Los hijos de padres cubanos nacidos en el exterior pueden adquirir ciudadanía cubana, también los nietos mayores de edad si sus padres la obtuvieron antes

CIUDADANÍA CUBANA POR NACIMIENTO – Derecho constitucional

IMPORTANTE: Los requisitos, términos y procedimientos para la solicitud de la ciudadanía cubana por nacimiento para los hijos nacidos en el exterior de cubanos, fueron modificados por el Decreto Ley No.352 de 30 de diciembre de 2017. Le recomendamos acceder al siguiente post que recoge la información actualizada sobre este tema: LOS HIJOS DE CUBANOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO PUEDEN OBTENER LA CIUDADANÍA CUBANA

 

Ciudadanía cubana por nacimiento. La Constitución de la República de Cuba son claros y establecen requisitos específicos: «Nacidos en Cuba o en el extranjero de padre o madre cubanos cumpliendo misión oficial o extranjeros que lucharon por la libertad de la nación».

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CIUDADANÍA CUBANA POR  NACIMIENTO
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CIUDADANÍA CUBANA POR NACIMIENTO
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Son ciudadanos cubanos los nacidos en Cuba o en el extranjero de padre o madre cubanos que se les solicite la ciudadanía y se cumplan los procedimientos.
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JURISCUBA
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235 comentarios sobre “CIUDADANÍA CUBANA POR NACIMIENTO – Derecho constitucional”

  1. Venezolana casada con cubano, quien tiene partida de nacimiento cubana, pasaporte cubano, vivimos en Venezuela, tenemos dos hijas una vive en Estados Unidos de 18 años, otra de 32 en mi país. Para mi hija mayor ya en el consulado cubano nos explicaron su situación para ciudadanía cubana hace unos años, la menor se le saco su partida de nacimiento venezolana ya legalizada no apostillada por lo del convenio de La Haya pero por enfermedad no se hizo en mi país, mi hija quiere su ciudadanía cubana, mi esposo no tiene visa, ella en donde reside como puede solicitar la ciudadanía cubana con sus 18 años de edad.

    1. Reclamar a la entidad, funcionarios o ejecutivos a los que le solicitó el servicio y en caso de insatisfacción dirigirse a sus superiores. JURISCUBA nada tiene que ver con la prestación de servicios como el que nos indica.

  2. Tengo un hijo de 4 años nacido en Argentina, estamos en Cuba hace casi dos años. Por problemas economicos no hemos podido terminar el tràmite para la adquisiciòn de la ciudadanìa cubana. Desde inicios de la cuarentena en nuestro lugar de residencia existe una situaciòn crìtica con la leche, dònde ùnico podìa adquirirla era en las tiendas en CUC, desde entonces no hay, he pedido ayuda al gobierno municipal y partido provincial y se me ha negado explicandome que està prohibido dar leche por oficoda a niños que no sean Cubanos, por otra parte ya en Noviembre 1ro empieza en edad escolar y tampoco acceden a que el menor pueda ir a la escuela en tanto termine sus tràmites. Me han dicho que existen escuelas para niños extranjeros. Què puedo hacer al respecto? Aclaro que vivo en Holguìn, municipio Moa, no hay escuelas aquì para extranjeros.

    1. Realmente no tenemos solución para UD, es un asunto de gobierno sobre el cual no tenemos jurisdicción alguna. Simplemente divulgamos contenidos jurídicos cubanos.
      Escriba a instancias superiores de gobierno, quizás puedan ayudarla, en definitiva se trata de un niño en Cuba atrapado por una pandemia.

  3. Soy venezolana con un hijo de padre cubano, estaba embarazada cuando terminó su misión aquí en Venezuela y hoy día está en Cuba desde hace 9 años. Por razones personales no continuamos juntos. Sin embargo, lo contacte para pedirle que registrara a nuestro hijo en Cuba y le otorgará su nacionalidad, pero por la presencia de una tercera persona afecta a él, ya no lo deja conversar conmigo al respecto, no he podido contactarlo directamente para que no solo lo registre sino para que el niño comparta con él en la isla, porque quiere verlo y compartir con su papá. En este caso, ¿Cómo podría hacer para registrar al niño con los apellidos de su papá y lograr, legalmente, que pueda tener el derecho de ver y compartir con su padre en Cuba?

    1. Si el menor no fue inscrito con el apellido del padre, sino con los dos de madre, solo se podría asentar el apellido paterno si el papá biológico comparece ante el registrador junto con la madre del menor y reconoce la paternidad, ello si se trata de inscrito en Cuba. Desconocemos la legislación venezolana al respecto. Si la persona no desea reconocer a su hijo, pues no existe forma de conminarlo a ello.

      1. Soy hijo de un ciudadano cubano radicado en Venezuela. Yo en estos momentos me encuentro en Perú, cómo haría para optar a la nacionalidad cubana.

  4. Hola soy venezolana tengo una niña que su padre biologico es cubano. Pero la niña tiene apellido de quien era mi esposo en su momento, como puedo hacer para q su padre biologico pueda reconocer la niña.

      1. Soy cubano, estoy fuera del país (Uruguay) quiero traer a mis hijos pero no tienen pasaporte. Puede la madre sacarle el pasaporte sin mi firma o presencia para hacer una reunificación familiar. Y en caso contrario que podemos hacer? La COVID-19 tiene todo cerrado y difícil acceso a los envíos de autorizo.

        1. Deberá esperar a que la situación sanitaria en sentido general o permita. Sin el documento suyo que autorice la expedición de pasaportes a sus hijos no le serán confeccionados, así lo establece la Ley y no se han dispuesto acepciones por la COVID-19.

      2. Soy cubana-canadiense, qué pasa si mi hijo nace en Cuba? La embajada canadiense me dice que lo puedo inscribir como canadiense pero que a lo mejor no me lo dejan sacar de Cuba.

        1. Para los efectos de las leyes cubanas UD es ciudadana cubana, no cubana-canadiense, por tanto, si su hijo nace en Cuba será ante el ordenamiento jurídico nacional “ciudadano cubano por nacimiento”. Nadie en Cuba le va a impedir que su hijo viaje a Canadá, son las autoridades canadienses las que deberán otorgarle visa al menor para viajar a ese país. Ahora bien, su hijo por ley deberá viajar con pasaporte cubano y en el futuro deberá entrar a Cuba siempre con dicho pasaporte.

  5. Mi esposo y yo somos cubanos pero tuve a mi hijo en Perú y soy ciudadana peruana también. Que debo hacer para obtener la ciudadanía cubana de mi hijo.

  6. Mi padre era cubano pero yo nací en Venezuela,quiero pedir mi ciudadanía cubana pero mi padre murió que documentos necesito llevar a la embajada?

      1. Soy cubano tengo la ciudadanía de los Estados Unidos también mi hija nació en Cuba como es el proceso de inscripción .

          1. Mi esposo es ecuatoriano – americano y por la COVID–19 no pudo venir a inscribir a su hijo, yo soy cubana, mi hijo nació bajo plena pandemia y ya que no pudo venir por el cierre de fronteras tuve que inscribirlo con mis apellidos y ahora si Dios quiere el viene y quiere inscribir a su hijo, como podemos hacer para la inscripción de nuestro bebe.

  7. pruebe.
    Soy Mexicano y mi pareja(no estamos casados aun) es Cubana con residencia Mexicana pario en Cuba por emergencia ¿como podemos hacer para traer a la niña cuanto antes?
    RESPONDER

  8. Buenas tardes, quisiera saber como procede un registro de divorcio que tramité por la embajada cubana en México para que pudiera registrarse el mismo en Cuba, según me comentaron que el trámite dura 90 días y que hay que recoger el certificado de divorcio en Calle 26, número 120, esquina 3ra, Miramar, Playa. En lo personal no soy de la Habana más bien de la provincia de Guantánamo, que posibilidades hay de que ese certificado me lo pudieran entregar allá y que gestión hay que hacer y donde hay que dirigirse. No se si se pude una vez pasado los 90 días hacer la solicitud por medio del registro civil de Guantánamo un certificado de divorcio o a fuerza hay que ir a la Habana a buscar ese documento a la dirección antes señalada.

    Muchas gracias

  9. Quería saber si para el avecindamiento un pariente en Cuba debe firmar un poder o es suficiente con los papeles que yo hice en el Consulado. También quería saber si el tiempo de los papeles se cuenta desde que los hice en el Consulado o desde que llega a Cuba. Cuánto tiempo se demora para que lo aprueben. Yo hice los papeles en el Consulado de Milano el 18 de enero y todavía no he tenido respuesta. Me podían dar un número de DIIE donde pueda llamar o un correo.

    1. La persona en Cuba debe hacer declaración jurada ante notario público cubano, en la que establezca su compromiso de brindar alojamiento. Todo lo referente a los términos de demora debe consultarlo directamente con el Consulado cubano en Milano, son ellos los que conocen sobre la duración de los trámites que realizan. Teléfono de oficinas de trámites en Cuba 18808 las 24 horas.

  10. Quiero saber cómo hago para darle la nacionalidad venezolana a mi hijo el nació en Cuba tiene 4 años me separe de la mama lo presente en cuba y ahora ella no quiere que mi hijo obtenga la nacionalidad, porque ella se fue a Brasil y dejo al niño con la abuela la cual es discapacitada de un brazo, yo estoy viviendo en Venezuela.

