. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 7 de 22-1-2020).

Resolución No.435.de 4-11-2019. PROCEDIMIENTO PARA EL ORDENAMIENTO DE LOS COBROS Y PAGOS. (Deroga la Resolución No.385.de 23-8-2019). (Gaceta Oficial Ordinaria No. 93 de 26-11-2019).

Resolución No.385.de 23-8-2019.  PROCEDIMIENTO PARA EL ORDENAMIENTO DE LOS COBROS Y PAGOS. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 72 de 24-08-2019).

Resolución No.361.de 9-8-2019. Aplica el Impuesto sobre los Ingresos Personales a los trabajadores asalariados contratados por las cooperativas no agropecuarias, de conformidad con lo establecido en la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, y con las adecuaciones que mediante la presente se establecen. Los trabajadores asalariados contratados por las cooperativas no agropecuarias pagan el Impuesto sobre los Ingresos Personales por el total de las remuneraciones que por este concepto obtengan, a partir de dos mil quinientos pesos cubanos (2 500.00 CUP) mensuales. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 63 de 30-08-2019.

Resolución No.361.de 9-8-2019. Establece que los precios y tarifas de los productos y servicios que comercialicen las cooperativas no agropecuarias se determinan por estas, según la oferta y demanda. Este Ministerio puede establecer precios y tarifas, fijos o máximos, de los productos  y servicios de las cooperativas no agropecuarias, que se requieran regular centralmente, con destino a la población y a entidades estatales, de oficio o a solicitud de los consejos de la Administración Provincial o del municipio especial Isla de la Juventud o de los organismos de la Administración Central del Estado, que autorizan la constitución de estas cooperativas. Los consejos de administración provinciales y el del municipio especial de Isla de la Juventud pueden aprobar precios y tarifas fijos o máximos, para productos y servicios a la población que brindan las cooperativas no agropecuarias, que no se hayan establecido centralmente por este Ministerio, teniendo en cuenta las características de los mismos en el territorio, previa conciliación con estas cooperativas.  (Gaceta Oficial Ordinaria No. 63 de 30-08-2019)

Resolución No.302.de 24-6-2019. Establece que los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas no agropecuarias, cooperativas agropecuarias, de créditos y servicios, unidades básicas de producción cooperativas, y otras formas de gestión no estatal, no pueden incrementar los actuales precios y tarifas de sus productos y servicios, con destino a las entidades estatales y a la población. Ratifica  los precios máximos de los productos agropecuarios que comercializan a la población las cooperativas no agropecuarias y sus respectivos puntos de venta, establecidos por este Ministerio y por los presidentes de los consejos de la Administración provinciales del Poder Popular y del municipio especial de Isla de la Juventud, los jefes de las administraciones locales de Artemisa y Mayabeque.. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 16 de 29-07-2019)

Resolución No.301.de 24-6-2019. Dispone que los precios mayoristas, tarifas técnico-productivas en pesos cubanos y su componente en pesos convertibles y precios de acopio, que son aprobados por los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones superiores de Dirección Empresarial, los presidentes de los consejos de la Administración provinciales del Poder Popular y del municipio especial de Isla de la Juventud, los jefes de las administraciones locales de Artemisa y Mayabeque, directores de las empresas y otras personas jurídicas, no pueden ser incrementados a partir de las medidas aprobadas por el Gobierno para potenciar la economía del país en las condiciones actuales e incremento salarial para el sector presupuestado. Las empresas comercializadoras, no pueden incrementar las tasas de margen comercial con las que actualmente operan.. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 16 de 29-07-2019)

Resolución No.300.de 24-6-2019. Aplicara el pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social, a los trabajadores del sector presupuestado, por el total de las remuneraciones que obtienen por concepto de salario. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 16 de 29-07-2019)

Resolución No.188.de 20-6-2019. Establece que los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Operador y/o arrendador de equipamiento para la producción artística; Agente de selección de elenco (casting) y Auxiliar de producción artística, pagan sus tributos de conformidad con lo establecido en el Régimen General de Tributación reglamentado en la Resolución No. 194, de 30 de junio de 2018, con las adecuaciones que por la presente se establecen. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 43 de 27-06-2019)

Resolución No.160.de 29-5-2019. “PROCEDIMIENTO FINANCIERO Y PRESUPUESTARIO PARA LAS UNIDADES PRESUPUESTADAS A LAS QUE SE LE APRUEBE EL TRATAMIENTO ESPECIAL”. (Gaceta Oficial Ordinaria No. 50 de 15-07-2019)

Resolución No.366.de 24-9-2018. Autoriza con carácter excepcional la emisión de dictámenes y certificaciones periciales de los valores de tierras agropecuarias y forestales, los cultivos, construcciones y bienes agropecuarios a determinadas empresas y su personal capacitado. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 81 de 20-12-2018)

