REPATRIACION

Los cubanos que deseen optar por establecer nuevamente su residencia en Cuba presentarán personalmente la solicitud en:

  • Consulado(s) cubano(s) en el país donde viven.
  • Oficinas de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) en territorio cubano.

En todos los casos el interesado deberá entrevistarse con el Cónsul cubano o con un funcionario competente en una de las oficinas de DIIE en Cuba. PRINCIAPLES REQUISITOS (comunes):

  • Ser EMIGRADO cubano.
  • No haber tenido participación en actos hostiles contra Cuba,
  • Disponer de vivienda en Cuba o ser amparado en el hogar de un familiar. Demostrado documentalmente los recursos económicos y de vivienda para recibirlo, dar cobija y sustento, hasta que el repatriado disponga de vivienda e ingresos propios.

OTROS REQUISITOS (indistintos)

  • Hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 años.
  • Pruebas documentales acreditando que han cumplido con los recursos económicos que sean exigidos de acuerdo a disposiciones de la seguridad social y que cuentan con lo establecido al efecto.
  • Personas clínicamente desahuciados o gravemente enfermos, aportando resumen de historia clínica legalizado y traducido en el consulado cubano.
  • Desamparados económicos o filial, mediante presentación de pruebas de que no tienen familiares en el país donde se encuentran o carecen de ingresos económicos que les permitan su manutención y alojamiento de forma normal.
  • Los que viajaron de forma temporal y sobrepasen los 24 meses de estancia en el exterior. Acreditar los motivos por los que no regresó a Cuba al vencimiento de su autorización de estancia.
  • Las víctimas de secuestros por otros que salieron ilegalmente de Cuba.
  • Profesionales que abandonaron misión en el exterior.
  • Los que deseen regresar para atender y cuidar a familiares desvalidos, debiendo aportar nombre, apellidos y dirección del enfermo.
  • Para los menores repatriados sin uno o ambos padres deberá presentarse poder notarial a favor de la persona que asumirá la custodia del menor, otorgado por el padre o ambos que no se acojan al permiso de repatriación.

100 comentarios sobre “REPATRIACION”

  1. Soy cubano residente en Canadá pero a la vez repatriado y me quiero casar en Cuba con mi novia. La preguntas es, me tengo que casar en Cuba como extranjero en la Consultoría Juridica o como cubano nacional teniendo un carnet de identidad que son dos cosas muy diferente.

  2. El código civil de Cuba establece en su artículo 470 que los que abandonaron definitivamente el país (emigrado actualmente) pierden el derecho a heredar bienes. Me pregunto si una persona emigrada que era por derecho heredera universal de una casa; derecho que perdió al abandonar el país, en caso que sus padres aún vivan y que testen a favor de ella una vez realizada la repatriación , tendría derecho a heredarla vivienda.

  3. Quiero repatriarme para Cuba. Tengo prometida y ella me ofreció su ayuda para poder vivir juntos pues nos vamos a casar. Puedo hacer la repatriación los documentos allá directamente.

  4. Vivo en Estados Unidos y quiero repatriarme a mi país Cuba. Aquí hace años tuve un problema con la ley y tengo una felonía no violenta. Eso me perjudica para poder repatriarme a mi país? La otra pregunta es puedo desde aquí en Estados Unidos hacer los trámites de repatriación sin tener que ir a la embajada?

    1. Está obligado por procedimiento a solicitar la repatriación a través de la embajada de Cuba en USA. Referente a la “felonía no violenta” ya lo tendrán en cuenta las autoridades que aprueban o niegan el proceso.

    1. Si su UD es “expatriado”, que no es otra condición que haber adquirido nuevamente la residencia permanente en Cuba y se supone que viva de manera constante, fija y estable en el país, pues como cualquier ciudadano cubano en igualdad de condiciones tiene derecho a solicitar tierras para cultivos y ganadería, ahora bien, valorada la petición la autoridad competente tiene tambien derecho a otorgárselas o denegarlo en dependencia de su valoración en sentido general.