    1. Debe preguntar a los especialistas en temas de nacionalidad venezolana, preferiblemente abogados ahí en Venezuela donde UD se encuentra. Nosotros somos abogados cubanos en Cuba.

      1. Soy mexicana, de madre mexicana y padre cubano. Pero en mi acta de nacimiento mexicana mi padre aparece como mexicano. Ya tengo 24 años de edad y quiero obtener la nacionalidad cubana. Que puedo hacer? Me recomiendan hacerlo?

        1. Debe subsanar su acta de nacimiento mexicana, obtener una certificación de nacimiento corregida donde aparezca que su padre es de origen cubano. También deberá obtener una certificación de nacimiento de su papá, para después registrar su nacimiento en el Consulado cubano en México para asi comenzar el proceso de ciudadanía cubana.

      2. Estoy embarazada, vivo en Alemania y mi hijo nacerá aquí, el problema mío es el siguiente, mi esposo y yo somos cubanos pero yo tengo doble nacionalidad, es decir la cubana y la francesa adquirida por mi precedente matrimonio, entonces a mi hijo cual le podría dar por favor?

  11. Cuánto se demora un avecindamiento. Yo le hice los papeles a mi hijo que nació en Italia en enero y todavía no me han dado respuesta. Me preocupa porque tuve que volver de nuevo al consulado porque me llamaron que habían cambiado las leyes y quería saber. También necesito saber desde que te dan los papeles que mi hijo puede entrar a Cuba el máximo de tiempo de entrar.

    1. Como promedio el término es de 90 días. Le recomendamos que contacte con los funcionarios de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE), son ellos el órgano rector y responsable de dichos trámites.

  12. Soy cubana, mis hijos mexicanos y en unos meses me los llevo a Cuba, ya hice sus transcripciones de nacimiento, las necesito para hacer acá en México el trámite de avecindamiento, voy en mayo a recoger las actas, pero la información en la embajada es muy deficiente, no se tan siquiera donde las recojo en la Habana, me podrían dar la dirección, por favor soy de Villa Clara y pues no domino la ciudad quisiera ir a la dirección correcta.

  13. Mi esposa y yo somos cubanos, nuestra niña nació en Rusia por lo que no tiene actualmente nacionalidad porque ninguno de los padres estamos nacionalizados en este país. Fuimos al consulado cubano donde transcribimos a la bebé y solicitamos un Documento de Viaje y Transito (DVT) para que pueda viajar para Cuba. Mis preguntas son:
    1- ¿Qué tanto puede demorar la aprobación del DVT por parte de la DIIE para que una recién nacida pueda viajar de manera definitiva hacia la Isla?
    2- Cual es la dirección del Registro Civil Especial y si puede recogerse la Certificación de Nacimiento por uno de nuestros familiares en Cuba, asi como el resto de los trámites necesarios?
    3- Después de tener la Certificación de Nacimiento, cuáles serían los próximos pasos?
    Disculpe si alguna pregunta llegara a ser redundante, pero necesitamos todo el asesoramiento disponible ya que tenemos que hacer todas las gestiones a distancia por nuestra imposibilidad actual de que la niña pueda viajar a Cuba.

    1. Se supone que la DIIE otorgue el DVT en un término prudencial, es en el Consulado cubano donde deben responderle con más precisión dada su experiencia en esos trámites. El nacimiento del menor se asienta en el Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior, sito en calle 26 y 3ra, Playa, pudiendo solicitarse el certificado de nacimiento por cualquier persona, siempre que ya se encuentre inscrito al recibirse desde el Consulado de Rusia.

      1. Soy venezolana y mi esposo cubano. Di a luz a mi bebé de emergencia aquí en la isla. Mi pregunta es
        1 cuáles son los trámites para poder llevar a la bebé a Venezuela?
        2 en que tiempo la podré sacar

      2. Nací en Rusia en 1989, hijo de madre rusa y padre cubano. A los 2 meses mi madre regresó a Cuba, me inscribieron en el Registro Especial y a partir de ahí toda mi vida se desarrolló en Cuba. Para un trámite que haré en un país europeo tengo que demostrar que soy cubano de origen, ¿qué documento(s) demuestran tal condición, a pesar de haber nacido en el extranjero? Tengo mi certificación de nacimiento inscrita en el Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior, mi CI cubano, mi pasaporte cubano, etc, pero desconozco si estos avalan sin lugar a dudas que soy cubano de nacimiento.

  14. Soy cubana y tengo un hijo Alemán porque su padre es alemán, yo quiero llevar a Cuba a mi niño con mi mamá y papá un tiempo para estudiar y quiero saber hasta cuánto tiempo puede estar en Cuba sin que pierda su ciudadanía alemana.

    1. Ninguna ciudadanía del mundo se pierde, solo pasa esto con los cubanos y es la recidencia lo que se pierde no la nacionalidad, él puede estar en Cuba el tiempo que le den visado y lo mejor seria que fuera hacer la recidencia si va estar mucho tiempo, de lo contrario usted tramitar su nacionalidad cubana que a él le corresponde por usted

  15. Somos una pareja de cubanos con residencia canadiense y nuestra hija nació en Canadá. Es cierto que si entramos a Cuba antes de los 3 meses de nacida obtiene la ciudadanía sin tener que permanecer los 90 días? O aun entrando al país con ese tiempo debe permanecer en él?

    1. Desconocemos sobre ese particular. Lo cierto es que la niña es hija de cubanos, por lo que cumple el requisito constitucional para ser ciudadana cubana por nacimiento, siempre que sea inscrita en el correspondiente consulado cubano y asentado en el Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior adjunto al Ministerio de Justicia. Si la niña viaja a Cuba en cualquier momento y no está registrada como hija de cubano, pues simplemente no califica como ciudadana, al no existir constancia oficial sobre su procedencia de sangre con fuerza constitucional. Téngase presente que en Cuba no se ha aprobado una Ley de Ciudadanía que regule adecuadamente y atemperada a estos tiempos esa condición, solo se aplican algunos artículos de un añejo Decreto No. 358 “Reglamento de Ciudadanía” que data del 4 de febrero de 1944, que establece en su artículo no. 2: “Son cubanos por nacimiento: … b) Los nacidos en territorio extranjero, de padre o madre cubanos, por el sólo hecho de avecindarse aquellos en Cuba”, criterio utilizado para otorgar además la residencia permanente en el territorio nacional de los hijos de cubanos nacidos en exterior, emitirles carné de identidad, pasaporte y otorgarles el disfrute de otros derechos civiles. El tema es complejo, de interpretación variable, muy polemizado, poco abordado públicamente por las autoridades y los medios, confuso incluso para muchos funcionarios, en tanto no existe un marco regulador adecuado, conceptos bien definidos y uniformidad en la evaluación de los casos. Siempre recomendamos a nuestros visitantes, que ante las informaciones, criterios, contenidos o alegaciones incomprensibles, pregunten al emisor sobre los fundamentos legales que sustentan tal afirmación. Es un derecho conocer sobre la legalidad de la norma evocada con trascendencia jurídica para las personas y una obligación de los funcionarios referir dichos fundamentos normativos, por cuanto son prestatarios públicos llamados a la transparencia en el ejercicio de sus funciones.

      1. Soy cubana y estoy en Brasil hace cuatro meses y tengo refugio y cpf y estoy embarazada. Yo y mi esposo estamos casados, si mi hijo nace en Brasil tengo derecho a una residencia quiero saber.

  16. Soy mexicano y estoy casado con una cubana exiliada en México. Como yo como mexicano puedo obtener la ciudanía Cubana? No tenemos hijos puesto que ya no estamos en edad de eso.

    1. La ciudadanía sería un difícil proceso, y sería por naturalización, pero la residencia si podría obtenerla si se van los dos a vivir de manera permanente en Cuba y hace su solicitud en uno de los Consulados cubanos en México.

  17. Mi papa es cubano porque su papa era cubano y le dio su ciudadanía, yo soy venezolana y tengo 32 años. Puedo optar a la ciudadanía? en la web de la embajada cubana en Venezuela dice que solo puedo hacer la transcripción de nacimiento de hijo de padre cubano en el libro de registro, mas eso no me da la ciudadanía, porque para eso son otros requisitos según la ley de ciudadanía de 1944. Mi pregunta que más requisito necesitaría entonces? ese registro de nacimiento me sirve para aplicar luego a un CAA?

    1. Solo los hijos directos de cubanos pueden optar por la ciudadanía cubana por nacimiento. UD no es hija, sino nieta de cubano, por lo que no cumple el requisito básico constitucional.

  18. Me encuentro viviendo en Portugal, tengo una niña nacida aqui de un mes, que debo hacer para solicitar la ciudadania cubana, ambos padres somos cubanos, tenemos recidencia portugueza que deno presentar para tramitar su ciudadania.

    1. No lo hagas!!! Que sea portuguesa solamente . La ciudadanía cubana es un obstáculo hoy día para cualquier persona que haya nacido en el exterior y quiera en un futuro tener una carrera política o militar, federal o gubernamental en su país de origen. Siempre cuestionaran su lealtad a su país de origen cuando sea doble ciudadana. Te lo reprocharán de por vida. Que sea ella quien decida en su mayoría de edad. !!! Saludos.

