TRANSCRIPCIÓN DEL NACIMIENTO HIJO DE CUBANO y solicitud de la ciudadaNía cubana

SOLICITUD DE LA CIUDADANÍA CUBANA

Las transcripciones de nacimientos de hijos de ciudadanos cubanos nacidos en otros países se realizan mediante solicitud personal ante el Consulado cubano correspondiente a la demarcación del acto civil, es decir, de la oficina consular en el país de nacimiento y no en aquel distinto donde pudiera estar residiendo. No obstante, se recomienda consultar directamente a los funcionarios consulares cubanos en el país donde se encuentra.

La transcripción y las certificaciones de nacimientos del Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE) no implican la obtención directa de la ciudadanía cubana, siendo necesario además solicitarla y tramitarse mediante expediente incoado según lo preceptuado en el Decreto Ley No.352 , en vigor desde el 1 de enero 2018.

TRANSCRIPCIÓN DEL NACIMIENTO HIJO DE CUBANO

Para solicitar la transcripción del nacimiento de un hijo de cubano o cubana, el interesado debe presentar en el Consulado.

1.- Modelo de Solicitud de Transcripción de Nacimiento.

2.- Certificación de nacimiento original a transcribir debidamente legalizada por las autoridades competentes del país.

3.- Fotocopia del pasaporte del ciudadano cubano (madre o padre), certificado de ciudadanía cubana o carné de identidad y la cédula del extranjero. Si el padre o la madre cubano del hijo que se quiere transcribir están fallecidos, deberá presentar la Transcripción de Defunción.

4.- Inscripción consular del padre o la madre cubana.

5.- Fotocopias de las partidas de nacimiento de los padres cubanos del inscrito, refrendadas por sus copias originales.

SOLICITUD DE LA CIUDADANÍA CUBANA

Transcrito el nacimiento se obtiene una certificación emitida por el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE) en La Habana, la cual se aportará junto a otros documentos en el Consulado cubano que conocerá de la solicitud de la ciudadanía cubana por el interesado en el país donde reside, siendo:

a) Declaración del interesado o sus representantes legales cuando proceda, donde haga constar expresamente su voluntad de adquirir la ciudadanía cubana por nacimiento, a la que puede adjuntar cualquier otro documento o escrito que considere.

b) Certificación de Nacimiento expedida por el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE), cuando la solicitud de adquisición de la ciudadanía cubana se realice desde el exterior.

La Certificación de Nacimiento se obtiene una vez que se realiza la transcripción del nacimiento en el consulado cubano acreditado en el país de que se trate.

c) Certificación de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil, del padre o madre cubano del interesado, según corresponda. En los casos que procedan, bastará la presentación del documento de identidad para acreditar los datos de nacimiento del solicitante.c) Certificación de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil, del padre o madre cubano del interesado, según corresponda. En los casos que procedan, bastará la presentación del documento de identidad para acreditar los datos de nacimiento del solicitante.

PROCESO Y RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA CIUDADANÍA CUBANA

El Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior (DIIE) resuelve las solicitudes de adquisición de la ciudadanía cubana de los nacidos en el extranjero de padres cubanos, con fundamento legal en el Decreto Ley No.352 de 30 de diciembre de  2017.

DERECHO AL PASAPORTE CUBANO.

En el momento de notificación de la Resolución que aprobó la ciudadanía cubana, en el propio Consulado se orienta al interesado que puede solicitar el pasaporte cubano por derecho propio.

JURISCUBA NO PUEDE gestionar ninguno de los dos procesos (Transcripción de Nacimiento o las Solicitudes de Adquisición de la Ciudadanía Cubana por Nacimiento), por tratarse de actos personales y presenciales ante los correspondientes Consulado cubanos.

Otros sitios SI PUEDEN gestionar la obtención de las certificaciones de nacimiento emitidas por el REAHCE en La Habana o cualquier otro Registro Civil en Cuba y enviarlas por DHL a la persona y dirección indicada.