  5. Mi hija vive en Italia y hace dos años se repatrió a Cuba, por lo que tiene que entrar cada 24 meses, pero no podrá venir en algún tiempo a Cuba, pregunta. Cómo ella puede revocar la repatriación, ella tiene una vivienda a su nombre, que recibió por donación, que pasa con la vivienda si renuncia a la repatriacion.

  6. Un familiar es residente en Italia y ciudadano cubano pero no pudo entrar al país antes de los 24 meses por cuestiones laborales. Qué problemas habrá cuando entre nuevamente en Cuba?

    1. Problemas ninguno, que no sea presentar su pasaporte vigente y prorrogado si fuere el caso. Por otra parte, abría perdido su condición de residente permanente en Cuba y clasificado migratoriamente como emigrante con la pérdida de determinados derechos civiles, patrimoniales y hereditarios, lo cual calificamos como consecuencias del acto de no ingresar al territorio nacional antes de los 24 meses como se establece en el orden legislativo y migratorio cubano.

      1. Yo tengo caso parecido, he perdido mi repatriación, quiero ir a Cuba y mi pasaporte está vigente y con su prorroga. Mi pregunta: yo tendría que mandar mi pasaporte a la embajada para que me pongan habilitado otra vez o puedo entrar sin él.

    2. Soy cubana estoy en Chile mi pasaporte esta vigente quisiera regresarme a mi país pero no tengo para comprarme un pasaje como puedo hacer para regresarme como me puedo repatriar que requisitos debo cumplir y que hacer.

      1. Le sugerimos leer los post y sus comentarios sobre repatriación en este propio sitio.Posteriormente dirigirse al Consulado cubano en Chile y solicitar el proceso de repatriación. Referente a los fondos para su regreso es un asunto personal suyo, deberá tratar de reunirlos o que alguien le financie el boleto aéreo.

    3. Estuve 4 años en Venezuela sin venir a Cuba, casado saliendo de Cuba con un PRE con residencia Venezolana y me gustaría saber si tengo que repatriarme para establecerme otra vez en Cuba ya que por problemas familiares no puedo viajar y de ser así que trámites debo hacer y hacia donde debo dirigirme.

      1. Para establecer nuevamente su residencia permanente en Cuba debe presentar su solicitud en el consulado cubano encontrándose en Venezuela o en las oficinas de trámites del MININT estando en Cuba.

  7. Soy cubano residente en los Estados Unidos y estoy interesado en repatriarme a Cuba, quisiera saber si el trámite de repatriación se puede hacer desde este país sin necesidad de viajar a la isla y de ser posible si se puede enviar por correo la solicitud y el pago, otra inquietud es si una vez repatriado perdería mi ciudadanía americana, ya estoy en el tiempo para solicitarla pero no quisiera hacer el gasto y los trámites si al repatriarme la perdiera por parte de Cuba o de este país.

    1. La mal llamada y conocida «repatriación», que no es otra cosa que la aprobación de la residencia permanente en el territorio nacional de ciudadanos cubanos en condición de emigrantes en otros países, se puede solicitar tanto en los Consulados cubanos como en las Oficinas de Trámites del MININT en caso de que la persona se encuentre en Cuba. Hasta donde conocemos la nueva condición de residencia permanente en Cuba no afecta la ciudadanía de otros países adquirida por los cubanos, no obstante, es le sugiere consultar abogados, especialistas o funcionarios de cada país en cuestión donde se otorgó esa condición.

  8. Soy cubana y contraje matrimonio en Ucrania, pero por motivos de trabajo (en Cruceros) no pude entrar al territorio cubano antes de los 24 meses. En Cuba están mi hija de 5 años y mi madre, y yo quisiera hacer mi Repatriación. Mi pregunta es: puedo volver a entrar a Cuba y desde allí solicitar la Repatriación? Y, puede mi esposo solicitar el Permiso de Residencia Permanente en Cuba, siendo yo declarada emigrada por no haber entrado al país antes de los 24 meses?