    2. Soy Mexicano y mi pareja(no estamos casados aun) es Cubana con residencia Mexicana pario en Cuba por emergencia ¿como podemos hacer para traer a la niña cuanto antes?

      1. Viaje a Cuba y dejé embarazada a mi chica, no es una chica cualquiera, pues la amo, ella tuvo mi hijo en Cuba, no estamos casados, yo soy español, podría pedir reunificación familiar para que vinieran los dos conmigo a España, o al haber nacido mi nene en Cuba y no estar casado con mi chica no puedo optar a esa opción

        1. Sobre la reunificación familiar para España debe preguntar a las autoridades de ese país. Para el caso de Cuba Ud. podría solicitar en el Consulado cubano su residencia permanente.

  19. Una pregunta de nacionalidad, si mi bisabuelo y bisabuela eran cubanos de nacimiento, pero emigraron a estados unidos en 1890 se puede obtener la nacionalidad por descendencia o no, ya mi papa y abuelo nacieron en USA. Yo no nací en Cuba ni he residido nunca.

  20. Menor italiano. El consentimiento notarial del padre extranjero, para la adquisición de la ciudadanía cubana del menor y obtención de la nacionalidad cubana por nacimiento. Si el padre italiano no quiere?

    1. Si el padre no desea que su hijo sea cubano no se cumple un requisito de ley y no procede, hasta que el menor alcance la mayoría de edad y decida si quiere o no ser ciudadano cubano.

  21. Soy cubana y quiero sacar pasaporte a mi niño de 2 años, pero no puedo porque su padre está en EE.UU. y no me ayuda, él es balsero y no aparece en el sistema que puedo hacer.

    1. Si el padre se niega a dar su consentimiento para la solicitud del pasaporte del menor, y no está registrado como emigrante en el sistema de la DIIE, UD nada puede hacer por el momento, hasta donde nosotros conocemos, no obstante, como UD reside en Cuba, le recomendamos que visite una de las oficinas de Migración y haga la específica consulta de su caso.

  22. Soy cubana y tengo nacionalidad italiana, mi hija nació en Estados Unidos, aparte de la ciudadanía americana también tiene la ciudadanía italiana, puede hacerse ciudadana cubana? cuantas ciudadanías se puede tener? en espera de una respuesta.

    1. Su hija puede optar por la ciudadanía cubana al ser hija de mujer cubana, con independencia de las demás ciudadanías que posea. Las autoridades nacionales solo reconocerán la cubana.

  23. Soy cubana y tengo residencia temporal en otro país, nunca he estado en situación irregular respecto a las leyes migratorias cubanas. He leído las informaciones que ofrecen aquí y no tengo dudas al respecto, pero me gustaría que me ayudaran en mi caso que es el siguiente: mi hijo mayor nació fuera de Cuba y yo le solicite el avecindamiento siguiendo todos los trámites y documentación pertinentes. Después de 8 meses en Cuba, la oficina de emigración con la cual tramite todo no me dio ninguna respuesta positiva o negativa acerca de lo que podía estar pasando en el caso de mi niño. Al salir de Cuba, después de tantos meses, pues por mi residencia temporal ya no podía ausentarme más, tuve que pagar la estancia de mi niño en Cuba por los meses de espera del trámite. Ahora vamos nuevamente a Cuba para lo cual tendré que solicitar visa para mi niño y me gustaría que me asesoran en lo siguiente:
    1. Donde hacer alguna reclamación para finalmente saber si se le concede o no el avecindamiento al niño.
    2. Tengo que volver a solicitarle el avecindamiento y en consecuencia que hacer todos los documentos nuevamente?

    1. Debe dirigirse a las oficinas de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, sitas en calle 20, e/5ta Ave y 7ma Ave, Miramar, Playa, La Habana, allí deberán responder a todas sus interrogantes. Son ellos el órgano regulador y ejecutor del proceso al que nos hace referencia. En caso de inconformidad podrá dirigirse a “Atención a la Población” del Ministerio del Interior, sita en su sede central en los edificios de Plaza de la Revolución.

  24. Quisiera que me ayudara a solucionar este caso y a responder la siguiente pregunta. Se lo agradecería: se lo coloco así para que entienda mucho mejor. Luisa Castro de nacionalidad cubana, de profesión médico integral, se encuentra en Venezuela cumpliendo con la misión Barrio Adentro por un tratado internacional suscrito entre varios países. Esta ciudadana tiene un año en el país. En Cuba ha dejado a toda su familia incluyendo un niño de 7 años de edad y su anciana madre. Pero como ha estado mucho tiempo sola en este país se enamoró de Pedro Chávez, que es venezolano, también medico egresado de la ucla y ahora quieren casarse para ser muy felices, para ello Castro quiere renunciar a la misión por la cual llego a este país Barrio Adentro, hacer la reválida de su título en Venezuela y traerse a su hijo y a su madre. Es el caso, según las leyes civiles cubanas puede renunciar a su trabajo, hacer reválida, quedarse en Venezuela, pero no puede traerse al niño a este país porque hay una prohibición expresa por la ley nacional de Cuba para sacarlo del país y en caso que de Castro contraiga matrimonio en Venezuela pierde la patria potestad de su hijo, es por ello que desesperada acude a su escritorio jurídico buscando asesoría legal se pregunta: ¿Cuál es el factor de conexión que distribuye la competencia en cierto caso?

    1. La doctora cubana a la que hace referencia, suscribió un contrato y asumió un compromiso laboral con el Ministerio de Salud Pública y el estado cubano, viajando a Venezuela en misión oficial y con pasaporte de igual condición, en tanto, si incumple las obligaciones pactadas en las cláusulas contractuales, deberá aceptar la responsabilidad que le corresponde y consecuencias de tales incumplimientos, le recomendamos que revise su contrato y se asesore con abogados especialistas en esos temas. Por otra parte, no existe en ninguna ley cubana un articulado que contemple la pérdida de la patria potestad de los padres por las razones que refiere.

  25. Soy médico cubano me encuentro cumpliendo misión en Venezuela donde tuve una relación con una venezolana fruto de la cual tengo un hijo de 2 meses, yo quiero registrarlo en el Consulado para que posteriormente obtenga la nacionalidad cubana, ya lo hice en el registro civil venezolano donde aparece como mi hijo. Mis superiores en la misión me dijeron que para registrar al niño debo estar casado legalmente con su madre, cosa que no comprendo si legalmente bajo las leyes de este país soy su padre. Por favor ayúdenme debo o no estar casado legalmente, queme sugieren que haga?

    1. El derecho a registrar su hijo, nacido en el extranjero, en el Consulado de Cuba, para que posteriormente opte a la ciudadanía cubana por nacimiento, se lo otorga a UD la Constitución cubana y no su estatus civil, casado, acompañado, soltero, viudo, formalizado o no. El niño es hijo de un cubano, y tanto UD como él tienen el derecho constitucional a ser registrado como tal, no tiene que estás casado legalmente con la madre del menor, al menos no es un requisito que exige la ley. No obstante, le recomendamos que pregunte a sus superiores, cuál es el fundamento jurídico que sustenta lo que, según UD, le dijeron.

  26. Buenas, soy venezolana de padre cubano, tengo 27 años.
    Mi padre no tiene pasaporte cubano, es necesario que lo tenga para yo poder solicitar la ciudadanía cubana?

  27. Soy chilena y tengo dos hijos chilenos de padre cubano, planeamos ir de vacaciones a Cuba, pueden mis hijos ir con pasaporte chileno y visa de turista? O tengo que necesariamente inscribirlos en el consulado de Cuba en chile y hacerlos viajar con pasaporte cubano, tiene eso algún beneficio aparte de ciudadanía cubana que no planeo sacarles por ahora , No pensamos ir más de 21 días como vacaciones.

  28. Soy cubana y mi niña nació en Venezuela, ya tengo su transcripción de nacimiento en Cuba y el poder legalizado del padre que es venezolano. Sé que debe estar en Cuba 90 días mínimo pero la visa no abarca ese tiempo. Tengo una amiga que viajó a realizar el trámite de su niña y me dice que debe pagar 100 dólares mensuales por la prórroga. No entiendo nada y además me gustaría saber si a la hora de regresar a Venezuela cuando la niña haya obtenido su avecindamiento hay problemas, pues esta estudiando.

  29. Hola cuco, igual me han dicho a mi, soy cubana y vivo en España, me acerqué al consulado de Cuba en Sevilla para inscribirlo y me han dicho que debo dirigirme al consulado cubano en Berlin, porque allí fue donde nació. Efectivamente, envié correo y me explicaron que sí, que debemos trasladarno hasta allí con el niño y con su documentación. Recomiendo te comuniques con el consulado corespondiente, que seguro te orientaran debidamente, espero haberte ayudado.Suerte, ahh, me gustaria compartieras tu exito.

  30. Soy cubana y mi esposo también, los dos vivimos en Bélgica y tenemos la nacionalidad belga, pero seguimos siendo cubanos, nuestro bebe nació y cuando fuimos a inscribirlo como tenemos carnet belga, le pusieron al niño como es la ley aquí solo los apellidos del padre, mi pregunta es, ¿el primer paso es inscribirlo aquí en la embajada de cuba en Bruselas y si lo hacemos así será inscrito como lo hacen en Cuba con sus dos apellidos como los cubanos?