También puede consultar SOBRE LA ADQUISICIÓN DE LA CIUDADANÍA CUBANA en el sitio CubaLegalInfo

Contenido

99 comentarios sobre “TRANSCRIPCIÓN DEL NACIMIENTO HIJO DE CUBANO y solicitud de la ciudadaNía cubana”

    1. Como se aprecia en este propio post, referente a la SOLICITUD DE LA CIUDADANÍA CUBANA:» Transcrito el nacimiento se obtiene una certificación emitida por el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE) en La Habana, la cual se aportará junto a otros documentos en el Consulado cubano que conocerá de la solicitud de la ciudadanía cubana por el interesado ËN ELPAÍS DONDE RESIDE…»

  1. Mi esposa tiene una hija que nació en Ecuador, en estos momentos están aquí en Cuba y ella quisiera saber cómo debería proceder para sacarle su ciudadanía desde aquí (desde Cuba).

  2. Mi hija es de nacionalidad alemana pero nació en la República Checa, ella se fue para Cuba con sus dos hijos y se casó en Cuba, cuando ella fue a solicitar la residencia se la negaron por ser hija de un cubano, le dijeron que tiene que hacer la transcripción pero cuando me presente a la embajada alemana me dijeron que ese trámite lo tiene que hacer en la República Checa porqué ahí fue donde ella nació. Debido a la pandemia es imposible viajar a la República Checa, le pedí de favor a la embajada de Cuba en Alemania si me podían hacer este trámite aquí y me lo negaron.
    Mi hija lleva actualmente en Cuba un año, está ilegal en Cuba y los niños que son de nacionalidad alemana no pueden ir a la escuela y mi hija no puede viajar debido a las restricciones aquí en Europa.
    Ni transcripción ni reincidencia, que usted me aconseja. Ya yo no sé qué hacer y a dónde acudir. He mandados varios email para la embajada checa y no me han respondido, le mande un email al jefe de inmigración y tampoco recibo una respuesta concreta. Mi hija y mis nietos necesitan integrarse a la sociedad. Estando ella en Cuba puede hacer esa transcripción y mientras se resuelve todo esté trámite no le pueden dar por el momento una reincidencia.

    1. Esta situación debe ser de conocimiento y resuelta por la DIRECCIÓN DE IDENTIFICACIÓN, INMIGRACION Y EXTRANJERÍA – https://diie.minint.gob.cu/, que es el único órgano en nombre del estado cubano encargado de los estatus migratorios de las personas. No obstante le ofreceremos nuestra opinión sobre el caso, que para nada es un criterio oficial.
      Su hija es extranjera a los efectos de la clasificación migratoria nacional, por lo que al haber contraído matrimonio con ciudadano cubano tiene derecho a solicitar la residencia permanente en Cuba y se le otorgue siempre que se cumplan todos los requisitos y procedimientos establecidos. El hecho de que su hija sea hija de cubano(a)(nos) le otorga el derecho constitucional a solicitar la ciudadanía cubana, pero NO LA OBLIGA A ELLO, es decir, la Constitución le permite optar por ser cubana por nacimiento y que ella decida libremente, no se trata de una obligatoriedad de “todos los hijos de cubanos nacidos en el exterior”. Dado lo anterior, su hija puede perfectamente gozar tanto del derecho a una residencia permanente en Cuba por su condición de ser esposa legal de un cubano residente en el territorio nacional, como someterse al proceso de ciudadanía cubana y posteriormente solicitar su residencia.
      Le repetimos, es asunto a resolver y decidir por la DIIE, pero es su hija en Cuba la que debe compulsar ese proceso y en caso de inconformidad puede dirigirse a los órganos de gobierno correspondiente.
      Referente a la inscripción de su nacimiento, solo puede efectuarlo en el Consulado cubano en el país donde se produjo el acto (así lo establece el procedimiento), porque son los que posee las firmas registradas (para su comprobación) de los funcionarios que dan fe de la legitimidad del nacimiento inscrito en ese país y de las legalizaciones correspondientes, lo cual no pueden hacer los consulados cubanos de un tercer país.

  3. El padre de mi hijo esta fallecido, es el cubano, y el consulado en Argentina niegan poder hacer la transcripción si él no está. Aquí dice que debería bastar con el certificado de defunción. ¿Hay un número de decreto o algo en que sustentar mi petición?