    1. Si puede solicitar de nuevo su residencia en permanente en Cuba encontrándose dentro del territorio nacional, una vez aprobado el proceso su esposo puede solicitar su residencia en Cuba.

      1. Cómo es el proceso d repatriación, estoy en Chile y quisiera regresarme a Cuba pero no tengo dinero para mi pasaje me podrían decir que hago.

          1. Vivo en España, se me venció la residencia y me quede sin trabajo, quiero repatriarme pero por el problema del virus todo en Cuba estaba cerrado, tendrán en cuenta todo ese tiempo perdido o lo cuentan.

  9. Soy nacido en Cuba. Emigré a España de manera legal en 1984. Quiero regresar a Cuba, pero no quiero perder mi residencia permanente de España porque quiero venir a visitar a mi hijo, nacido en España, al menos una vez al año. ¿Puedo mantener mi residencia española y repatriarme?

    1. Hasta donde conocemos si es posible,pero debe preguntar a las autoridades, especialistas o abogados españoles y actuar por el ordenamiento jurídico y migratorio de ese país, son ellos los que determinan ni pierde o no su status legal en España. Nosotros somos cubanos y nada podemos afirmar o negar en tal sentido.

  10. Hola yo soy repatriado y quisiera saber si cuando pasan los 24 meses y pierdes la repatriación te dan derecho a volver a solicitarla o ya no te la dan mas?

  11. Necesito saber cuáles son exactamente los documentos a presentar en el consulado cubano en Washington para la repatriación? pues veo información distinta en varios artículos.

  12. Estoy queriendo saber si los profesionales (médicos), que abandonaron la misión , tras solicitar el regreso definitivo a nuestro país, pueden ser aprobados antes de los 8 años.

  13. Si un cubano que trabajó y por razones médicas provocadas por un accidente fue retirado en Cuba, ahora vive en USA, si hace la repatriación se le reintegra el salario de la chequera que de su trabajo recibió?

  14. Tengo 57 años, vivo en USA salí de Cuba en 1971, estoy retirado y quisiera repatriarme para comprar casa y vivir 9-10 meses en Cuba. Me dijeron que si te repatrias cuando regreses a Cuba el gobierno cubano te quita el pasaporte americano. Eso es verdad? Uno todavía sigue siendo cuando americano cuando se repatria?

  15. Vivo en Estados Unidos y mis derechos en Cuba se vencen el 12 de julio, a causa de que todavía no recibo mi residencia americana no he podido viajar, si pasa la fecha y pierdo mis derechos en Cuba, al hacer el proceso de repatriación perdería mi residencia americana.

    1. Hasta donde conocemos no pierde su residencia norteamericana, pero le recomendamos consultar las autoridades de ese país, en definitiva son ellos los que evalúan retirar o no esa condición.

  16. Hola me acaban de aprobar la repatriación a Cuba. Hoy he ido a recoger mi pasaporte que lo hice nuevo y me han puesto el sello de habilitación con fecha de vencimiento el 20/08/2018. Eso que significa? Tengo que viajar a Cuba antes de esa fecha.

    1. Significa que su pasaporte está habilitado hasta esa fecha, a partir de la cual ya UD no necesita esa estampa en su pasaporte, porque se infiere que UD es residente permanente en Cuba y no en el exterior. Le recomendamos preguntar a los tramitadores de su “repatriación” en tanto son especialistas en esta materia y deben dominar con exactitud cada uno de los supuestos de la cotidianidad.

  17. Mi niña cubana de 5 años debe repatriarse, perdió los derechos al no volver antes de los 24 meses a Cuba
    Mi pregunta es la siguiente: ella al repatriarse tiene el derecho de menaje de casa? Siendo menor de edad?
    Yo soy boliviano y pediré la residencia cubana por matrimonio pero mi señora esposa entró antes de los 24 meses no siendo el caso de la niña. Volveremos a vivir a Cuba por temas de estudio de una especialidad médica.