    1. En el artículo 14 de la Ley No. 51 “Del Registro del Estado Civil” se establece: “El Registro del Estado Civil estará integrado por un sistema de inscripciones y notas marginales de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas, que se denominarán asientos, y constarán indistintamente…” entre otras, apartado ch) las oficinas consulares de Cuba. http://juriscuba.com/wp-content/uploads/2015/10/Ley-No.-051-Del-Registro-del-Estado-Civil.pdf
      En el artículo 20 de la referida Ley se consigna “En las oficinas consulares de Cuba se inscribirán los hechos y actos relacionados con el estado civil de cubanos e hijos de cubanos en el extranjero, los que se transcribirán en las oficinas del Registro Especial. Los funcionarios consulares o diplomáticos autorizados para ello, remitirán al Ministerio de Justicia, dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha en que se practica la inscripción, y por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, copia certificada de dicho asiento …”
      Por otra parte, en el artículo 23 se expone: “Los funcionarios consulares o diplomáticos autorizados para ello ejercerán las atribuciones y funciones de registrador del estado civil, de conformidad con lo establecido en esta Ley y su Reglamento”.
      En el artículo 41 se definen los datos que contendrá la inscripción de nacimiento:
      a) Lugar y fecha en que se extienda el asiento;
      b) nombres y apellidos del registrador;
      c) oficina del Registro en la que se proceda a extender el asiento;
      ch) nombres, apellidos y firma de los declarantes, con expresión de sus números de identidad permanentes;
      d) el hecho de la declaración del nacimiento, con expresión de la hora, fecha y lugar en que haya ocurrido;
      e) el sexo;
      f) nombre o nombres con que se identificará el nacido;
      g) nombres, apellidos, lugar de nacimiento, ciudadanía y domicilio de los padres;
      h) nombres de los abuelos maternos y paternos;
      i) en virtud de qué actos se practica la inscripción,
      j) firma del registrador y sello oficial que identifique la oficina del Registrador del Estado Civil.
      Finalmente, en el artículo 45 se establece de manera clara que: “Corresponderá a los hijos, como primer apellido, el primero del padre; como segundo, el primero de la madre. Si existiera matrimonio formalizado o reconocido judicialmente, la inscripción del nacimiento del hijo efectuada por uno solo de los padres surtirá efectos legales con respecto a ambos, excepto en los casos en que se impugne de conformidad con lo establecido en la ley.
      No obstante, es en el Consulado cubano donde le deberán explicar todos y cada uno de los requisitos y aspectos relacionados con el acto.

  31. Quiero saber el procedimiento para que mi hijo obtenga la nacionalidad cubana por su padre, yo soy venezolana y el niño nació en Venezuela.

    1. Que todos los nacidos en el territorio nacional, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren al servicio de su gobierno o de organismos internacionales son ciudadanos cubanos, por fuerza de la Constitución, mientras que no todos los ciudadanos cubanos tuvieron que haber nacido en Cuba, ya que la ciudadanía también se puede obtener por otros requisitos. http://juriscuba.com/fundamentos-constitucionales-de-la-ciudadania-cubana/

  32. ¿Si voy de turista a Cuba y embarazo a mi novia cubana y luego regreso hay alguna forma que me den la nacionalidad cubana? ¿O si voy de turista podría casarme con ella y traerla o es un trámite difícil? Soy de Perú y sé que como turista le piden muchos requisitos, pueden indicarme alguna forma legal de traerla fácilmente por favor.

  33. Quisiera saber donde encontrar el documento oficial donde aparecen «las formalidades que la ley señala». El Consul cubano del país donde resido no acepta registrar el nacimiento literal de mi hijo porque nacio en otro pais. Dice que tengo que ir a ese otro pais a registrarlo en el Consulado cubano alla. Necesito algun documento oficial a donde referirlo.

    1. Lamentablemente nosotros no disponemos de ese documento, puede que algún visitante del sitio lo posea y lo haga saber por este medio. No obstante, cuando un funcionario público hace referencia de una norma de alcance a un ciudadano cubano, está en el deber de indicarle el articulado y el fundamento de derecho de dicha disposición.

  34. Yo he nacido en España, pero mi padre es cubano y mi madre es española. Me dijeron que tengo doble nacionalidad y por lógica ¿podría estudiar allí Medicina, por ejemplo, como un ciudadano normal? La anterior vez que fui y pregunté me trataron como si fuese totalmente extranjera.

  35. Tengo una hermana en Estados Unidos y tubo un niño allá hace unos meses, ellos siguen siendo cubanos ya que no han pasado fuera de Cuba 2 años según la ley nueva, ahora le quieren hacer los trámites al niño para que tenga la ciudadanía cubana y pueda estar en Cuba el tiempo que quiera. ¿Cómo es el asunto y los trámites que tiene que hacerse?

    1. Somos dos médicos cubanos con residencia permanente en Brasil, con un niño brasileño pequeño, queremos saber si entramos a Cuba con el niño con visto de turista, ¿el país está en la obligación de dejarnos salir con él para acá para Brasil, puesto que él es sólo brasileño por el momento?

      1. Las regulaciones que alcancen a cubanos en su condición de profesionales de la salud, no deben estar sujetas a variaciones porque éstos tengan un hijo nacido en otro país, en tanto el niño por su condición de extranjero no los libera de la norma establecida. Le recomendamos consultar su caso en el Consulado cubano en Brasil antes de viajar a Cuba con el menor.

  36. Soy cubano, me encuentro cumpliendo misión internacionalista en Venezuela donde he tenido un hijo, qué pasos debería seguir para que mi hijo adquiera la nacionalidad cubana.

  37. La inscripción de nacimiento debe ser traducida por un traductor certificado y notariado por un notario público no es necesario que sea notariado por un abogado. Mi caso es de Estados Unidos quiero hacerle la transcripción de nacimiento a mis hijos yo soy cubana de nacimiento
    Le hago está pregunta porque aquí los notarios no son abogados y es un trámite muy engorroso, por favor, si puede explicarme si traducido por un traductor y notariado por un notario sería suficiente para hacer el trámite.

    1. Si reside en EEUU y sus hijos nacieron en ese país y las certificaciones de sus nacimientos son expedidas en Ingles, deben ser traducidas al español y certificado por Notario público (no tiene que ser abogado), posteriormente registrarlas en el Consulado cubano en Washington.

  38. Mi abuela materna era cubana, mi mama (colombiana) solicitó al Consulado un registro de estado civil y obtuvo certificación de nacimiento cubana, por lo que está inscrita en libros de Cuba en la sección de nacimiento y obtuvo su ciudadanía (ahora es ciudadana cubana). ¿Pudiera obtener de igual manera mi ciudadanía por ser hijo de ciudadana cubana?

    1. Solo “los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos, previo el cumplimiento de las formalidades que la ley señala” pueden optar a la ciudadanía cubana por nacimiento, según se establece en el apartado (c) del artículo 29 de la Constitución de la República de Cuba. Los nietos de cubanos u otros familiares, cuyos padres no nacieron en Cuba no pueden optar por la ciudadanía cubana en esa condición.

  39. Soy cubana y resido en Italia, quiero solicitar la ciudadanía cubana de mi hijo que nacio aquí en Italia hace un mes y queria saber que documento debo llevar al consulado cubano para hacer los tramite y que devo hacer.

  40. ¿Si estoy en Cuba con mi esposa y nos nace un hijo en el periodo de estancia de 90 días el niño sería cubano o no? y nosotros podremos obtener la residencia y luego a él le puedo tramitar nuestra nacionalidad española.

  41. La escritura notarial de avecindamiento y el consentimiento de ambos padres para que el menor obtenga la ciudadanía, ¿estos actos se dan en un solo documento o son dos documentos independientes? y segundo, en caso que uno de los padres no viaje a Cuba (ambos padres ciudadanos cubanos) puede realizarse el consentimiento ante el cónsul cubano en la embajada correspondiente.

  42. Soy cubana, mi hijo es italiano, la inscripción de nacimiento ha sido tramitada desde pequeño, por lo que ya está en el Registro cubano. Fui este verano y no pude hacerlo residente ni ciudadano porque debía permanecer más de tres meses y no daba tiempo pues no tienen todo ese tiempo de vacaciones, no queremos residir, solo hacerlo ciudadano, pues soy propietaria de una casa y me dice la notaria que no hereda si no es residente o ciudadano cubano. ¿Debo por fuerza estar todo ese tiempo en el país?
    ¿Por qué no es posible solicitar ciudadanía por el Consulado como en otros países? el consulado de Roma me dice que debo estar en Cuba.

    1. Debe avecindarse en Cuba por 90 días como mínimo, ese es el procedimiento legal. No se hace como en otros países porque cada nación tiene sus propias leyes que no siempre son iguales o parecidas entre si.

  43. Soy chilena y mi pareja es cubano. Tenemos una hija de 3 añitos, vivimos en Chile, quiero comenzar el trámite de nacionalidad cubana y quisiera saber el costo, cuanto sale dicho trámite y cómo se hace con el período de avecindamiento, ya que hemos ido una vez y en forma de vacaciones.