Resolución No.904.de 5-12-2018. Establece que los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Servicio gastronómico en restaurantes, servicio gastronómico en cafetería, servicio de bar y recreación, arrendador de vivienda, habitaciones y espacios y servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano, radicada en el municipio de su domicilio fiscal, la que debe declarar ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), y a todos los efectos legales y del control tributario, se considera una “cuenta bancaria fiscal”. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 77 de 5-12-2018)

Resolución No.652.de 6-11-2018. Establece las formas y los procedimientos para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, a que están obligados los comunicadores sociales y los diseñadores. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 66 de 21-11-2018)

Resolución No.651.de 6-11-2018. Establece las formas y los procedimientos para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, así como de la Contribución Especial a la Seguridad Social, a los que están obligados los creadores y artistas del sector de la cultura. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 66 de 21-11-2018)

Resolución No.650.de 6-11-2018. Aplica la Contribución Especial a la Seguridad Social con un tipo impositivo del cinco por ciento (5 %), a los trabajadores que laboran en sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano constituidas a partir de la reestructuración de negocios de la inversión extranjera, por la obtención de remuneraciones superiores a los quinientos pesos cubanos (500,00 CUP) mensuales. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 66 de 21-11-2018)

Resolución No.362.de 19 de septiembre de 2018. Establece las tarifas máximas para el Servicio de Expedición de la Licencia de Operación de Transporte, en pesos cubanos (CUP), para las personas naturales y jurídicas. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 53 de 25-09-2018)

Resolución No. 198 de 30/6/2018. Aplica el Impuesto Especial a Productos y Servicios a la comercialización minorista de Gasolina motor B-83, Gasolina regular B-90, Gasolina especial B-94 y Diésel regular, que realiza la Corporación Cimex S.A., mediante su red de servicentros, a los trabajadores por cuenta propia que ejercen la actividad de transporte de pasajeros con medios automotores, vinculados al experimento de prestación del servicio de transportación de pasajeros en rutas en la provincia de La Habana. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 de 10-07-2018)

Resolución No. 197 de 30/6/2018. Dispone que los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Servicio gastronómico en restaurantes, servicio gastronómico en cafetería, servicio de bar y recreación, arrendador de vivienda, habitaciones y espacios y servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano, radicada en el municipio de su domicilio fiscal, la que debe declarar ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), y a todos los efectos legales y del control tributario, se considera una “cuenta bancaria fiscal”. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 de 10-07-2018)

Resolución No. 196 de 30/6/2018. Dispone los impuestos apagar por los trabajadores por cuenta propia que ejercen la actividad de Agente de Telecomunicaciones. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 de 10-07-2018)

Resolución No. 195 de 30/6/2018. Establece el pago de los tributos por los contribuyentes vinculados a la experiencia del servicio de transporte de pasajeros que prestan las personas naturales con licencia de operación de transporte en la provincia de La Habana, en la modalidad de servicio de taxis rutero en vehículos de motor desde cuatro (4) hasta catorce (14) pasajeros. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 de 10-07-2018)

Resolución No. 194 de 30/6/2018. Modifica las regulaciones del Régimen Simplificado de Tributación y el pago unificado de los impuestos por los trabajadores por cuenta propia. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 de 10-07-2018)

Resolución No. 153 de 3/5/2018. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN, CERTIFICACIÓN, FIJACIÓN DE PRECIOS, CONTABILIZACIÓN, FINANCIAMIENTO, TRIBUTOS Y CONTROL DE LAS PÉRDIDAS Y DAÑOS PRODUCIDOS EN CASOS DE DESASTRES. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 56 de 3-10-2018)

Resolución Conjunta No. 1 (MFP-MINCEX) de 12-6-2017. Establecer los aranceles de aduanas de las mercancías, tanto a los que corresponda aplicarles la tarifa general como la de nación más favorecida, que se relacionan por secciones, capítulos, partidas, subpartidas y grupos en el Anexo Único que se adjunta a la presente Resolución, que forma parte integrante de esta, en correspondencia con la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Clasificación de Productos, establecida mediante la Resolución No. 67 de 25 de abril de 2016, de la Jefa de la Oficina Nacional de Estadísticas e Información. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 62 de 22-12-2017)

Resolución No. 645 de 6-9-2017. Procedimiento para la evaluación, certificación, fijación de precios, contabilización, financiamiento, tributos y control de las pérdidas y daños producidos en casos de desastres.(GACETA EXTRAORDINARIA No. 37 de 19-9-2017)