    1. Hasta donde conocemos las normas no distinguen en el menaje de casa para los mayores y menores de edad, no obstante le recomendamos consultar directamente la Aduana General de la República

  18. Tengo el PRE permanente ya que vine a España casada pero quisiera tener nuevamente el carnet de identidad y todos los derechos como ciudadana cubana, qué debo hacer y qué gasto conlleva y si eso no afecta en la nacionalidad española.

    1. Debe presentarse en el consulado cubano en España y solicitar la renuncia al PRE, allí le indicarán los costes del proceso. Hasta donde conocemos no afecta su nacionalidad española.

  19. Es verdaderamente penoso no poder tener a quien dirigirse para presentar una inquietud, que no sea a la embajada cubana, quien no hace más que dejarnos con la canción del Benny, no responde teléfono, te puedes pasar el día que no responde, correos tampoco, no hay a quien dirigirse. Opte por enviar desde Cuba mediante mi familia una carta al Comité Central para que conozca el funcionamiento de la embajada en Washington. No creo que una petición desde 2016 y estamos en 2018, no pueda llegar por falta de diplomáticos, eso es absurdo. Presente mi Repatriación y no hay respuesta positiva ni negativa, ni siquiera a Cuba han llegado mis documentos, no sé qué explicación esto llevará.

    1. Nosotros no tenemos ninguna explicación para UD ni para ningún caso con similares características, coincidiendo que se trata de dilación extrema que no resiste justificación alguna.

  20. Yo pedí mi repatriación en la embajada de Washington ya fue aprobada en cuba yo no soy ni residente ni ciudadana viajo con un pasaje de solo ida ,mi pregunta es yo tengo un niño ciudadano americano tengo su custodia total y me lo llevo conmigo tendría algún inconveniente con la aerolínea al querer llevarme al niño, que repito, tengo su custodia como es ese proceso en el aeropuerto?

    1. Seguramente le van a pedir la autorización del padre para que el menor, ciudadano norteamericano viaje al exterior. Le recomendamos que se ponga en contacto con la aerolínea den la que volará a Cuba y consulte expresamente su caso.

  21. Presenté mi repatriación el 24 de abril 2017 y hasta en enero todavía no estaba aprobada y como veo que dicen en la repatriación que debe de demorar 90 días.

  22. Quisirea conocer en el caso de los repatriados, si tiene derecho a reclamación de un servicio telefónico teniendo en cuenta que Resolución No 82/2012 del Ministerio de las
    Comunicaciones, que aprueba el Contrato de Telefonía Básica del sector residencial, establece en la cláusula 11.1 .9 inciso a) que tendrán derecho a la transmisión de la titularidad, los cónyuges, hijos y demás descendientes, y en el modelo de cambio de nombre sin consentimiento que llenan los Clientes, se advierte que si antes de transcurrir cinco (5) años de haberse realizado este movimiento apareciera otra persona que demuestre tener derechos a la adjudicación del servicio y reclame el mismo.

      1. Hola estoy en trámites de repatriación para cuba quisiera saber si es cierto o no que tengo el derecho de entrar a cuba un contenedor con el menaje de una casa el mismo es libre de impuesto en cuba, y de ser cierto esto que documento necesitaría para el retiro de dicho contenedor agradeciéndoles por su pronta respuesta y a la ves deseándole éxito en sus labores cotidianas.

  23. Abandoné misión en Venezuela y ahora me encuentro en EEUU y soy residente permanente y a pocos meses de hacer mi ciudadanía. Quiero repatriarme pero no sé cómo funciona esto en mi caso. Si soy residente tengo que renunciar a la residencia? Y si soy ciudadana que sucede? Me pueden explicar bien para saber cómo hacer todo?