    1. Soy ciudadana cubana y estoy casada con un ciudadano venezolano pero deseo tener mi hijo aquí en mi patria en Cuba. Quiero saber que tramites necesito hacer para luego llevarnos el bebe a Venezuela a vivir con nosotros, que debe de traer el padre para llevarnos al bb y donde nos podemos dirigir. Deseo estar orientada para ese entonces.

  4. Hola soy médico cubano estuve de misión en Venezuela en el tiempo comprendido de 2005-2009 tuve una relación con una venezolana con la cual tuve una hija a la cual no pude reconocer puesto que yo había solicitado el fin de misión para el mes de julio o agosto para poder inscribir a la niña en la embajada cubana de Venezuela y el fin de misión se me adelanto y tuve que venir el 11 de marzo del 2009 y la niña nació el 2 de abril del 2009 por lo que no pude darle mis apellidos. Yo intente a través de la embajada hacer los trámites de reconocimiento pero la madre en ese tiempo no estaba de acuerdo y nosotros estábamos separados. Actualmente la niña se encuentra viviendo en Colombia con la abuela materna puesto que por un proceso judicial en contra la madre por maltrato físico y abuso se decidió que la abuela tenga la guarda y custodia de la niña. La madre está en la disposición de cederme la patria potestad y la abuela también quiere que yo le haga el reconocimiento legal a la niña y que la traiga a vivir aquí a Cuba definitivamente. Fui a la embajada Venezolana en Cuba pero no me supieron aconsejar. Por favor estoy desesperado con toda esta situación y quiero reconocer y traer definitivamente a mi hija para Cuba ya que ha sido víctima de maltrato físico y sexual por parte de un marido de la madre.

    1. Realmente no podemos ayudarlo en esta difícil y penosa situación que presenta con su hija, cualquier proceso legal deberá realizarlo desde el ordenamiento jurídico de la niña que es venezolana y en aquella jurisdicción, desde Cuba no puede iniciar un proceso como el que necesita para tener a su hija.

  5. Quisiera saber si la escritura de autorización y consentimiento para viajar y realizar trámites de residencia en Cuba solo sirve como lo dice para obtener la residencia en Cuba o me sirve también para obtener la ciudadanía.

  6. Soy cubano y he tenido un hijo en España, pero no quiero que por ahora tenga la nacionalidad de Cuba, quiero saber si están emitiendo algún documento que exime de esa ley 352 para que mi niño obtenga la ciudadanía española por el valor de simple.

    1. EL Decreto No.352 se aplica a los que deseen que sus hijos nacidos en el exterior puedan optar por la ciudadanía cubana y no a todos obligatoriamente. El que no desee que sus hijos nacidos en otro país sean cubanos, pues simplemente no hace nada para ello, se olvida de dicha norma jurídica y actúa como considere en correspondencia con las leyes del país donde se encuentra. EL Decreto No. 352 otorga derechos, no dispone obligaciones para nadie.

  7. Soy hijo de cubano nacido en México, ya tengo mi registro consular y acta de nacimiento. Necesito llevar los originales de ambos documentos o le daría copias al consulado?.
    Además, quiero saber en este punto:
    a) Declaración del interesado o sus representantes legales cuando proceda, donde haga constar expresamente su voluntad de adquirir la ciudadanía cubana por nacimiento, a la que puede adjuntar cualquier otro documento o escrito que considere. Cómo se hace esa declaración?

    1. Es el Consulado cubano quien envía su nacimiento mexicano inscrito en aquella oficina al Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE) en La Habana, posteriormente UD obtiene una inscripción de ese nacimiento ya transcrito del referido registro, es entonces cuando se presenta de nuevo en el Consulado cubano en México y solicita la ciudadanía cubana, comenzando el correspondiente proceso, en el cual hace su declaración expresando la voluntad de adquirir dicha ciudadanía cubana.

            1. Llame a la Dirección de Notarías y Registros Civiles – 7838 3257, deben brindarle el número del Registro Especial, en tanto se mudaron de oficina recientemente antes de suspender los servicios por la COVID-19.