Resolución No. 422 de 13-6-2017. Establece excepcionalmente el cálculo de los aranceles de aduanas en pesos cubanos (CUP) a partir de la segunda importación que realicen dentro del año calendario (1ro. de enero al 31 de diciembre), los colaboradores que presten servicios en el exterior y que se vean obligados a entrar en más de una ocasión en el territorio nacional por las causas siguientes: a) Asuntos oficiales; b) término de misión antes de la fecha planificada por redimensión de las misiones; y c) retraso de las vacaciones. (GACETA ORDINARIA No. 24 de 18-8-2017)

Resolución No. 365 de 5-5-2017. Establece en La Habana, la tarifa a la población de cinco pesos cubanos (5,00 CUP) por pasajero, para el servicio de transportación en autos y microbuses en tramos de hasta ocho kilómetro (8 km), en rutas preestablecidas en la provincia, que se presten por Cooperativas No Agropecuarias del Transporte en la capital. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 23 de 10-5-2017)

Resolución No. 124 de 30-3-2017. Establecer las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) y su componente en pesos convertibles (CUC), para el servicio de transportación de carga general en camiones. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 25 de 2-6-2017)

Resolución No. 100 de 22-3-2017. Aprueba las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) y su componente en pesos convertibles (CUC) para los servicios de transportación de carga por ferrocarril. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 24 de 30-5-2017)

Resolución No. 237 de 20-4-2017. Impuesto sobre los Ingresos Personales a los trabajadores contratados a través de entidades autorizadas a suministrar fuerza de trabajo en el sector de la inversión extranjera, por el total de las remuneraciones que por este concepto obtengan, a partir de los dos mil quinientos pesos (2 500, 00 CUP) mensuales, que incluye los pagos por rendimientos o por estímulo por la eficiencia económica aprobados. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 20 de 24-4-2017)

Resolución No. 114 de 23-3-2017. Procedimiento para el financiamiento de los subsidios a personas naturales interesadas en realizar acciones constructivas en su vivienda. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 15 de 11-4-2017)

Resolución No. 113 de 23-3-2017. Los propietarios de viviendas asignadas por Acuerdo del órgano local del Poder Popular, viviendas edificadas a partir del otorgamiento de subsidio del Presupuesto del Estado, o que la hayan obtenido a partir de viviendas estatales asignadas en etapa de terminación para su culminación por esfuerzo propio, que decidan vender o donar estas en los primeros quince (15) años a partir de su adquisición inicial, ingresan al Presupuesto del Estado el monto total subsidiado de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley No. 65. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 15 de 11-4-2017)

Resolución No. 112de 23-3-2017. Valor referencial mínimo de las viviendas, para la liquidación y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Transmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actos de compraventa y donación de viviendas entre personas naturales. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 16 de 11-4-2017)

Resolución No. 135 de 30-3-2016. Trabajadores por cuenta propia vinculados al sistema de gestión económica de arrendamiento de locales para servicios gastronómicos. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 12 de 8-4-2016)

Resolución No. 132 de 29-3-2016. Procedimiento contable, de precios y financiero, de los bienes ocupados en procesos penales o confiscatorios administrativos. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 10 de 8-4-2016)

Resolución No. 124 de 28-3-2016. Norma específica de contabilidad para las cooperativas no agropecuarias no. 7. Presentación de estados financieros. Impuestos sobre Utilidades, sobre las Ventas, sobre los Servicios, por la Utilización de la Fuerza de Trabajo. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 12 de 8-4-2016)

Resolución No. 261 de 22-7-2016. Contribución especial a la seguridad social con un tipo impositivo del cinco por ciento (5 %), a los trabajadores del sistema empresarial cubano, por la obtención de remuneraciones superiores a los quinientos pesos (500,00 cup).  (GACETA EXTRAORDINARIA No. 21 de 2-8-2016)

Resolución No. 143 de 14-4-2015. “Procedimiento para la evaluación, certificación, fijación De precios, contabilización, financiamiento, tributos y control de las pérdidas y daños producidos en casos de desastres”. (GACETA ORDINARIA No. 25 de 15-6-2015)

Resolución No. 573 de 21-8-2015. Las aerolíneas que vuelan a Cuba aportan directamente al Presupuesto del Estado las multas que les sean impuestas por la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de conformidad con la legislación especial vigente. (GACETA ORDINARIA No. 42 de 5-10-2015)

Resolución No. 300 de 30-6-2014. Establece el pago de los aranceles de aduanas por los envíos sin carácter comercial, aéreos, marítimos y postales recibidos por personas naturales en el territorio nacional, que se abonan en pesos convertibles (CUC). (GACETA ORDINARIA No. 30 de 11-6-2014)