  24. Soy heredero legítimo de una vivienda en Arroyo Naranjo junto a 3 de mis hermanas, todo esto ha sido demostrado después de un largo litigio comenzado en el 2011 cuando una de mis medias hermanas que también vivía en esa vivienda abandono el país junto a su madre que estaba casada con mi papá dueño de la propiedad, esta hermana mía se declaró heredera universal y nos obvio a nosotros, “donó” la propiedad a un primo por parte de su mamá, ahora cuando se gana el pleito, aparece una apelación del primo de esta señora, diciendo que viene una de ellas repatriada a Cuba, pienso que no tenga derecho alguno sobre la vivienda en cuestión, pues estamos convencidos que lo hace malintencionadamente, si es cierta la repatriación y no es un bloff del ocupante ilegal de la vivienda, pues ya este señor está declarado ocupante ilegal en la propiedad, espero respuesta.

    1. ¿Qué respuesta UD espera? Si UD mismo lo ha respondido todo con su explicación. El señor ya fue declarado ocupante ilegal, así que debe salir del inmueble y la persona que se repatria comienza a tener derechos hereditarios en Cuba a partir de su llegada al territorio nacional, no tienen carácter retroactivo, ella era incapaz para heredar en aquel momento.

  25. Realice los trámites de repatriación hace 12 meses ni mi familia ni yo tenemos respuesta llamo a la embajada en Washington y no responden conocen un email donde puedo comunicarme?

      1. Realice mi repatriación a Cuba hace 1 año y un mes personalmente en Washington y mis familiares ni yo hemos tenido respuesta, que debo hacer. He tratado de comunicarme con la embajada y no responden.

        1. Yanexi yo también hace un año y 7 meses que puse la repatriación personalmente en Washington y no me han dado respuesta en Cuba solo que estoy en el sistema pero nada a mi familia le dicen que hay que esperar.

          1. Yenys, ya hoy hace un año y 5 meses y nada de respuesta, mi padre que es un anciano va casi a diario y nada, no estoy ni en el sistema, la embajada en Washington no responde correos ni teléfono, ya no sé qué voy hacer.

      1. Disculpen, pero si tanto argumento tienen acerca de la repatriación no entiendo cómo no nos pueden ayudar ni siquiera orientar acerca del mal funcionamiento de la embajada cubana quienes por desgracia nos debemos a ella, la cual no responde nuestros intereses.

        1. No podemos ayudar porque no somos funcionarios ni representantes del gobierno o estado cubano, solo somos divulgadores de normas jurídicas y contenidos en tal sentido, con la pretensión de ayudar al conocimiento, carecemos de capacidad para dar solución a esos problemas y sustituir las funciones de las autoridades cubanas.

  26. Por favor necesito ayuda, en Diciembre del 2016 hice la solicitud para la residencia y quisiera saber si es posible recibir la aprobación en este año 2017 para viajar a Cuba. Es que sería la primera vez del año y a la vez poder llevar las libras correspondientes y pagar en Moneda Nacional.

    1. Es la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) o el Consulado cubano en el país donde se encuentra, son ellos los encargados de tramitar ese tipo de proceso. Nosotros no accedemos a esa información. Debe preguntar al mismo que solicitó el trámite.

  27. Mi esposo va a ser este mes que cumple dos años en USA, por un problema de corte de tránsito no viajó en tiempo ya faltando días para cumplir dos años saca su pasaje y se da cuenta que el mes anterior su prórroga del pasaporte había expirado, que puede hacer al respecto.

  28. Hace 4 años me dieron PRE indefinido, viví en Canadá desde que salí de Cuba hasta hace más de un año que me vine a vivir aquí en Estados Unidos. Yo por mudarme a otro país pierdo mi PRE? Y como es con salida indefinida puedo entrar a Cuba en cualquier tiempo? Con mi PRE INDEFINIDO puedo comprar casa en cuba? Mi abuela está viva todavía y su casa ella me puso a mí de hereditaria, puedo comprar casa en mi nombre aun estando de heredará de la casa de mi abuela? Qué es PRE indefinido? Qué derecho tengo en cuba?