  8. Hola, somos un matrimonio cubano que tenemos un hijo de nacionalidad Chilena y queremos hacerle ciudadanía cubana a nuestro hijo,pero la duda es dónde la podemos solicitar en Cuba o en Chile,nos explican por favor, gracias, bendiciones.

  9. Soy cubana con doble ciudadanía, mi compañero es italiano y estamos en Alemania donde está por nacer nuestra hija, la cual adquiere la ciudadanía y creo nacionalidad italiana por no tener familia alemana, Estamos interesados en que tenga doble ciudadanía como yo, cubana e italiana. Es posible solicitar los documentos, pasaportes, sean cubanos que italianos desde Alemania donde estamos, donde debo ir y cuánto tiempo más o menos demoran los tramites.

  10. Yo quiero solicitar la ciudadanía cubana a mi hija nacida en Francia, las certificaciones de nacimiento del padre y mía deben tener un limite en la fecha desde que la expedieron o no es importante?

    1. Jurídica y técnicamente las certificaciones de nacimiento no caducan, por cuanto los datos consignados en ellas referente a la persona y sus ascendientes no varían con el paso del tiempo. El nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento del inscrito no varían, ni los datos de sus padres y abuelos. Asunto distinto es cuando se trata de certificaciones de matrimonio o divorcio y los antecedentes penales.

  11. Hola, soy cubana nacida en Polonia. Tengo pasaporte Cubano pero es la primera vez que me piden una transcripcion de Nacimiento para sacar uno nuevo. La embajda en Londres ( donde resido actualmente) me dijo que eso se resuelve desde Cuba, no ellos. Tengo el numero de tomo y folio pero llevo ya 9meses sin respuesta alguna desde cuba. Existe alguna otra via para obtener esa transcripcion de Nacimiento?

  12. Saludos, me gustaria saber como se llama el tramite y en donde deberia realizarlo. Si lo que quiero es un documento que demuestre que el nombre completo que aparece en mi cerrificacion de nacimiento emitida en rusia puesto que naci en la URSS, equivale a la misma persona que aparece con otro nombre en el certificado emitido por el Registro Especial en Cuba. Soy ciudadana cubana y no poseo otra ciudadania. Pero tengo documentos oficiales con ambos nombred pero poseo solo el pasaporte con uno de ellos. Muchas gracias

  13. Buenas. Soy cubano residente en Polonia. Mi hijo, residente en Polonia, ya mayor de edad, nació en Stgo de Cuba, 1982. En el año 1999 entró a Cuba de visita con su pasaporte polaco. ¿Puede entrar ahora a Cuba de visita, 2019 , con su pasaporte polaco? Aclaro, ni entonces ni ahora poseía/posee pasaporte cubano. Gracias por su atención. Roberto

  14. Hola. Mi esposa y yo vivimos en Cuba, pero hemos viajado a Alemania por 23 meses, donde realizo un posdoctoral hasta finales de junio del 2020, después del cual regresamos nuevamente para continuar viviendo en Cuba. Durante este primer año en Alemania mi esposa quedó embarazada; hace 2 meses nació nuestra bebé, y hemos recibido su certificación de nacimiento internacional. Faltando unos 8 meses para nuestro regreso a Cuba, podría por favor orientarme acerca de lo que debemos hacer para que nuestra pequeña obtenga su pasaporte en este tiempo que nos resta aquí en Alemania, de modo que podamos volar de regreso a Cuba como familia? Muchas gracias.

  15. Residimos temporalmente en Brasil. Acabé de hacerle un nuevo pasaporte a mi hijo (14 años) y a pesar de que en el consulado nos solicitaron la firma, cuando llego el pasaporte de él estaba sin esta. El anterior pasaporte de él llevaba la firma de la madre. Agradecería saber si en estos momentos vario alguna disposición legal al respecto que los pasaportes de menores cubanos no llevan ni la firma del menor ni la de sus padres.