Resolución No. 439 de 26-9-2014. Los trabajadores por cuenta propia vinculados a los modelos de gestión de transporte de las agencias de taxis, asociados a la Empresa Taxis-Cuba, se inscriben en el Registro de Contribuyentes, en un término de quince (15) días naturales contados a partir de la fecha de suscripción de los correspondientes contratos con las agencias de taxis. (GACETA ORDINARIA No. 51 de 31-10-2014)

Resolución No.19 de 22-1-2014. Dispone las medidas financieras y contables en las relaciones entre las entidades económicas, que entran en vigor el día antes, (DÍA CERO), del momento de la unificación monetaria en el país. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 12 de 6-3-2014)

Resolución No.20 de 22-1-2014. Establece la Metodología Para la formación y modificación de precios mayoristas, tarifas técnico-productivas y tasas de margen comercial. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 12 de 6-3-2014)

Resolución No.21 de 22-1-2014. Establece la Metodología Para la formación y modificación de precios minoristas y las tarifas a la población. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 12 de 6-3-2014)

Resolución No. 181/2013. Las personas naturales cubanas y extranjeras, residentes permanentes en el territorio nacional, que contratados a través de las agencias empleadoras o entidades autorizadas, laboran en sucursales de firmas comerciales extranjeras, oficinas de representación de bancos, compañías financieras no bancarias y otras representaciones de entidades extranjeras acreditadas en el país, quedan obligados al pago del Impuesto sobre Ingresos Personales. (GACETA ORDINARIA No. 25 de 14-5-2013)

Resolución No.234 de Los contratistas privados, que se vinculen contractualmente con las empresas constructoras subordinadas a la Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana y al Grupo Empresarial Palco, tributan impuesto sobre los Ingresos Personales conforme a lo establecido en la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario” de fecha 23 de julio dos e 2012. (GACETA ORDINARIA No. 40 de 5-8-2013)

Resolución No. 311 de 7-8-2013. Los usufructuarios de tierra beneficiarios del régimen especial de seguridad social establecido en el Decreto Ley No. 298 están obligados a inscribirse en el Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de Administración Tributaria de su domicilio fiscal. (GACETA ORDINARIA No. 42 de 27-8-2013)

Resolución No. 347 de 28-8-2013 Sobre la compensación de deudas como forma de extinción de las obligaciones, aplicable a las cooperativas, empresas, incluyendo las mixtas, las de capital totalmente extranjero, las estatales, las sociedades mercantiles de capital 100 % cubano y las unidades presupuestadas; otras entidades económicas, así como por los trabajadores por cuenta propia. (GACETA ORDINARIA No. 47 de 13-9-2013)

Resolución No. 80 de 7-2-2013. Establece que cuando las entidades estatales, con excepción de las unidades presupuestadas decidan ser garantes de los créditos que soliciten las personas naturales arrendatarias de sus inmuebles, locales u otros bienes, en lo adelante “entidades garantes”, que quedan obligadas a contribuir y mantener una Fianza, siempre que el crédito garantizado haya sido otorgado para la reparación de los bienes arrendados y se firme un Contrato de Fianza entre estas y el Banco prestamista correspondiente. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 4 de 21-2-2013)

Resolución No. 143/2013. Procedimiento para el ordenamiento de los cobros y pagos en el país. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 13 de 19-3-2013)

Resolución No. 244 de 13-06-2013. Procedimiento para el otorgamiento de los estímulos por la eficiencia económica a los trabajadores, por los resultados obtenidos a partir del año 2012. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 19 de 28-6-2013)

Resolución No. 283 de 15-7-2013. Procedimiento contable de precios y financiero, de los bienes ocupados en procesos penales o confiscados administrativos. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 21 de 21-8-2013)

Resolución No. 384 de 20-9-2013. Sobre la solicitud del Contrato de Seguro de bienes de cualquier tipo y las responsabilidades con entidades extranjeras. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 26 de 23-9-2013)

Resolución No. 353 de 2-9-2013. Adecuaciones al pago del Impuesto sobre Ingresos Personales por las personas naturales obligadas conforme a lo establecido en la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, de fecha 23 de julio de 2012. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 27 de 26-9-2013).

Resolución No. 543 de 23-12-2014. Procedimiento para la formación de precios de ventas mayoristas y minoristas, en pesos convertibles, de vehículos de motor, partes, piezas y accesorios, nuevos y de uso. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 46 de 31-12-2013).