    1. El conocido PRE, actualmente RE (residencia en el exterior) es una clasificación migratoria otorgada por las autoridades cubanas a aquellas personas que requieran residir fuera del país de forma indefinida por mantener una unión matrimonial, formalizada o no, con ciudadanos extranjeros o cubanos residentes permanentes en el exterior, o por otras situaciones familiares y humanitarias excepcionales. La residencia en el exterior también se puede otorgar a los padres y a los hijos menores de edad de quienes poseen esta categoría de viaje (Reglamento de la Ley de Migración artículo 40-b) http://juriscuba.com/wp-content/uploads/2015/12/Ley-migracion.reglamento-actualizada-2012.pdf . Para el caso de los cubanos que residían en los Estados Unidos (hasta donde conocemos) no se les otorgaba la referida clasificación migratoria, pues eran considerados emigrantes (definitivos), con la pérdida de los consiguiente patrimoniales, hereditarios y otros civiles en Cuba.
      Casos como como el suyo son comunes, y mientras no son detectados por las autoridades cubanas, dígase en frontera a la entrada al país, o durante la prórroga o solicitud de nuevos pasaportes, pues “siguen pasando como cubanos con PRE”, disfrutando de los derechos restringidos para los emigrantes.
      Para cualquier acto oficial en Cuba donde UD comparezca deberá identificarse ante el correspondiente funcionario, declarar bajo juramento su clasificación migratoria y aportar el documento que así lo acredite (carne de identidad cubano o pasaporte con la nota de PRE o Habilitación por ser Emigrante) partir de ahí es que entonces podrá hacer uso o no de determinados derechos (comparar una vivienda, heredar propiedades, etc).

  29. Mi madre tiene 71 años, vive conmigo en España, por razones económicas me es imposible tenerla conmigo en estos momentos, mi hermano en Cuba puede hacerse cargo de ella, qué debemos hacer en este caso?

  30. Estoy dentro de los 2 años y vivo en USA y no tengo nada que pruebe que salí de Cuba en menos de dos años pues perdí ese pasaporte que necesito mostrar para poder viajar a Cuba pues no me dan habilitación por estar en los 2 años.

  31. Yo pienso pedir mi repatriación para Cuba cuando me jubile, yo me hice ciudadano americano, yo quiero saber si puedo recibir mi cheque de jubilación en Cuba, y si pierdo mi ciudadanía americana.

    1. Debe preguntarle a los que le pagan su chequera si le pueden o no enviar el dinero a Cuba, al igual que a las autoridades norteamericanas lo relacionado con la pérdida do no de la ciudadanía de ese país, fueron ellos los que se la otorgaron bajo sus leyes, no las cubanas.

  32. Un emigrado cubano que le pide a sus familiares el permiso de residencia para su repatriación y una vez concedida la misma por su tío, se hace de un carnet cubano comienza a hacer trámites con la supuesta residencia, ya que en realidad viene de visita a Cuba y ahora reclama derechos de la casa de su tío (al inicio de dijo al tío que él se compraría una casa) ahora apoyado en que su madre es copropietaria. El emigro hace ya 18 años y ahora después de repatriado involucró a su madre para que lo apoye. El tío revoco su autorización ante notario pero le dicen en inmigración que es tarde.

    1. La persona que dio su consentimiento para que el repatriado resida permanentemente en su vivienda no puede ir contra sus propios actos, dejando al conviviente desprotegido y sin hogar. Para todo lo demás relacionado con la propiedad de la vivienda le recomendamos que contrate los servicios de un abogado de Bufetes Colectivos.

  33. Tengo 62 años y no tengo sustento, quiero regresar con mi hija y mi nieto de 11 años pero la casa por herencia esta a nombre de mi nieto, que es menor, ¿qué puedo hacer?- Mi hija tiene buenos ingresos y necesita le ayude con mi nieto, ¿cómo soluciono mi caso’?, por favor responderme en español pues no se ingles.
    Atentamente, Rosalinda

    1. Rosalinda, en ocasiones la información que aparece en internet así como las indicaciones que le dan otras personas puede ser imprecisa y no ayudarle. Yo le recomiendo que vaya a la embajada o consulado cubano más cercano que tenga y se informe allí mismo.

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