  44. Hace unos días Uds. me aclararon ciertas dudas en cuanto a la obtención de la ciudadanía cubana de nuestra hija nacida en Italia. Ya aclaradas las dudas hemos comenzado con la transcripción del nacimiento en el Consulado cubano aquí. Pero nos dicen que para continuar con el avecindamiento, se debe hacer una solicitud para que la niña adquiera la ciudadanía cubana, esta tiene que ir a Cuba y ser aceptada. Mi pregunta es, si ambos padres somos cubanos y queremos que la pequeña también tenga nuestra ciudadanía, es posible que no nos acepten la petición de ciudadanía cubana para ella? Que tiempo pudieran demorarse en dar contestación?

    1. La niña debe residir en Cuba más de 90 días y otorgársele su residencia permanecer, es muy poco probable que se le niegue su derecho a adquirir la ciudadanía cubana siendo hija de cubanos, tendría que existir una razón que sobrepase la tutela constitucional de esa condición.

      1. Muchas gracias por su respuesta. Ahora solo esperar a que llegue la aceptación de la solicitud para poder viajar a cuba y seguir con el procedimiento. Saludos y gracias, gracias otra vez.

  45. Mi esposo y yo somos cubanos pero nuestro hijo nació en Panamá. Nosotros queremos regresar a vivir a Cuba. Es posible que solo le saquemos la residencia cubana a nuestro hijo sin la ciudadanía? Me gustaría que nos brindaran asesoramiento sobre lo que debemos hacer muchas gracias.

    1. Si puede solicitar solamente la residencia permanente en Cuba de su hijo en tanto es hijo de cubanos, para lo cual le recomendamos que se dirija al Consulado de Cuba en Panamá, allí sabrán indicarle los requisitos y el procedimiento para lograrlo. No necesariamente tiene que optar por la ciudadanía cubana de su hijo, ese es una opción voluntaria, no una obligación.

  46. Soy venezolana, tengo una hija de 9 años nacida aquí en Venezuela de un cubano. El actualmente vive en cuba y quiere reconocer legalmente a su hija cuales serian los procedimientos a seguir estando el en Cuba y yo aquí en Venezuela.

    1. Debe preguntar a los especialistas y abogados en Derecho de ese país, pues se rata de una niña que nació en Venezuela, ciudadana venezolana e inscrita bajo el ordenamiento jurídico de esa nación. Este es un sitio sobre Derecho cubano

  47. Soy Eslovaca y tengo un hijo con un cubano y El niño nació en Eslovaquia y deseo que obtenga doble ciudadanía, es posible y que requerimiento necesitamos.

  48. Somos cubanos residente en Brasil y tenemos una niña que por nacer aquí tiene la nacionalidad brasileira. Mi duda es que si yo la inscribo en el Consulado cubano ella pierde la nacionalidad Brasileira?

  49. Envié las actas de mis hijos a la oficina de registro civil especial atreves de la embajada cubana en México, me dijeron que puedo recoger en Cuba pero no encuentro su teléfono.

  50. Soy cubana y resido fueran del territorio nacional, quiero solicitar la ciudadanía por nacimiento de mi hijo él cual no nació en suelo cubano. Comencé los trámites, ya inscribí a mi hijo en la embajada del país donde resido y el Cónsul no me dio tomo ni folio del documento de inscripción, pues me comunico que él tomó y folio de los documentos se dan en Cuba en el Ministerio de Justicia. Viajo con él a Cuba dentro de dos semanas para comenzar el período de avecindamiento de mínimo tres meses. Otro de los requisitos es Escritura Notarial de avecindamiento de los padres del menor y Consentimiento Notarial del padre o la madre, en caso de que uno de ellos sea extranjero, para la adquisición de la ciudadanía cubana del menor y obtención de la nacionalidad cubana por nacimiento.
    Por favor puede explicarme a que se refieren estos dos últimos puntos pues necesitó comprender con exactitud cómo elaborar el documento?
    El consentimiento notarial y escritura notarial de avecindamiento tiene validez en Cuba si es expedido por un notario del país donde resido.

    1. La certificación de nacimiento de su hijo cuya inscripción tramitó en el Consulado cubana en el país donde se encuentra la puede solicitar y obtener en el Registro Especial de Hechos y Actos de Cubanos en el Extranjero, adjunto al Ministerio de Justicia, sito en calle 26 esquina 3ra, Miramar, Playa, La Habana
      La escritura notarial de avecindamiento de los padres del menor la puede realizar ante Notario cubano en el territorio nacional..
      El consentimiento notarial del padre extranjero, para la adquisición de la ciudadanía cubana del menor y obtención de la nacionalidad cubana por nacimiento la puede emitir ante el Consulado cubano del país donde residen o si el padre viaja a Cuba hacerla ante Notario público nacional.

  51. hola soy mexicana y mi mama es cubana , quiero obtener la ciudadania cubana , pero por el trabajo aquí en mexico no puedo pasarme 3 meses en cuba , que puedo hacer?

    1. Soy venezolana mayor de edad mi padre era cubano y vivió en Venezuela, falleció hace 22 años. ¿Cómo podría obtener la nacionalidad cubana?

  52. Soy española casada con un cubano (tiene también pasaporte español pero no renuncio a su nacionalidad cubana) y tenemos dos niñas de 6 años. Estamos interesados en que las niñas adquieran la nacionalidad cubana y hemos leído que deben avecindarse durante tres meses en Cuba. Mi marido no podría estar tanto tiempo en la isla por temas de trabajo pero yo sí podría estar y él podría estar con nosotras 15 o 20 días y realizar en ese tiempo cualquier trámite que sea necesario. Además si es necesario mis suegros, ambos cubanos, también están allí. ¿Es esto posible o debemos estar los cuatro los 90 días en Cuba? ¿Perderían mis niñas su nacionalidad española al solicitar la cubana?

      1. Disculpen, sé que esta pregunta la contestó anteriormente, diciendo que los niños debían entrar con visa de turista y que las autoridades migratorias les concederían el correspondiente permiso de estancia por el avecindamiento, pero no estoy segura de si a mí también me concederán ese permiso (soy su madre, pero no soy la que se va a avecindar).

  53. Quiero hacer el proceso de trascripción de nacimiento a mi hijo nacido en el exterior, mi duda es que tiempo demora luego de que llevo los papeles requeridos al Consulado correspondiente del país donde estoy y el momento que debo viajar a realizar el avecindamiento.
    La otra duda es si voy a viajar mínimo por tres meses, para el avecindamiento, tengo que sacarle visa a mi hijo por ese tiempo o ya el hecho de realizar el trámite le permite la entrada a cuba sin tener que pagar como turista.
    Y la otra es que si puedo gestionarle allí derecho a la libreta de abastecimiento para que reciba los productos que entregan a los menores.

    1. Desconocemos el tiempo de demora en el Consulado, le recomendamos preguntar directamente en ese lugar. La visa de su hijo es de turista y en Cuba las autoridades migratorias le otorgaran el correspondiente permiso de estancia por el avecindamiento. Sobre la libreta de abastecimiento no sabríamos decirle, no somos especialistas en procedimientos para la distribución de los alimentos normados en Cuba.

  54. Soy hija (mayor de edad) de padre cubano ya fallecido, puedo obtener con su partida de nacimiento una certificación consular de nacimiento? Qué tramite debo realizar para obtenerlo.

  55. En cuba cuando voy a la direccion donde resido es casa de mi mamá, yo teniendo un permiso permanente de entrada en el pasaporte cubano como DIE no tengo carnet de identidad cubano, y puedo estar estar en cuba solo 3 meses, con un mes de prorroga. Como podria hacer, pues aun no tengo la repatriacion. Visto que mi bebè nace en noviembre.Gracias

  56. Soy cubana con ciudadanía italiana, viuda con una pensión se reversibilità , regrese de Cuba a Italia en abril del año en curso, después de hacer todos los trámites de repatriación porque en Italia me encuentro sola, sin familia ni nadie con quien contar ,mi pasaporte cubano tiene permiso DIE, me encuentro embarazada al 7to mes y el padre cubano de mi bebé no lo reconoce como suyo, yo le doy mis apellidos, puedo ? Otra pregunta es, en abril 2017 hace el año para la aprobación de repatriación yo puedo ir ahora a Cuba visto que mi familia está toda allí y poder hacer nacer mi bebé en mi país.

    1. Si UD tiene pasaporte cubano vigente puede viajar a Cuba cuando lo desee. Si tiene residencia permanente en Cuba puede parir como cualquier mujer cubana y si lo desea puede poner a su bebe solo sus apellidos.

  57. Hola, mi esposa y yo somo Cubanos, vivimos en Italia, tenemos solo la ciudadania Cubana. Nuestra hija naciò hace un mes y medio, y en Italia no le dan la ciudadania por nacimiento. Queremos por lo tanto solicitarle su ciudadania cubana como mi esposa y yo. Cuales son los pasos que debemos tomar para este proceso ya que somos los dos ciudadanos Cubanos? Porque luego de haber leido el articolo, tenemos la duda de si es obligatorio que la niña permanezca los 90 dìas en territorio Cubano, ya que los dos trabajamos, y no es posible ausentarse 90 dìas del trabajo.
    Muchas gracias.

          1. Es posible hacerle el pasaporte a la niña ya que no tiene ciudadania alguna?

            Si no es posible, con que documento viaja a Cuba la niña?

            Muchas gracias por su disponibilidad.