Resolución No. 29 de 2-2-12 Dispone que los trabajadores por cuenta propia que ejercen la actividad de “Trabajador Contratado” pagan los tributos conforme al Régimen Simplificado de Tributación. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 8 de 16-3-12)

Resolución No. 46 de 22-2-12 Establece el “Procedimiento para el pago convenido apersonas no sujetas al crédito social”. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 16 de 2-5-12)

Resolución No. 188 de 31-5-12 Dispone que las importaciones sin carácter comercial que realicen los tripulantes cubanos de naves y aeronaves, residentes en el territorio nacional, no podrán exceder la cantidad de dos mil pesos cubanos (CUP) en cada año natural. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 32 de 5-7-12)

Resolución No. 222 de 22-6-12 Exime del pago de los derechos arancelarios, a los pasajeros que importen productos sin carácter comercial por un valor total de hasta cincuenta pesos con noventa y nueve centavos ($ 50.99) en cada viaje. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 30 de 2-7-12)

Resolución No. 223 de 22-6-12 Dispone que el pago de los derechos arancelarios por los envíos sin carácter comercial, aéreos, marítimos y postales recibidos por personas naturales en el territorio nacional, serán abonados en pesos convertibles (CUC). (GACETA EXTRAORDINARIA No. 30 de 2-7-12)

Resolución No. 262 de 2-8-12 Exime del pago de los derechos de aduana a los vehículos automotores importados para apoyar proyectos de colaboración internacional con instituciones estatales cubanas, financiados por órganos oficiales de gobiernos extranjeros, por organizaciones no gubernamentales extranjeras y por organismos internacionales y para el personal extranjero vinculado a la ejecución de proyectos de colaboración internacional. (GACETA ORDINARIA No. 33 de 20-8-12)

Resolución No. 319 de 14-9-12 Aprueba el Reglamento para la devolución de los derechos arancelarios pagados indebidamente o en exceso para las importaciones sin carácter comercial. (GACETA ORDINARIA No. 40 de 1-10-12)

Resolución No. 343 de 13-10-12 Elimina el Impuesto Sobre Documentos para los trámites migratorios relacionados con las solicitudes de permisos de entrada y salida al territorio nacional por asuntos particulares, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, en materia migratoria. (GACETA ORDINARIA No. 44 de 16-10-12)

Resolución No. 357 de 19-10-12 Establece que los pasajeros pueden importar como efectos personales, además de su ropa, calzado, artículos de tocador y de aseo personal previstos en la normativa aduanera, los objetos siguientes: reproductor de multimedia digital portátil, teléfono móvil (celular), aparato de televisión portátil, computadora personal portátil, cámara fotográfica, y artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 46 de 31-10-12)

Resolución No. 372 de 29-10-12 Faculta a los jefes máximos de los organismos de la Administración Central del Estado, a aprobar las tarifas y precios en pesos convertibles (CUC), de las carreras universitarias, cursos de postgrados, diplomados, pasantías, libros de textos e insumos relacionados con la especialidad vinculada a su sector, que se ofertan a personas naturales extranjeras. (GACETA ORDINARIA No. 56 de 28-11-12)

Resolución No. 427 de 4-12-12 Dispone que las cooperativas no agropecuarias están sujetas, conforme a la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, al pago de los tributos que les corresponda; y en específico por el ejercicio de la actividad económica, se obligan a pagar los impuestos sobre Utilidades, sobre las Ventas, sobre los Servicios y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, con las adecuaciones previstas en esta Resolución. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 52 de 7-12-12)

Resolución No. 27 de 19-1-2011 Establece que las tarifas, en pesos cubanos (CUP), para el cobro a personas naturales y jurídicas por el exceso de equipaje en los vuelos nacionales, se forman adicionando un 25 % sobre las tarifas de carga aérea. (GACETA ORDINARIA No. 3 de 28-2-2011)

Resolución No. 314 de 26-9-2011 Establece que las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente o temporal en el territorio nacional, que adquieran vehículos de motor mediante actos entre particulares de compraventa o donación, formalizados ante Notario Público, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto No. 292, de fecha 20 de septiembre de 2011, quedan obligadas a pagar el Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 31 de 27-9-2011)

Resolución No. 351 de 31-10-2011 Establece que las personas naturales cubanas con domicilio en el país y los extranjeros residentes permanentes en el territorio nacional, que adquieran viviendas, mediante actos entre particulares de compraventa, donación o permutas, formalizados ante Notario Público, con arreglo a lo dispuesto en la Ley No. 65, Ley General de la Vivienda, de 23 de diciembre de 1988, tal y como quedó modificada por el Decreto-Ley No. 288, de fecha 28 de octubre de 2011, quedan obligadas a pagar el Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 35 de 2-11-2011)

Resolución No. 9 de 7-1-10 Aprueba el Procedimiento para el embargo de cuentas bancarias de personas naturales y jurídicas, por contravenciones o infracciones administrativas, personales o institucionales, que no realicen el pago en el plazo de sesenta (60) días naturales posteriores a la fecha de imposición. (GACETA ORDINARIA No. 7 de 11-2-10)