  16. Preguntarles sobre el tiempo aproximado de entrega de los documentos de Transcripción de Nacimiento de mis dos hijos en el Consulado de Cuba en Caracas- Venezuela, o si los mismos una vez realizada la solicitud y consignados los documentos exigidos las respectivas transcripciones pueden ser retiradas mediante una autorización; debido a que el trámite es personalizado, no resido en el país y debo viajar para hacerlo.

    1. Por regla general, las transcripciones de nacimientos en los Consulados cubanos en Venezuela demoran alrededor de 2 meses para inscribirse en el Registro especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior (REAHCE), el cual emite las correspondientes Certificaciones de Nacimiento para acreditar ante terceros que el nacido en el extranjero hijo de cubano(a) está registrado oficialmente en Cuba y por tanto tiene el derecho constitucional de optar por la ciudadanía cubana. La certificación puede solicitarla personalmente en el referido registro, si se encuentra en el exterior puede pedir a alguien capacitado para ello le realice las gestiones y le envíe el documento por mensajería internacional.

      1. Hola.
        Cuánto tiempo se demora la certificación de nacimiento una vez que ya ha sido transcrito en el consulado de Cuba en Venezuela?

        Por otro lado, la solicitud de ciudadanía cubana la puede realizar mi padre que se encuentra en Venezuela ( yo en estoy en USA, soy mayor de edad y no tengo ninguna discapacidad). Se debe realizar un examen?

  17. Felicidades por este sitio que enriquece y facilita la obtención de conocimiento jurídico que tanto ayuda a los ciudadanos, realmente quisiera que me ayudarán porque es la primera vez que entro al sitio y no sé en qué categoría va mi pregunta pero bueno se las voy a hacer y gracias de antemano. Yo soy cubano resido en Cuba y mi abuela de 76 años también, pero es hija de un español de nacimiento y no tiene el apellido del papá sino los dos apellidos de su mamá ella tiene cuatro hermanos por parte de padre que están de acuerdo en que sea reconocida como hija legítima de su padre al igual que ellos y obtenga su apellido, ojo no hay ninguna herencia de por medio y aunque la hubiera a mi abuela no le interesa ella solo quiere ser reconocida y tener su apellido a igual que sus hermanos y poder optar por la ciudadanía española igual que ellos que ya la tienen uno de ellos reside en el extranjero, quisiera que me dijeran que tiene que hacer mi abuela y sus hermanos o por donde pudieran empezar a tramitar para que ella sea reconocida como hija legitima gracias de antemano.

  18. Soy venezolana , mayor de edad estoy residenciada en la Florida, mi madre es cubana, yo quiero obtener mi ciudadanía cubana tengo todos los documentos , quisiera saber si puedo hacer mi solicitud por la embajada cubana en Washington ,le agradezco si puede orientarme al respecto ,

  19. Fui al consulado en Washington y me dijeron que procesar la ciudadanía se demora 90 días en dar respuesta, se han visto casos que duren menos o mucho mas que esto?. Es igual de lento si se va a Cuba a hacerlo directamente?

    1. Los términos se establecen por igual en la Ley tanto para los consulados como para las oficinas de la DIIE en Cuba. Ahora bien, si presenta la solicitud en Cuba, una vez aprobada, deberá regresar a Cuba para notificarle la resolución dictada por el Jefe de la DIIE.

  20. Buenas.
    Soy padre de un hijo nacido en el año 1986 en Leningrado, Rusia e inscrito por mi ante las autoridades de ese país, pero nunca realice los trámites para su reconocimiento ante las autoridades cubanas.
    Recientemente, mi hijo se presentó ante la representación de Cuba en Moscú con el objetivo de comenzar los trámites para la obtención de la Ciudadanía Cubana, pero le manifestaron, que como pasó previo, debía de estar inscrito como mi hijo ante las autoridades cubanas.
    Que pasos debo seguir para su inscripción ante las autoridades cubanas, donde y que documentacion requiero para ello?

