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TRANSCRIPCIÓN DEL NACIMIENTO HIJO DE CUBANO y solicitud de la ciudadaNía cubana

SOLICITUD DE LA CIUDADANÍA CUBANA

Las transcripciones de nacimientos de hijos de ciudadanos cubanos nacidos en otros países se realizan mediante solicitud personal ante el Consulado cubano correspondiente a la demarcación del acto civil, es decir, de la oficina consular en el país de nacimiento y no en aquel distinto donde pudiera estar residiendo. No obstante, se recomienda consultar directamente a los funcionarios consulares cubanos en el país donde se encuentra.

La transcripción y las certificaciones de nacimientos del Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE) no implican la obtención directa de la ciudadanía cubana, siendo necesario además solicitarla y tramitarse mediante expediente incoado según lo preceptuado en el Decreto Ley No.352 , en vigor desde el 1 de enero 2018.

TRANSCRIPCIÓN DEL NACIMIENTO HIJO DE CUBANO

Para solicitar la transcripción del nacimiento de un hijo de cubano o cubana, el interesado debe presentar en el Consulado.

1.- Modelo de Solicitud de Transcripción de Nacimiento.

2.- Certificación de nacimiento original a transcribir debidamente legalizada por las autoridades competentes del país.

3.- Fotocopia del pasaporte del ciudadano cubano (madre o padre), certificado de ciudadanía cubana o carné de identidad y la cédula del extranjero. Si el padre o la madre cubano del hijo que se quiere transcribir están fallecidos, deberá presentar la Transcripción de Defunción.

4.- Inscripción consular del padre o la madre cubana.

5.- Fotocopias de las partidas de nacimiento de los padres cubanos del inscrito, refrendadas por sus copias originales.

SOLICITUD DE LA CIUDADANÍA CUBANA

Transcrito el nacimiento se obtiene una certificación emitida por el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE) en La Habana, la cual se aportará junto a otros documentos en el Consulado cubano que conocerá de la solicitud de la ciudadanía cubana por el interesado en el país donde reside, siendo:

a) Declaración del interesado o sus representantes legales cuando proceda, donde haga constar expresamente su voluntad de adquirir la ciudadanía cubana por nacimiento, a la que puede adjuntar cualquier otro documento o escrito que considere.

b) Certificación de Nacimiento expedida por el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE), cuando la solicitud de adquisición de la ciudadanía cubana se realice desde el exterior.

La Certificación de Nacimiento se obtiene una vez que se realiza la transcripción del nacimiento en el consulado cubano acreditado en el país de que se trate.

c) Certificación de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil, del padre o madre cubano del interesado, según corresponda. En los casos que procedan, bastará la presentación del documento de identidad para acreditar los datos de nacimiento del solicitante.c) Certificación de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil, del padre o madre cubano del interesado, según corresponda. En los casos que procedan, bastará la presentación del documento de identidad para acreditar los datos de nacimiento del solicitante.

PROCESO Y RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA CIUDADANÍA CUBANA

El Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior (DIIE) resuelve las solicitudes de adquisición de la ciudadanía cubana de los nacidos en el extranjero de padres cubanos, con fundamento legal en el Decreto Ley No.352 de 30 de diciembre de  2017.

DERECHO AL PASAPORTE CUBANO.

En el momento de notificación de la Resolución que aprobó la ciudadanía cubana, en el propio Consulado se orienta al interesado que puede solicitar el pasaporte cubano por derecho propio.

JURISCUBA NO PUEDE gestionar ninguno de los dos procesos (Transcripción de Nacimiento o las Solicitudes de Adquisición de la Ciudadanía Cubana por Nacimiento), por tratarse de actos personales y presenciales ante los correspondientes Consulado cubanos.

Otros sitios SI PUEDEN gestionar la obtención de las certificaciones de nacimiento emitidas por el REAHCE en La Habana o cualquier otro Registro Civil en Cuba y enviarlas por DHL a la persona y dirección indicada.

También puede consultar SOBRE LA ADQUISICIÓN DE LA CIUDADANÍA CUBANA en el sitio CubaLegalInfo