Resolución No. 48 de 25-2-10 Deja sin efecto los beneficios arancelarios concedidos, mediante la Resolución No. 113 de 2007, a los colaboradores que cumplen misión internacionalista u oficial en cualquier parte del mundo. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 12 de 16-3-10)

Resolución No. 99 de 20-4-10 Aprueba la Metodología para el Control Interno del Patrimonio Estatal. (GACETA ORDINARIA No. 20 de 3-6-10)

Resolución No. 243 de 26-8-10 Aprueba el Reglamento para la Tramitación Y Aprobación de Exenciones, Cambios de Moneda y Bonificaciones Arancelarias, para Mercancías de Importación Comercial y No Comercial, que se otorguen de Forma Permanente o Eventual. (GACETA ORDINARIA No. 51 de 14-12-10)

Resolución No. 286 de 7-10-10 Dispone que las personas naturales que realicen actividades por cuenta propia, estarán sujetas, de acuerdo con lo legalmente establecido, y según corresponda, al pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales, sobre las Ventas, sobre los Servicios Públicos y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, así como al pago de la Contribución a la Seguridad Social, y aprueba las “Normas relativas al pago de los impuestos sobre los ingresos personales, sobre las ventas, sobre los servicios públicos, y por la utilización de la fuerza de trabajo, y las referentes al pago de la contribución a la seguridad social por los trabajadores por cuenta propia”. (GACETA EXTRAORDINARIAE No. 12 de 8-10-10)

Resolución No. 287 de 7-10-10 Dispone que son sujetos del Impuesto sobre los Servicios Públicos en lo concerniente al Arrendamiento de Viviendas, Habitaciones o Espacios, los propietarios de inmuebles que al amparo de lo establecido en la legislación civil común y en el Decreto-Ley No. 171, de fecha 15 de mayo de 1997, modificado por el Decreto-Ley No. 275, de fecha 30 de septiembre de 2010, arrienden viviendas, habitaciones y otros espacios. (GACETA EXTRAORDINARIAE No. 12 de 8-10-10)

Resolución No. 352 de 2-12-10 Establece el cobro del traslado de fallecidos a todas las provincias a partir del mes de enero de 2011, con una tarifa de un peso con cincuenta centavos, (1.50 CUP) por kilómetro recorrido. (GACETA ORDINARIA No. 53 de 21-12-10)

Resolución No. 8 de 9-1-09 Reglamento del Decreto-Ley del Contrato de Seguro. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 5 de 26-1-09)

Resolución No. 22 de 11-2-09 Son sujetos del Impuesto sobre el Servicio Público en lo referido al arrendamiento de viviendas que regula esta Resolución, las personas naturales extranjeras que arrienden viviendas y sus espacios, de los cuales sean titulares en virtud de un contrato de compraventa. (GACETA EXTRAORDINARIA No. 6 de 25-2-09)

Resolución No. 94 de 11-5-09 Dispone que la Cámara de Comercio de la República de Cuba aprobará las tarifas para el servicio de Trámites Migratorios y de Permiso de Trabajo que preste a Sucursales, Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras y Oficinas de Representación de Entidades Extranjeras establecidas en el país, previo acuerdo entre las partes, según se establece en la Resolución No. 117/2000, de este Ministerio. (GACETA ORDINARIA No. 22 de 10-6-09)

NO CONFUNDIR a JURISCUBA con el MFP

JURISCUBA es un “Sitio Web Informativo con Blog Temático y Personal” para la divulgación autónoma de contenidos jurídicos cubanos. NO DEBE UD CONFUNDIRNOS con “plataformas y aplicaciones nacionales de servicios que se ofrecen en internet y de uso por los ciudadanos”. NO somos una dependencia oficial del Ministerio de Finanzas y Precios.

No podemos responder, atender o brindar solución a situaciones relacionadas con decisiones, normas internas o políticas dispuestas por el MFP como organismo de la  Administración Centra del Estado cubano.

Por favor, sobre cualquier caso relacionado con ordenanzas de esa institución, regulaciones internas, actuaciones de sus directivos, funcionarios o sus empleados, preguntar directamente en las dependencias del MFP en cada territorio o niveles superiores, en tanto por imperio del Artículo 10 de la Constitución de la República “están obligados a respetar, atender y dar respuesta al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control”.

Tampoco disponemos de todas las normas jurídicas o administrativas que dicta esta institución, solo aquellas que han sido publicadas en la Gaceta Oficial de la República y que por sus características JURISCUBA considera deben ser divulgadas en este sitio.

78 comentarios sobre “Finanzas y Precios”

  1. Hola a todos gusto en saludarlos. Solo agradecerles por mantenernos informados en temas tan importantes para el país y los que lo habitamos. Ustedes excelentes como siempre
    Mil gracias. L. Landa.