  21. No encuentro ningún artículo que haga referencia al registro de nacimiento y civil si corresponde, de hijo de extranjeros, que nace en Cuba, es decir donde puedo obtener información al respecto? La mayoría de países. Dan el registro y la nacionalidad al menor, donde puedo leer lo estipulado en Cuba?? Gracias

    1. Puede acceder a la LEY No. 51 “DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL” a través del siguiente link: http://juriscuba.com/legislacion-2/leyes/ .

      Además puede leer la Resolución No. 249 de 1-12-2015 que aprueba el Reglamento de la Ley No. 51 “Ley del Registro del Estado Civil” de fecha 8 de julio de 1985, http://juriscuba.com/organismos-estatales-2/justicia/resolucion-no-2492015/ . (GACETA EXTRAORDINARIA No. 38 de 3-12-2015) http://www.gacetaoficial.gob.cu/pdf/GO_X_38_2015.rar

  22. Como asentar en Cuba una defunción de un balsero muerto en la travesía, que se sabe que salio solo de Cuba, pero nunca llego. ¿Como solicitar un certificado de defunción para tramites notariales?

      1. Dos preguntas más sobre el mismo tema. Este proceso judicial de presunción de muerte tiene algún costo y cuanto puede demorar? Se permite utilizar en este proceso como prueba del fallecimiento un certificado de defunción legitimo, oficial y original emitido en otro idioma y fuera de Cuba? (Certificado que no está notariado ni legalizado o certificado en el consulado cubano del país que lo emitió)

        1. Si tiene costo, el correspondiente a los servicios jurídicos de asistencia y representación que le brindará el abogado de Bufetes Colectivos que contrate para ello. Puede utilizar cualquiera de los medios de pruebas existentes, ahora bien, si se trata de documento emitido en el exterior debe ser debidamente traducido al español y legalizado en el Consulado cubano en el país donde fuera emitido.

          1. Gracias por la respuesta. Lo que no me queda claro y me encantaría que me explicaran es la razón por la cual en el caso del balsero se puede hacer sin necesidad de presentación de ningún documento oficial y hacer la presunción de muerte y al cabo de transcurridos 3 años es válida y en el segundo caso no puedan hacer la presunción de algo que es un hecho y existen documentos legales y oficiales que lo demuestran (sólo per el simple hecho de estar emitido en otro idioma y por otro país)? O es que estoy entendiendo mal? Hay una incongruencia en la ley según yo lo veo, que en mi opinión da la impresión que obligan a seguir un camino largo, caro y burocrático cuando en otros casos no son necesarios (como en el caso del balsero).
            Existe algún procedimiento o vehículo legal disponible que no requiera la citada legalización, autenticación, certificación y traducción?
            Agradezco de antemano sus respuestas a estas preguntas. Estoy tratando de entender. Disculpen si ofendo a alguien con mis preguntas.

            1. Si UD posee una Certificación de Defunción de la persona no tendrá que someter un proceso de presunción de muerte ante el Tribunal competente en Cuba, con el referido documento podrá demostrar el fallecimiento, pero Ud habla sobre un desaparecido.
              En cualquier caso, referente a documentos emitidos en otro país, por imperio del artículo 19 de la Ley de las Notarías Estatales se establece que “para que los documentos notariales o certificaciones expedidas por Notario o funcionario extranjero surtan efecto en el territorio nacional, deben protocolizarse ante el Notario en Cuba, previo el cumplimiento de las formalidades establecidas en el Reglamento de esta Ley” en el cual se establece que:
              ARTÍCULO 45.- Cuando un documento escrito en idioma extranjero deba adjuntarse al documento notarial para formar parte de la matriz, es requisito indispensable realizar su traducción oficial, salvo que el Notario la realice.
              ARTÍCULO 97.- La protocolización de los documentos otorgados o expedidos por funcionarios extranjeros se llevará a efectos siempre que:
              a) Hayan sido autorizados o expedidos conforme a las leyes del país donde se otorgaron o expidieron;

              b) El funcionario autorizante estuviere plenamente facultado para ello.
              ARTÍCULO 98.- Los particulares señalados en los incisos del artículo anterior se acreditarán mediante certificación expedida por el funcionario consular o diplomático cubano autorizado para ello en el país de que se trate, lo que hará a su juicio o basado en los documentos que al efecto exija y que podrá agregar a dicha certificación.
              La firma del cónsul o funcionario consular cubano deberá estar legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba. Si los documentos estuvieren redactados en otro idioma, se procederá de acuerdo a lo que establece el artículo 45 de este Reglamento.