            1. Deberá preguntar a las autoridades del país donde se encuentra que documento le expiden ellos a la niña para que pueda viajar al exterior. Cada país tiene sus reglas y normas en tal sentido.

  58. Soy venezolana nacida en Mérida-Venezuela, mayor de edad (25 años), hija de madre venezolana y padre cubano nacido en Santiago de Cuba, él desde muy pequeño vino a Venezuela con mi abuela paterna (también cubana), y se establecieron aquí y más nunca volvió a Cuba, todos los documentos de mi padre dicen que es nacido en Santiago de Cuba sin embargo no poseo su partida de nacimiento pero puedo viajar a Santiago de Cuba y solicitarla personalmente. Ahora bien, mi objetivo es hacerme ciudadana cubana, la pregunta es la siguiente: Puedo yo hacerme ciudadana cubana o naturalizarme a través de la partida de nacimiento de mi padre? tengo que vivir algún tiempo en Cuba para poder lograrlo? Agradezco inmensamente su respuesta pues estoy a punto de comprar los boletos para hacer el trámite, pero cancelaría la misión de saber que igual al yo obtener su partida de nacimiento no pueda hacerme yo cubana (el cual es mi objetivo) Mil gracias, ruego su respuesta.

    1. Para que una persona nacida fuera del territorio nacional de Cuba, siendo uno o ambos padres ciudadanos cubanos, pueda optar por la ciudadanía cubana por naturalización deberá:

      – Registrar su certificación literal de nacimiento en idioma español en el Consulado cubano en el país donde reside la persona. Solicitará además la inscripción de ese documento en el Registro Especial de Actos y Hechos de cubanos en el exterior adjunto al Ministerio de Justicia en La Habana.
      – Notificado en el país donde se encuentra del Tomo y Folio de su nacimiento registrado en Cuba, solicitarán una visa de turistas para viajar a Cuba.
      – Ya en Cuba solicitarán su residencia permanente en la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE), para lo cual deberán presentar:
      1. Carta de argumento de la solicitud.
      2. Certificación de Nacimiento del extranjero.
      3. Certificación de Residencia Habitual. (Documento que certifique o acredite el lugar donde vive el interesado. Este documento puede ser emitido por la Policía, Alcaldía u otra institución oficial)
      4. Resumen de historia clínica donde conste resultados de exámenes radiográficos (tórax, prueba VIH SIDA). Los exámenes no pueden tener más de seis meses de emitidos antes de ser presentados en el Consulado. El examen de serología es único y es el mismo que se hace en Cuba. Estos exámenes pudieran ser presentados directamente en Cuba, siempre que se realicen en los hospitales o clínicas destinadas a la atención de los extranjeros, aunque la Dirección de Inmigración y Extranjería (DIE) prefiere que sean parte del expediente que envía el Consulado
      5. Prueba de capacidad técnica y práctica. (Para mayores de 16 años y menores de 60 años). Pueden ser certificados de estudios, años de experiencia laboral, certificados de nivel técnico, certificado de un oficio u ocupación, así como el de jubilación.
      6. Solvencia económica. El titular de la cuenta bancaria debe ser el extranjero interesado y constituye una garantía para él y la familia. Si la (DIIE) negara la visa solicitada, puede retirar su cuenta cuando lo desee. La cuenta bancaria puede ser hecha desde el exterior con un banco cubano, siempre y cuando el certificado sea reconocido y emitido por el banco cubano. La cuenta bancaria en Banco cubano no debe ser inferior a 5,000.00, CUC.
      7. Certificación de antecedentes penales en el país de residencia. Al presentarlo al Consulado, no puede tener más de 3 meses de expedido por la institución oficial.
      8. Dos fotos de frente tipo pasaporte.
      9. Certificación de matrimonio, nacimiento u otra prueba que fundamente la solicitud, efectuado o reconocido de acuerdo a las leyes cubanas.
      10. Presencia y documento de identidad de la persona de referencia en Cuba (Foto copia de pasaporte).
      11. La persona de referencia prestará título de propiedad de la vivienda y declaración jurada realizada ante Notario público que establezca su compromiso de brindar alojamiento al extranjero.
      12. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo o medio certificado de banco.

      – La DIIE responderá sobre la obtención o no de la residencia permanente en un término de 3 a 6 meses. Este tipo de visado se otorga solo en los Consulados cubanos en el exterior.
      – Obtenida la residencia permanente (en caso que se apruebe) deberá entonces someterse a un proceso de solicitud para la obtención de la ciudadanía cubana. Dilatado y complejo asunto por cuanto en Cuba no existe Ley de Ciudadanía ni su Reglamento complementario de los procedimientos, papelería y modelos para los trámites, ni autoridad que la aprueba.
      – Obtenida la ciudadanía cubana es que podría solicitar un pasaporte cubano y ser reconocido en los otros países como ciudadano cubano.

      1. Agradezco profundamente que haya tomado el tiempo para responderme, ahora bien me surge otra pregunta, solo con la partida de nacimiento de mi papá podría yo solicitar una certificación consular de nacimiento? Ese es el único documento que requiero por los momentos.

  59. Soy cubana y resido en un país centroamericano puesto que mi esposo es extranjero, tenemos un bebe menos de un año, nacido fuera de Cuba pero quiero nacionalizarlo en Cuba puesto que pretendo regresar a mi país para que en edad escolar mi bebe estudie allá y tenga todos los derechos como cubano que es.
    Mi duda es, luego de inscribirlo en el consulado cubano donde vivimos, el registro del nacimiento en el Ministerio de Justicia lo puede hacer mi madre cubana residente allá, si es así que debemos hacer, nombrarla tutora, darle algún poder, cuál sería el trámite, queremos hacerlo así puesto que no podría estar viajando a Cuba por ahora, tengo un contrato de trabajo que cumplir por un año.
    Ya hice el registro, la obtención y demás pasos (avecindamiento) podría hacerlo también mi madre?. Me queda claro que el consentimiento notarial del padre extranjero lo debe hacer el pero donde lo haría, en Cuba?, mis dudas básicamente son en qué lugares y desde que lugares se pueden realizar estos trámites.

    1. Cuando el nacimiento del mejor nacido en el extranjero, hijo de ciudadano cubano se inscribe en el Consulado cubano, se traslada a La Habana para su asentamiento en el Registro Especial de Actos y Hechos de cubanos en el exterior adjunto al Ministerio de Justicia. En este propio post se explican los pasos a seguir. Por regla general los Notarios en Cuba no aceptan Poderes Especiales para esos trámites cuando se trata de menores, requiriendo la presencia de los padres para ante ellos expresar sus consentimientos, pues se trata de un acto muy responsable y trascendente como la ciudadanía. Nuestras recomendaciones es que ambos padres viajes a Cuba, cuando puedan y no delegar en terceros aun cuando sea la abuela del menor, máxime cuando éste solo tiene u año de nacido, les queda tiempo suficiente.

  60. Buenas tardes, mi abuelo materno era cubano, mi mama (venezolana) solicito al consulado en el 2013 un registro de estado civil y obtuvo certificacion de nacimiento cubano por lo que está inscrita en libros de Cuba en la sección de nacimiento, yo pudiera obtener de igual manera una certificación de nacimiento?

  61. Buenas tardes, tengo una pregunta mi madre era cubana pero falleció, estaba naturalizada venezolana pero nunca hicieron los trámites para darme la nacionalidad cubana mientras yo era menor de edad, ahora soy mayor de edad, puedo obtener la nacionalidad cubana aún? Que tengo que hacer. Gracias

  62. Soy cubana, mi hijo nació fuera de territorio nacional cubano y quisiera hacer los trámites de solicitud del pasaporte. Uno de los requisitos para la posibilidad de obtener el pasaporte es un consentimiento notarial del padre estando de acuerdo a qué el menor obtenga el pasaporte cubano. En mi caso el padre de mi hijo antes las autoridades de su país no tiene ninguna autoridad legal sobre él niño y soy yo como madre quien clasifica tener toda la autoridad legal. Por lo cual necesito instrucción para saber qué documento tengo que tener para hacer los trámites de solicitud del pasaporte de mi hijo.

    1. Si su hijo no nació en Cuba no es ciudadano cubano, hasta tanto no haga el correspondiente proceso legal para ello, por tanto, no podría solicitarle su pasaporte cubano, ya que no tiene derecho a ese documento. Si UD se refiere a solicitar el pasaporte del menor del país de origen de su padre, entonces tendrá que preguntar a los especialistas en Derecho de ese lugar para que la asesoren al respecto.

      1. Leyendo la repuesta anterior tengo una duda ya que nuestro caso es muy parecido , pues yo y mi esposo somos cuidadanos cubanos que residimos en Italia, no tenemos la cuidadania italiana y hace dos meses nos nació nuestra hija, Italia no le da la ciudadanía por nacimiento al ser hija de padres cubanos, de todas formas es nuestro interes que ella tomase la ciudadanía cubana y si para ello debemos hacer todo un proceso legal que incluye el viajar a la isla y pernanecer alli un periodo no menor de 90, para que la niña obtenga su cuidadania cubana, mi pregunta es: con que documento legal viaja ella si hasta que no es cuidadana cubana no tiene derecho a su pasaporte?