  2. Según el Articulo 150 de la ley tributaria que quedara modificado por el Decreto Ley 21 refiere que «las entidades que presten servicios a la población, pagan este Impuesto,
    aplicando un tipo impositivo del diez por ciento (10%) sobre el valor total de los ingresos que obtengan de los servicios prestados.”
    Mi centro de trabajo es un hotel y brinda alojamiento y servicios gastronómicos a la población (comida para llevar), ¿ ese tipo impositivo del diez por ciento (10%) que se debe de pagar es solamente el de los servicios gastronómicos de los puntos de venta la población o incluye el alojamiento?.

  3. Desearía conocer si aún se mantiene el pago por resultado de los trabajadores por el 2.5 y el 1.5 como máximo o se paga sin tener en cuenta este indicador y en qué resolución y/o artículo aparece.

  4. Favor quiero saber si la resolución 38/2001 el Ministerio de Finanzas y Precios mantiene su vigencia o en caso contrario cual la sustituyó.

  5. Estimados, necesito de su apoyo, estoy tratando de localizar la resolución 353-2009 del MFP que reguló los márgenes comerciales de aplicación de la Empresa SUMIFER al sistema ferroviario. Por favor su ayuda al respecto y si está derogada saber cuál la sustituyó,

  6. Buenas tardes colegas de JURISCUBA, mis respetos hacia este sitio tan interesante.
    Podrían facilitarme alguna norma jurídica de fianzas y precios que establezca los precios y tarifas o por-cientos de los productos que estén próximos a vencer.

    1. Gracias por su buena buena opinión sobre el sitio. Lamentablemente no somos especialistas en esos temas y no disponemos de esas nomas clasificadas de esa forma, quizás pueda solicitarlas de esa manera a la dirección jurídica del MFP a través de su sitio web oficial.

  7. Atendiendo a los tantos seguidores que poseen, resultaría bueno que se publiquen las normativas legales vigentes en reg\lación a las tarifas del agua y otros servicios asociados.

  8. Buenos días. Necesito me hagan pública las normativas y resoluciones sobre el funcionamiento de la ANIR en las Empresas Cubanas, sobre todo las que recogen el pago de los trabajos, la estimulación moral y material a los aniristas y la que norma la autonomía de las Empresas para tales efectos.

  9. Buenas tardes, necesita encontrar la Resolucion 423 del 2018 del MFP dirigida principalmen a la agricultura, si fueran tan amables de ayudarme colegas, en la Gaceta no m aparece

  10. Buenos días, por favor necesito si alguien conoce la existencia de la Resolución 146 de 2018 del MFP que trata sobre el tratamiento contable de de los activos fijos y otros elementos en relación a la liquidación de entidades.

  11. Buenas soy yani to quisiera saver si existe alguna gaceta oficial sobre los presios del MINREX o sea sobre las,legalizaciones de documentos.Espeto atentamente se respuesta.Gracias

    1. leí que tiene que ver con ello la instrucción 15/2006 del MFP pero no he logrado conseguirla aún. si la descargan por favor hacérmela llegar.

    1. La Resolución NO. 10 del MFP se publicó en la gaceta Oficial Ordinario No. 14 de 2007, la Resolución No. 11 en la Ordinaria No. 15, las Resoluciones 12 y 13 en la Ordinaria 16 y la Resolución No. 14 en la Ordinaria 17.

    1. La Resolución No. 534, de 17 de agosto de 2015, firmada por quien suscribe, establece los precios a la población en pesos convertibles (CUC), de una selección de productos, entre los que se encuentra la Frazada de Piso, para la venta en las Tiendas Recaudadoras de Divisas y otras entidades autorizadas a realizar comercio minorista en esa moneda, ahora bien, no disponemos de la referida resolución ni de la No. 531, por cuanto hasta donde conocemos no fueron publicadas en la Gaceta Oficial o por lo menos a nosotros no nos aparece.

  12. Buenos Dias
    En estos momentos me acaban de terminar por la onat una fiscalizacion de buro q comenzo el 6 de enero de este año y me notificaron resolucion 5 meses despues violando los terminos de 15 dias que tenian para eso para el recurso de reforma contrato un abogado en el bufete y a travez de el le pedimos una revision del expediente basandones en los articulos de la nueva constitucion que me da ese derecho y se me nego porque dicen que en la ley 113 no se permite revisar
    Que debo hacer y con quien debo exigir mis derechos constitucionales.

    1. Es su abogado el encargado de asistirlo en ese proceso de reclamación, explicarle sus derechos, fundamentos legales y posibilidades ante la correspondiente instancia, utilizando los instrumentos jurídicos que facilita nuestro ordenamiento y en caso de imposibilidad argumentarle las razones.