        2. Es obligatorio la recogida de la transcripción en el Registro Civil Especializado o puede solicitarse desde la provincia de origen del padre (o madre) en el Registro Civil provincial? Puede ser recogido por algún familiar?

  23. Hola estoy en el tramite de ingresar todos los documentos para la ciudania cubana de mi bebe pero tengo la siguiente duda que debe decir explícitamente esta citada Declaración del interesado o sus representantes legales cuando proceda, donde haga constar expresamente su voluntad de adquirir la ciudadanía cubana por nacimiento , por favor si es tan amable y evacua mis dudas
    Gracias

  24. Hola buenas noches, mi pregunta es la siguiente, soy nieto de abuelos cubanos y mi madre que es su hija es nacida en venezuela puede ella optar para la ciudadanía cubana y luego de hacerse cubana yo optar por la ciudadanía también ? , gracias!

  25. Buenos dias. Comence el intento de solicitar la ciudadania de mis dos hijos nacidos en Trinidad y Tobago a penas 3 meses despues de publicarse en la gaceta oficial el nuevo Decreto Ley 352. Con toda la documentacion que se requiere me presente a la consul cubana aqui y dijo no saber nada al respecto, y aun mostrandole el sitio web y la informacion, me remitieron a las oficinas de migracion en cuba. En julio del 2018 me presente en Cuba en dicha oficina y paso exactamente lo mismo y me dijeron que mejor hacer el tramite en la Habanao o en el exterior. Regrese nuevamente al consulado, y al ver que era un consul nuevo pense resolveria, pero nada, la misma historia y despues de busqueda por internet y lectura de sus documentos, no se pusieron de acuerdo como era el proceso para hacer el tramite, lo que provoco la impaciencia seguida de impotencia ante la falta de profesionalidad. Ellos me informaron que despues de legalizar los certificados de nacimiento de mis hijos podia traducirlos y presentarme a REAHCE para obtener las certificaciones. Yo se que no es asi. Pero que puedo hacer? Acaso puedo presentarme alla con los documentos legalizados y traducidos sin pasar por ese consulado? Opciones?

  26. Mi padre de nacionalidad cubana realizo la transcripción de mi nacimiento en el Consulado de Cuba en Panamá hace un mes, nos entregaron una certificación con la que podemos retirar el certificado de nacimiento en el Registro Civil, mi pregunta es si cualquier persona de mi confianza puede acudir allá con ese documento que me dieron y retirar el certificado, debe tener una autorización mía o simplemente presentando ese documento que nos dieron en el consulado se la entregarían? Si requiere una autorización, que formalidades tendría: una autorización simple o debo enviarla legalizada. Yo no estoy en Cuba y me urge ese documento.

  27. Hola mi esposa y yo somos cubanos y aunque vivimos en USA también tenemos residencia en Cuba. Cómo puedo hacer que mi hijo se haga ciudadano cubano el es nacido en USA.

  28. Quisiera saber por qué se demora tanto para hacer los tramites de la ciudadanía cubana, yo necesito viajar Cuba, pero mi bebé nació aquí en Italia, yo soy ciudadana Cubana y la inscribí sólo a mi nombre, ella ahora no tiene ningún nacionalidad, si se demora tanto por qué entonces aplicaron una ley que no pueden cumplir con un tiempo razonable, las personas tenemos necesidades, era mejor pasar 3 meses en Cuba que 6 o 8 esperando una respuesta para tramitar la ciudadanía.