  63. Si mi esposa (embarazada) diera a luz en Cuba a nuestro bebe en nuestras próximas vacaciones, ¿El bebe tendría derecho a la ciudadanía cubana aunque nosotros seamos extranjeros?

  64. Soy venezolana, hija de venezolano y nieta de cubano. Ellos ya fallecieron. Mi padre nunca obtuvo su nacionalidad cubana. Yo sí quiero obtenerla, ¿qué debo hacer?

  65. Hola yo soy Cubana y mi hijo nacio aqui en Mexico, quisiera sacarle la ciudadanía Cubana, no se si tendré que ir a la embaja de Mexico o ese tramite lo puedo hacer en Cuba.

  66. Hola, mi papá es cubano y está dispuesto a otorgarme la ciudadanía cubana. Nací en El Salvador pero antes de iniciar el proceso de la ciudadanía nos surgieron estas preguntas:
    ¿No importa si ha pasado la minoría de edad y ya soy mayor de edad?
    ¿Obtengo todos los beneficios de cualquier cubano, como servicios médicos, comprar casa, entrar en cualquier momento, etc?
    ¿Al haber obtenido la ciudadanía y pasaporte, hay que hacer algo para mantenerla o no perderla/o (como estar yendo cada
    dos años o algo parecido)?
    Al no vivir en Cuba pero haber logrado la ciudadanía, ¿Necesito un PRE?
    ¿Pierdo mi pasaporte o ciudadanía salvadoreña?
    En general, ¿Qué beneficios y qué desventajas trae obtener la ciudadanía y pasaporte?

    1. La ciudadanía no es un derecho que le otorga su papá, sino la Constitución cubana por ser hijo de ciudadano cubano, aun cuando resida en el extranjero. Le recomendamos que se presente en el consulado cubano en el Salvador y allí precise las respuestas a todas sus dudas.

  67. Hola soy cubana vivo en Francia hace varios años estoy en situación irregular por lo que no puedo viajar a Cuba porque si no luego no podría entrar a Francia, tengo una niña de 2 mes de nacida, pero el gobierno francés ya no reconoce el derecho de suelo por lo que mi niña esta apátrida, como yo podría solicitar su ciudadanía cubana (claro que no puedo viajar a Cuba hasta regularizar mi situación) me podría orientar que trámites debo hacer para que mi pequeña obtenga su ciudadanía cubana. Gracias.

    1. Si UD no puede realizar los trámites descritos en este post, ni viajar a Cuba con su hija y avecindarse por más de 90 días, pues no tiene forma de que la niña adquiera la ciudadanía cubana. Desde su situación es imposible lamentablemente.

    2. Hola, soy cubana y también estoy irregular en España, mi hijo también nació apátrida y por derecho a suelo obtuvo la nacionalidad española, creo que debe ir a un abogado francés y por el interés del menor él le dirá los pasos a seguir para que su niña obtenga la nacionalidad francesa.

      1. Hola Marie la, gracias por responderme , ya yo estuve en el tribunal buscando información y la respuesta que me dieron fue que aquí en Francia no hay derecho de suelo porque el presidente actual al tomar la precedencia eliminó esa ley, me dijeron que la niña obtiene su nacionalidad al cumplir los 13 años pero durante ese tiempo no puede salir de Francia. Tengo conocimiento de que en España si hay derecho de suelo.

  68. Buenas noches soy panameña casada con cubano, estoy ambarazda y me gustaría que mi hijo obtenga su pasaporte cubano.
    Lo malo es que el papá nos abandono cuando tenía 2 meses pero aun estoy casada no me divirciado.
    Puede mi hijo obtener la nacionalidad cuabana aunque su padre no lo reconozca.

  69. Hola, muy buenas tardes, leyendo me encontre con este articulo y una serie de preguntas y respuestas. Realmente no estoy pensando en nada, pero estoy embarazada de un cubano que decidio dejarnos. Lo unico que deseo saber, si en un futuro, yo deseo que este señor se haga responsable, se puede llevar a cabo una demanda, tengo que ir a cuba para ello?

  70. Hola, Soy cubana con una hija ciudadana italiana, deseo que la pequeña obtenga la ciudadanía cubana, pero tengo varias preguntas:
    ¿pierde mi hija su ciudadanía italiana por obtener la cubana?, ¿Después de realizar la transcripción del certificado de nacimiento, cuándo puedo recoger la certificación en los registros de Cuba?, ¿Cuándo es necesario la presencia de ambos padres para el tramite?, ¿puedo hacerlo en el Consulado o debemos estar todos en cuba en el momento?. Muchas gracias

    1. Todo el procedimiento para solicitar la ciudadanía cubana de su hija italiana están descritos en este propio post (entrada, publicación) aquí se explica cada uno de los pasos. Debe preguntar en la Embajada cubana en Italia la fecha aproxima en que UD podría recoger la inscripción de la niña en el Registro Especial de Hechos y Actos de Cubanos en el Extranjero perteneciente al Ministerio de Justicia, para así continuar con el proceso de avecindamiento de la menor en Cuba. Es imprescindible el consentimiento notarial de ambos padres para continuar con el procedimiento, el cual pueden otorgar ante Notario en Cuba, o si lo prefieren en el Consulado del país donde se encuentra y después legalizarlo en el MINREX en La Habana. Desconocemos si la niña por adquirir la ciudadanía cubana pierde la italiana, deberá preguntar por ese particular a los especialistas italianos. La Constitución cubana no admite la doble ciudadanía, por tanto, para las autoridades cubanas su hija será solo ciudadana cubana a partir del momento en que adquiera esa condición.

      1. Muchas gracias por su respuesta,
        mi duda es :
        Podemos, realizar el consentimiento notarial sin haber recogido la inscripción de la niña en el Registro Especial en Cuba (ya que lo transcribi hace una semana).

        Gracias

  71. Hola buenas noches, soy cubana, mi hijo nació en Ciudad de México y su padre es mexicano, nunca nos casamos. Ahora me encuentro viviendo en Cuba con mi hijo que tiene problemas de autismo, no puedo tratarlo porque no es cubano. Su padre ya no tiene contacto con nosotros desde hace meses y me encuentro sola. Nunca me quiso dar el consentimiento para avecindar a mi niño y no tengo dinero para pagarle la escuela en dólares. Por favor soy madre soltera, tuve dos hijos de esta persona pero el segundo cuando nos separamos y vine para Cuba aquí nació, con el no tengo problemas. Por favor necesito su asesoría.

    1. Si UD es ciudadana cubana y residente en Cuba, al amparo de los artículos 43 y 50 de la Constitución tiene derecho a “recibir asistencia en todas las instituciones de salud” y el Estado la obligación de garantizar ese derecho “con la prestación de la asistencia médica y hospitalaria gratuita, mediante la red de instalaciones de servicio médico rural, de los policlínicos, hospitales, centros profilácticos y de tratamiento especializado”, su hija con problemas de autismo, tiene todo el derecho también constitucional a adquirir la ciudadanía cubana mediante el correspondiente procedimiento administrativo, que no debe utilizarse como excusa para dejar de brindarle la asistencia médica que necesita, muy distante de los valores humanos que caracterizan a nuestro pueblo, que en definitiva son los que financian con su trabajo los gastos en que se pueda incurrir con la asistencia de su hija.
      ¿Cómo se podría admitir que a la hija de una cubana constitucional, que además también y que formalmente adquirirá también su ciudadanía por imperio de la propia ley se le niegue asistencia médica, cuando los médicos cubanos prestan sus servicios por todo el mundo a extranjeros con la consigna de ser colaboradores internacionalistas desinteresados?

  72. Hola buenas tardes , tengo una hija nacida en Tamaulipas, México, mi esposo y padre de mi hija es cubano, ahora los 3 estamos en EUA, para arreglar la documentacion de mi hija en este pais el abogado nos dice debemos pedir la ciudadania cubana de mi hija o un documento en el cual se reconosca en Cuba, pero necesito saber en donde se puede hacer, que documentos piden y si puede hacer el tramite una tercera persona ya que mi esposo y yo no podemos viajar a Mexico porque estamos en proceso de tramite….gracias, buen dia

  73. Buenas noches, soy cubana mi hija es nacida en Venezuela, quiero regresarme a vivir con ella a Cuba , nosotras y el padre viajaremos juntos a Cuba, cuando estemos allá y el firme el poder notarial autorizando quedarse la menor, como procede en el caso de que la visa de la menor es de turista con la que va a viajar.

  74. Hola mi caso es el siguiente, mi esposa y yo somos cubanos y estamos en Rusia, no tenemos ningún estatus legal aquí, y ella está embarazada, y dará a luz aquí, y quisiera que el niño tuviera la ciudadanía Rusa, pero solo se la dan si Cuba se la niega, lo cual creo que es el procedimiento no? porque he leído que Cuba no reconoce a hijos de cubanos nacidos en el extranjero verdad, solo bajo ciertas condiciones las cuales no cumplimos nosotros, bueno el gobierno ruso me pide un documento oficial de la embajada cubana que diga que ellos no le dan la ciudadanía a mi hijo, cual documento es este? y como puedo yo solicitarlo? Gracias.

    1. Desconocemos la existencia de un documento específico, debe ser un escrito sin formalidades en el que se refiera que Cuba no reconocerá la ciudadanía cubana de su hijo por nacimiento. Póngase en contacto con la sede diplomática cubana en Rusia (Moscú) y haga directamente la consulta, ellos deberán atenderlo y responderle, porque UD y su esposa siguen siendo cubanos y aquella su Embajada y Consulado.