  13. Buenos Dias colegas de Juriscuba, podrian facilitarme la Resolución 416/18 de Finanzas y Precios
    Gracias por contribuir a nuestra cultura jurídica.

      1. Me encantó la selección jurídica. Es muy práctico. Quisiera saber si existe alguna norma que obligue a los prestadores de servicios a dar al cliente la ficha de precios o costo

  14. Este sitio es genial y muy instructivo, nos posibilita acceder a diferentes normas que necesitamos en el quehacer diario, NECESITO ME FACILITEN LA RESOLUCION 174/2018 que regula las tarifas de trasportación de trabajadores

  15. Buenos dias,
    Me gustaria saber cual o cuales son las resoluciones que norman a las empresas estatales el pago a cooperativas no agropecuaria, ademas encuentra esta pagina de mucha utilidad

  16. Somos de la empresa EMCOR y nuestro producción bruta se mide por los ventas fijadas por tarifas aprobadas por nuestro Ministerio CUPET, pero para presentarlas debo tener una conformidad por parte de mi cliente, quienes comentan que hay indicaciones emitidas el 13 de marzo de 2018 por el Ministerio de Finanzas y Precios sobre el Margen de Utilidad de las Fichas de Precios que siempre la hemos calculado con el 10% y no la conocemos , nos pudiera ayudar enviando estas indicaciones , lo más rápido posible.

    1. No dispones de esas indicaciones, debe tratar de contactar y pedirla a los especialistas de la Dirección Jurídica del MFP o sus dependencias que controlan el cumplimiento de las mismas.

  17. Muy buen sitio. Es necesario que se aclare en este sitio que las regulaciones del pago del anticipo a personas naturales de hasta un 15 % es para el caso de empresas estatales que contratan servicios a TCP, Entre empresas estatales el pago de anticipo es por acuerdo que nunca deberá igualarse a un 100 % del valor del contrato. Se que existe esta Resolucion que es de Finanzas Y precios pero no encuentro el numero y ahora mismo me estan parando un contrato por este detalle, porque el funcionario de la empresa tiene confundidos las resoluciones entre empresas socialistas pago de anticipo siempre que se justifique por producciones se acuerda entre las partes el % y pagos a personas naturales. Por favor me pueden indicar la gaceta y el nomero de la resolucion.

  18. Buenas tardes, sería posible referirme qué resolución recoge las tarifas actuales sobre alquileres de locales estatales con fines para impartir superación.

  19. Considero importante y muy útil este sitio. Estoy revisando una propuesta de Contrato de Compraventa en la que se hace referencia a las Resoluciones No. P-24 y P-62, ambas de 2006, dictadas por el Ministerio de Finanzas y Precios. Necesito por favor las referidas Resoluciones para concluir la revisión de dicho contrato. En las publicaciones de la Gaceta Oficial del año 2006 no he encontrado las normas enunciadas. Quedo al tanto de su atención.

  20. Necesito la Resolución No. 38 de fecha 31 de enero de 2013, no la encuentro ni en la gaceta oficial, trata sobre la formación de precios y tarifas para los servicios o productos.

  21. Excelente sitio, por favor necesito, la Resolución No. 397 de fecha 28 de agosto del 2014, de los servicios de arrendamientos y administración de inmuebles incorporando nuevos términos y precisiones de carácter general.

  22. Muy buen sitio y muy útil, de ser posible podrían publicar la resolución 276/16 del MFP, es que no la he podido ubicar ni en la gaceta oficial, de cualquier modo muchas gracias

    1. Lamentablemente nosotros tampoco poseemos en nuestros controles o bases de datos la referida resolución NO. 276/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios. No siempre todos los Ministerio o demás organismos de la Administración Central del Estado publican en la Gaceta Oficial todas y cada una las disposiciones que ordenan sus funciones, por lo que le recomendamos contactar con las direcciones jurídicas provinciales o nacional de ese ministerio.

  23. Estamos realizando un análisis para determinar la responsabilidad en la formación y aprobación de las fichas de costos de los servicios, que atendiendo al objeto social se realizan en nuestra entidad, pues ha sido un tema señalado durante la XI Comprobación de la CGR. Agradeceríamos su ayuda para resolver esta situación, pues no estamos claros si es competencia del área comercial, del área económica o de un grupo multidisciplinario de direcciones que participan en su elaboración y luego se expone a su aprobación, por el personal facultado para ello.

    1. Lamentablemente no somos especialistas en la materia no contamos con colaboradores que puedan ayudarlos directamente en tal sentido, esperemos que algún lector de este espacio pueda responder de la mejor manera

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