  29. Mi esposa acaba de recibir del Consulado en Washington DC la Resolución del Ministerio del Interior de su Ciudadanía Cubana por ser hija de Madre nacida en Cuba, después de haberla registrado en el Consulado, sacado el Acta de Nacimiento en la Habana, etc. ese Documento indica que ya puede solicitar el Pasaporte y este tramite ya lo iniciamos en una Agencia Autorizada en Miami, la pregunta es que para USCIS este documento es la prueba de que ella ya es Cubana para otorgarle el CAA que esta en Proceso? en un Request for Evidence que tiene fecha limite nos pidieron la carta de Ciudadanía o el Pasaporte pero no creo que nos llegara a tiempo antes del 11 de Agosto, tengo entendido que esta Resolución es la prueba contundente de su Ciudadanía, me podrían aclarar este tema ya que estamos nerviosos por este proceso de Ajuste de Status?

    1. Hola Marlo tenemos el mismo caso de Ustedes , cuanto tiempo se demoro en que les dieran la resolución de ciudadanía cubana, y como la recibieron??? Por favor contestarme es urgente también tenemos fecha limite para entregar la evidencia. Tenemos un grupo de aprox 15 personas que estamos en la misma situación, Ya con esa resolución es suficiente solo debes traducirla y enviarla a USCIS, es lo que nos han dicho los abogados.Este es mi correo guaguis15@hotmail.com

  30. Hola, quisiera saber cuál es la diferencia legal entre la ciudadanía cubana y el otorgamiento de la residencia permanente en Cuba, se tienen los mismos deberes y derechos con una u otra? En ese caso cómo se hace para solicitar la residencia permanente de un hijo de un cubano nacido en el exterior?

  31. Hola tengo un bebé nacido en Italia quisiera saber que tiempo puede estar en Cuba visto que solo tiene su pasaporte italiano tenemos pensado viajar en Julio ya después haré su transcripción de nacimiento.

  32. Una pregunta por favor,un cubano con PRE indefinido en Domínica y que viva en Miami, para ingresar a Cuba, necesariamente tiene que pasar por dominicana o puede venir directo desde USA.

    1. Puede ingresar a Cuba desde cualquier país, ahora bien, no le podemos garantizar que las autoridades migratorias cubanas lo mantengan en la categoría de PRE, pues como UD refiere esa condición se le otorgó (permiso) para residir en Dominicana y no en EEUU.

  33. Yo Solicite mi Certificación de Nacimiento en el Consulado de Cuba en Venezuela. La obtuve antes del Decreto Ley No. 352, en vigor desde el 1 de enero 2018. Debo de solicitar la ciudadanía o la misma se genera automáticamente y se encuentra en el Consulado de Venezuela en Cuba. Yo resido en otro país, lo puedo tramitar en el país donde resido, de manera presencial?

      1. Necesariamente se debe solicitar en persona? O se puede enviar a un representante que lo haga en el país de origen? En mi caso mi papá se encuentra en Venezuela y yo estoy en Usa, le envié un poder específico para que pueda realizar mi transcripcion de nacimiento allá. Crees que él pueda realizar la solicitud de la ciudadanía en Venezuela con ese poder, o tengo que hacerlo en persona yo en Washington?
        Mi visa ya caducó y me da miedo viajar hasta Washington por vía aérea por mi estatus.

  34. Hice la transcripción del nacimiento de mi hija en el consulado me dijeron que después de un mes tenía que recoger el certificado de inscripción en 3ra y 26 en la Habana, consulta después de esto hay que solicitar la ciudadanía donde se hace eso en el consulado o se hace en Cuba.

  35. La transcripción de nacimiento de un niño nacido en el exterior hijo de cubano se tiene que iniciar en el consulado o se puede hacer estando en Cuba y llevando la partida de nacimiento legalizada por el país de nacimiento.

  36. Quisiera saber si conocen de alguien que haya obtenido la nacionalidad cubana por este método recientemente , yo apliqué hace 6 meses y todavía no me han dado respuesta.

      1. Hola Luis no todavía no me ha llegado hice reclamo en el consulado y dicen que ya se hizo la notificación a cuba pero no dan mayor respuesta que esa .

        1. Hola Sr. Mikel,
          De casualidad ya le dieron alguna información con respecto a su trámite de la ciudadanía? En caso afirmativo, cuánto tiempo se demoró todo el proceso?
          Muchas gracias de antemano.

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