    2. Si existe el documento en España, nos costo 75 euros y explica porque los hijos de cubanos no obtienen la nacionalidad cubana, dicho documento lo firma el Cónsul de Rusia y se realiza en el momento

  75. La «escritura notarial» y el «consentimiento notarial» son dos documentos diferentes? Se hace en el consulado cubano a través de un PODER GENERAL o PODER ESPECIAL??
    Bien sabría agradecer toda su ayuda antes nuestras dudas. GRACIAS

    1. Se trata del mismo documentos y el nombre que se le asigna dependen del Notario o el Cónsul que lo confecciones. El título es intrascendente, lo que tiene fuerza legal es su contenido, lo que se consigne en él documento y se admita y firme por todos los presentes en el acto

  76. En mi caso soy venezolana, esposo cubano. Hijo de 7 años nacido en venezuela inscrito en consulado cubano y ya obtuvimos certificación de nacimiento en el Registro Especial. Ahora, queremos avecindar al niño pero el padre no puede viajar a Cuba por razones de trabajo, sería yo (extranjera) quien llevará al niño a Cuba y estará durante el proceso. LA «ESCRITURA NOTARIAL DE AVECINDAMIENTO DE LOS PADRES DEL MENOR» es dirigida a quién? En este caso el consentimiento notarial en un mismo documento podemos figurar ambos (padre y madre)? LA PERSONA CUBANA RESPONSABLE DEL NIÑO SERÁ SU ABUELA PATERNA

    1. Las escrituras notariales no van dirigidas a nadie, son documentos públicos emitidos por los Notarios o Cónsul en dichas funciones, en su caso se trata de un documento donde los padres del menor expresan su voluntad y deseo de que el niño se avecine en territorio cubano para un proceso de solicitud de su residencia en el país y optar por la ciudadanía cubana. El término «consentimiento notarial» tiene igual significado en este caso que «escritura notarial»

  77. Yo soy cuidadano estadosunidense, mi esposa cubana emigrada. Tenemos 3 niños. El primero nacio en Cuba, los 2 otros en EEUU. mi esposa y nuestro primer hijo solicito su repatriacion en el consulado de Washington. Estan esperando su aprobacion. Ya hemos hecho la transcripcion de los actas de nacimiento de los niños nacido en EEUU. Cuando estara otorgada la repatriacion queremos solicitar el avencidamento de los 2 niños nacido en EEUU para que tengan la cuidadania cubana. Nos dijeron que el proceso tardara de 3 a 6 meses. Hay una forma reducir este tiempo de demora a 1 solo mes? A caso de demora de 3 a 6 meses, los niños podran salir de Cuba mientras el tramite se esta procesando?

    1. Los términos para el análisis de proceso son facultativos de la autoridad que aprueba o deniega y solo ellos pueden reducirlos o extenderlos según sus consideraciones. Los niños podrían salir de Cuba previa autorización de la misma autoridad.

  78. Mi caso es un poco particular , vivo en colombia mi padre era cubano (fallecido),yo naci en colombia quiero obtener la ciudadania cubana ,soy mayor de edad, segun la constitucion puedo obtenerla pero , en lo que he leído no se si tenga que avecindar por un tiempo en cuba para que me la den , o con solamente diligenciarla aca en el consulado cubano de mi paises suficiente sin tener que avecindar en cuba.

  79. Tengo un hijo que tiene un PRE y reside en México, tiene un niño de 9 meses y quiere obtener para el mismo ciudadanía cubana, la mamá es mexicana y actualmente está en Cuba, pero nos dicen en las oficinas de trámites que su consentimiento tiene que legalizarlo en el consulado cubano en Mérida, sin embargo en consultoría jurídica internacional dicen que no. El proceso que seguimos es de avecindamiento. Por favor necesitamos saber si la mamá puede hacer el consentimiento en consultoría jurídica como nos orientó la notaria de esa institución.

    1. Antes del «avecindamiento» el menor debe inscribirse por sus padres en el Consulado cubano del país donde se produjo el nacimiento o esté residiendo (en este caso en Mérdia-Yucatán-Mexico), porteriormente registrar el nacimiento en el Registro Especial del Ministerio de Justicia, lo cual pueden solicitar en el propio Consulado y finalmente obtener Certificación de Nacimiento en dicho Registro, solo entonces es que el menor viaja a Cuba para residir en la Isla durante 90 días y sus padres interesar la escritura notarial de avecindamiento.

      1. Esto me aclara también, muchas gracias! Solo me quedo con una duda…En el consulado del país donde estoy me dicen que me mandarían una copia escaneada una vez que entregue la documentación necesaria y estén listos los documentos (porque vivo lejos del consulado) Esa copia sirve para presentarla en el Registro Civil en Cuba para obtener su certificación de nacimiento? No debe ser original? Gracias

  80. Soy Holguinero residente en Venezuela, casado desde el año 2010 en Cuba con una Venezolana. Me gustaría me asesoren sobre la optencion de la residencia permanente para mi esposa. Muchas gracias.

    1. Según se estable en el articulado del Reglamente de la Ley de Migración cubana:
      Se considerarán Residentes Permanentes, los extranjeros y personas sin ciudadanía a quienes se les haya otorgado tal categoría antes de la publicación del Reglamento, y aquellos que sean admitidos para fijar su domicilio definitivo en el territorio nacional y cumplan los requisitos establecidos.
      Los ciudadanos cubanos que residen permanentemente en Cuba podrán reclamar la entrada o permanencia como Residentes Permanentes, de sus padres, hijos y cónyuges extranjeros o sin ciudadanía, siempre que acrediten debidamente el parentesco. Para acogerse a lo establecido en este Artículo, el matrimonio debe haber sido formalizado conforme a las leyes cubanas.
      Los extranjeros y personas sin ciudadanía que no estén casados con cubanos también podrán solicitar su entrada en Cuba como Residentes Permanentes, siempre que obtengan la visa y la autorización de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) según los requisitos establecidos.
      La DIIE ha establecido como requisitos principales para la solicitud de la residencia permanente en Cuba por parte de ciudadanos extranjeros:
      • Las solicitudes de RESIDENTES PERMANENTES serán formuladas por los extranjeros interesados, en los consulados cubanos, a lo que acompañarán:
      1. Carta de argumento de la solicitud.
      2. Certificación de Nacimiento del extranjero.
      3. Certificación de Residencia Habitual. (Documento que certifique o acredite el lugar donde vive el interesado. Este documento puede ser emitido por la Policía, Alcaldía u otra institución oficial)
      4. Resumen de historia clínica donde conste resultados de exámenes radiográficos (tórax, prueba VIH SIDA). Los exámenes no pueden tener más de seis meses de emitidos antes de ser presentados en el Consulado. El examen de serología es único y es el mismo que se hace en Cuba. Estos exámenes pudieran ser presentados directamente en Cuba, siempre que se realicen en los hospitales o clínicas destinadas a la atención de los extranjeros, aunque la Dirección de Inmigración y Extranjería (DIE) prefiere que sean parte del expediente que envía el Consulado
      5. Prueba de capacidad técnica y práctica. (Para mayores de 16 años y menores de 60 años). Pueden ser certificados de estudios, años de experiencia laboral, certificados de nivel técnico, certificado de un oficio u ocupación, así como el de jubilación.
      6. Solvencia económica. El titular de la cuenta bancaria debe ser el extranjero interesado y constituye una garantía para él y la familia. Si la (DIIE) negara la visa solicitada, puede retirar su cuenta cuando lo desee. La cuenta bancaria puede ser hecha desde el exterior con un banco cubano, siempre y cuando el certificado sea reconocido y emitido por el banco cubano. La cuenta bancaria en Banco cubano no debe ser inferior a 5,000.00, CUC.
      7. Certificación de antecedentes penales en el país de residencia. Al presentarlo al Consulado, no puede tener más de 3 meses de expedido por la institución oficial.
      8. Dos fotos de frente tipo pasaporte.
      9. Certificación de matrimonio, nacimiento u otra prueba que fundamente la solicitud, efectuado o reconocido de acuerdo a las leyes cubanas.
      10. Presencia y documento de identidad de la persona de referencia en Cuba (Foto copia de pasaporte).
      11. La persona de referencia prestará título de propiedad de la vivienda y declaración jurada realizada ante Notario público que establezca su compromiso de brindar alojamiento al extranjero.
      12. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo o medio certificado de banco.
      PARA LOS MENORES HIJOS DE CIUDADANOS EXTRANJEROS
      • Poder notarial del padre o madre, traducido y legalizado por el Consulado.
      • Certificado de nacimiento del menor traducido y legalizado por el Consulado.
      Los documentos deben estar traducidos por un traductor jurado y legalizado, el original y la traducción, por las autoridades competentes y después por el Consulado de Cuba o de lo contrario legalizar sólo el original por las autoridades competentes y luego realizar la traducción en el Consulado de Cuba al igual que la legalización del original y de la traducción.
      La DIIE responderá sobre la obtención o no de la residencia permanente en un término de 3 a 6 meses. Este tipo de visado se otorga solo en los Consulados cubanos en el exterior.

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